SAP Málaga 468/2007, 10 de Septiembre de 2007

PonenteMELCHOR ANTONIO HERNANDEZ CALVO
ECLIES:APMA:2007:1907
Número de Recurso388/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución468/2007
Fecha de Resolución10 de Septiembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Málaga, Sección 4ª

S E N T E N C I A Nº 468/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL MÁLAGA

SECCION CUARTA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA

PRESIDENTE ILMO. SR.

D.JOAQUIN DELGADO BAENA

MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.

D.JOSE LUIS LOPEZ FUENTES

D.MELCHOR HERNANDEZ CALVO

REFERENCIA:

JUZGADO DE PROCEDENCIA: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº4 DE TORREMOLINOS (ANTIGUO PRIMERA

INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº8)

ROLLO DE APELACIÓN Nº 388/2007

JUICIO Nº 1158/2006

En la Ciudad de Málaga a diez de septiembre de dos mil siete.

Visto, por la SECCION CUARTA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA, integrada por los Magistrados indicados al márgen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio de Proced. Ordinario seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso Cesar que en la instancia fuera parte demandada y comparece en esta alzada representado por el Procurador D. JUAN MANUEL MEDINA GODINO. Es parte recurrida Ángel Daniel que está representado por el Procurador D. OLMEDO JIMENEZ, LUIS JAVIER, que en la instancia ha litigado como parte demandante.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 31 de Julio de 2006, en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "Que ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Salvador Torres, en nombre y representación de D. Ángel Daniel, contra D. Cesar, representado por la Procuradora Sra. Capitán González, DEBO DECLARAR Y DECLARO que las manifestaciones efectuadas por D. Cesar en el programa "la hora del cabreo", de la televisión "Radio Televisión Victoria", los días veintiseis y treinta de septiembre de dos mil dos, suponen una intromisión ilegítima en el derecho al honor de D. Ángel Daniel, y DEBO CONDENAR Y CONDENO al demandado a:

Primero

Estar y pasar por la anterior declaración, advirtiéndole este Juzgado que en lo sucesivo deberá abstenerse de realizar intromisiones ilegítimas en el honor del actor, semejantes a las perseguidas en esta demanda.

Segundo

A difundir integramente y a su costa el texto literal del encabezamiento y fallo de la presente sentencia, en seis ocasiones y dentro del plazo de un mes, durante la emisión del programa "La Hora del Cabreo", o en el mismo horario en que éste se emitiera, de la cadena Radio Televisión Victoria.

Tercero

Indemnizar al actor con la cantidad de DIECIOCHO MIL EUROS (18.000 Euros), por los daños morales causados al mismo.

Todo ello sin especial pronunciamiento respecto de las costas causadas en esta instancia".

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. La votación y fallo ha tenido lugar el día 6 de Septiembre de 2007 quedando visto para sentencia.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. MELCHOR HERNANDEZ CALVO quien expresa el parecer del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Que la representación procesal de Don Cesar interesa la nulidad de actuaciones, desde el momento en que se procedió a citar al testigo para la práctica de diligencia final, dado que, al no haberse efectuado las sucesivas citaciones de la manera legalmente establecida, el Juzgado ha practicado la prueba prescindiendo de las normas esenciales de procedimiento, produciendo indefensión, por cuanto se le ha privado de la práctica real de una prueba admitida en la instancia ( artículo 225.3 de la LEC ). Pretensión a la que se opone la representación...

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