Los objetivos del desarrollo sostenible y la contratación pública

AutorJuan Manuel Otero Varela
Páginas373-400

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Introducción

Desde hace algunos años se observa con mayor incidencia que, en las disposiciones que regulan la actividad contractual del Estado, tanto el legislador como la propia Administración incorporan diversas normas que tienen como finalidad fomentar el desarrollo de ciertos actores que forman parte del sector productivo; integrar a ciertos grupos a dicho sector o generar condiciones de igualdad entre sus miembros, imponiendo a quienes desean contratar con el sector público diversos criterios de valoración basados en prácticas o condiciones de orden tecnológico, ambiental, económico o social.

Esta tendencia no es privativa de México, muy por el contrario, se trata de un fenómeno que puede ser observado a nivel global y se encuentra vinculado,

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por una parte, a compromisos generados en el seno de la comunidad internacional y, por la otra, a una nueva tendencia en la concepción del contrato público, que ha dejado de verse únicamente como un instrumento jurídico por virtud del cual el Estado obtiene ciertos bienes o servicios necesarios para el desarrollo de sus funciones y la satisfacción del interés general, para convertirse en un instrumento de política pública que, con la colaboración del sector privado, coadyuva en forma paralela a su función sustantiva, al fomento y desarrollo de otro tipo de satisfactores relacionados con diversos sectores sociales y productivos, así como a la mejora en la calidad y las condiciones de vida de los ciudadanos, el aprovechamiento de recursos y el medio ambiente, siendo todos estos aspectos igualmente relevantes en la satisfacción del interés general.

Bajo esa tesitura, es importante analizar brevemente el contexto internacional de esta tendencia, que en términos generales ha sido agrupada bajo el concepto de desarrollo sostenible, cuyos contenidos, objetivos y alcances han sido generados a partir de diversas reuniones auspiciadas por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), con la participación de múltiples organismos internacionales, organizaciones no gubernamentales, instituciones académicas, así como los sectores público y privado de los países miembros y ha sido considerado uno de los esfuerzos más relevantes, si no es que el más importante de los últimos tiempos, para lograr atender varios de los problemas más significativos a los que se enfrenta la humanidad actualmente.

Lo anterior obliga a realizar un breve paréntesis para explicar lo que debemos entender por desarrollo sostenible, así como los objetivos que este debe abarcar, como es el caso de la producción y el consumo sostenibles, con la finalidad de poder acotar la manera en la que participa la contratación pública en la concreción de dichos objetivos.

También es importante analizar algunos conceptos que han cobrado auge a raíz de esta novedosa concepción de la figura contractual, como es la contratación pública sostenible, la contratación pública con responsabilidad social y las cláusulas sociales en la contratación administrativa, con la finalidad de poder identificar su sentido y significado, así como su ubicación dentro de esta reciente taxonomía.

Una vez abordados estos temas, será necesario revisar cómo se han ido materializando en el ámbito internacional y en la legislación mexicana.

El objetivo de este trabajo está muy lejos de buscar agotar la temática aquí propuesta, todo lo contrario, se trata de un acercamiento a la cuestión, que permita advertir una lectura distinta de la contratación pública, una arista poco convencional a la luz de su concepción clásica, que ha sido tradicionalmente vinculada a la eficiencia económica y el control de gasto.

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1. Evolución del concepto de desarrollo sostenible
1.1. Informe Bruntland de 1987

Para1 poder realizar un acercamiento a los objetivos del desarrollo sustentable, es importante retomar algunos antecedentes acerca del concepto y sus contenidos.

Bajo este contexto, si tuviéramos que señalar el momento a partir del cual se acuñó el término de desarrollo sustentable, tendríamos que decir que fue en el informe denominado Nuestro Futuro Común, también conocido como Informe Bruntland, en honor a la presidenta de la Comisión Mundial para el Medio Ambiente y el Desarrollo de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), la noruega Gro Harlem Bruntland, mismo que fue presentado en el año de 1987.

En este documento, se trabajó analizando la situación del mundo hasta ese momento y demostró que el camino que la sociedad global había tomado estaba destruyendo el ambiente y dejando a cada vez más gente en la pobreza y la vulnerabilidad, y se postuló que la protección ambiental había dejado de ser una tarea nacional o regional para convertirse en un problema global, que todo el planeta debía atender para buscar revertir la degradación actual.

