STSJ Comunidad de Madrid 854/2006, 5 de Julio de 2006

PonenteINES MARIA HUERTA GARICANO
ECLIES:TSJM:2006:17751
Número de Recurso271/2006
Número de Resolución854/2006
Fecha de Resolución 5 de Julio de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.8

MADRID

SENTENCIA: 00854/2006

SENTENCIA Nº 854

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION OCTAVA

Ilmos. Sres.

Presidente

Dña. Inés Huerta Garicano

Magistrados

D. Miguel Angel Vegas Valiente

Dña. Carmen Rodríguez Rodrigo

En la Villa de Madrid a cinco de julio de dos mil seis.

VISTO por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, el Recurso de Apelación nº 271/06, interpuesto por el Procurador D. Alvaro-Ignacio García Gómez, actuando en nombre y representación de Dña. Silvia y D. Diego, contra el Auto nº 283, de 3 de noviembre pasado (rectificado por el de 15 de diciembre), dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 10 de esta Capital, por el que se autoriza a la Comunidad de Madrid la entrada en la vivienda sita en la c/ TRAVESIA000 nº NUM000, escalera C, NUM001, de Torrejón de Ardoz, propiedad del IVIMA y ocupada por los apelantes.

Ha sido parte apelada la Comunidad de Madrid, representada y defendida por un Letrado de sus Servicios Jurídicos.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Comunidad de Madrid solicitó -en escrito presentado en el Decanato de los Juzgados de lo Contencioso de esta Capital el día 14 de diciembre de 2004- autorización de entrada en la vivienda que acaba de reseñarse, cuya titularidad corresponde al IVIMA y actualmente ocupada por los apelantes, en ejecución de la Resolución del Director-Gerente del IVIMA de 6 de octubre de 2003, por la que se acuerda la recuperación posesoria del inmueble.

SEGUNDO

Turnada la solicitud al Juzgado de lo Contencioso nº 10, lo tramitó bajo el nº de autos P.O. 2/05, dictándose Auto el día 3 de noviembre de 2005 (previa audiencia de la apelante que no pudo llevarse a efecto por paradero desconocido, siendo publicado edicto) por el que se otorga la autorización de entrada solicitada.

TERCERO

En escrito presentado el 16 de marzo se interpuso el presente recurso de apelación contra el precitado Auto que fue admitido a trámite, en un solo efecto, en Providencia del día siguiente y conferido traslado a la CAM, lo impugnó.

En Providencia de 21 de abril del corriente, con entrada en esta Sección Octava el día 18 de mayo, se elevaron, una vez emplazadas las partes, las actuaciones para la resolución del presente recurso, habiéndose personado la apelante.

CUARTO

Para votación y fallo del presente recurso se señaló la audiencia del día 4 de julio de 2005, teniendo lugar.

VISTOS los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación.

Siendo Ponente la Magistrada de la Sección Iltma. Sra. Dña. Inés Huerta Garicano.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

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