También se concluyó en dicho documento que se debía dejar de ver el desarrollo y el ambiente como si fueran cuestiones separadas2, ya que la degradación ambiental es consecuencia tanto de la pobreza como de la industrialización, por lo que la atención a dicha problemática debía involucrar a todos los países y regiones, con independencia de su desarrollo económico.

La importancia de este documento no solo reside en el hecho de lanzar el concepto de desarrollo sostenible, definido como aquel que permita a la humanidad «asegurar que satisfaga las necesidades del presente sin comprometer la

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capacidad de las futuras generaciones para satisfacer las propias»3, sino que este fue incorporado a todos los programas de la ONU y sirvió de eje, por ejemplo, a la Cumbre de la Tierra celebrada en Río de Janeiro en 1992 y, posteriormente, como principio rector para el desarrollo mundial a largo plazo.

De acuerdo con lo anterior, el desarrollo sostenible descansa en tres pilares o líneas de acción básicas, que pretenden atender de manera equilibrada el desarrollo económico, el desarrollo social y la protección del medio ambiente4.

1.2. La Cumbre para la Tierra de 1992

Partiendo5 de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano, de Estocolmo de 1972, así como del informe Bruntland, la comunidad internacional se volvió a reunir para llevar a cabo la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (CNUMAD), celebrada en Río de Janeiro en 1992, también denominada Cumbre de la Tierra, para discutir los medios para poner en práctica el desarrollo sostenible.

Con motivo de dicha conferencia se aprobaron tres instrumentos: la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, conocida como Declaración de Río; el Programa 21, y la Declaración Autorizada. El primero de los documentos citados consta de un preámbulo y 27 principios. En el preámbulo se indica que dicho documento se emite «procurando alcanzar acuerdos inter-nacionales en los que se respeten los intereses de todos y se proteja la integridad del sistema ambiental y de desarrollo mundial»6.

En este sentido, es clara la finalidad de dicho documento para servir de guía a la comunidad internacional en la tarea de alcanzar los fines del desarrollo sostenible, situación que puede advertirse de la simple lectura de los principios que se relacionan en dicho documento, como los marcados con los numerales 3 y 4, en los que se declara que «el derecho al desarrollo debe ejercerse en forma tal que responda equitativamente a las necesidades de desarrollo y ambientales de las generaciones presentes y futuras»7y «a fin de alcanzar el desarrollo sostenible, la protección del medio ambiente deberá constituir parte integrante del proceso de desarrollo y no podrá considerarse en forma aislada»8.

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Ambos principios se encuentran perfilados desde el Informe Bruntland y la Conferencia de Estocolmo, pero la importancia de la Declaración de Río radica en la búsqueda de propuestas y objetivos reales y concretos para solucionar los efectos negativos de la relación entre desarrollo económico y degradación ambiental o, dicho de otra manera, la posibilidad de eliminar de la fórmula de desarrollo económico el componente de degradación ambiental.

Uno de los conceptos fundamentales para cumplir con los objetivos de la Cumbre de la Tierra es el de producción y consumo sostenibles, que fue expuesto en el principio 8 de la Declaración de Río, que destacaba que «para lograr un desarrollo sostenible y una mayor calidad de vida para sus pueblos, los Estados deberán reducir y eliminar los patrones insostenibles de producción y consumo y promover políticas demográficas apropiadas»9, creando así un lazo entre el desarrollo y el consumo sostenibles.

1.3. Programa 21

Prueba de lo mencionado en el párrafo que antecede es el diagnóstico expuesto en el segundo documento aprobado por la Conferencia de Río, al que se le denominó Programa 21, y a través del cual la comunidad internacional determinó que «las principales causas del continuo deterioro del medio ambiente mundial son los patrones insostenibles de consumo y producción, particularmente en los países industrializados, que son motivo de grave preocupación y que agravan la pobreza y los desequilibrios»10y estableció diversos planes de acción específicos para lograr el desarrollo sostenible en los ámbitos nacional, regional e internacional11.

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Dentro del programa de referencia se advierten algunos aspectos que permiten precisar aún más el concepto de consumo y producción sostenibles, así como las acciones que se deberían seguir por la comunidad internacional, tal es el caso del capítulo 4, «Evolución de las modalidades de...

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