SAN, 30 de Noviembre de 2005

PonenteMARIA DEL CARMEN RAMOS VALVERDE
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 5ª
ECLIES:AN:2005:5283
Número de Recurso405/1997

ANGEL NOVOA FERNANDEZMARIA DEL CARMEN RAMOS VALVERDEFERNANDO FRANCISCO BENITO MORENO

SENTENCIA

Madrid, a treinta de noviembre de dos mil cinco.

Visto el recurso contencioso-administrativo que ante esta Sala de lo Contencioso-Administrativo de

la Audiencia Nacional ha promovido D. Cornelio, representado por el

Procurador de los Tribunales D. Jorge Laguna Alonso, contra la Administración General del Estado,

representada por el Abogado del Estado, sobre inutilidad física. Ha sido Ponente la Ilma. Sra.

Magistrado de esta Sección Dª MARIA DEL CARMEN RAMOS VALVERDE.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En las presentes actuaciones y con fecha 28 de octubre de 1999 se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "Que desestimando el recurso contencioso- administrativo interpuesto por la representación de D. Cornelio contra la resolución del Ministerio de Defensa de 19 febrero de 1997 citada, se confirma por ser conforme a derecho. Sin costas".

Segundo

Interpuesto en tiempo y forma recurso de casación, el Tribunal Supremo en sentencia de 26 de enero de 2005, acordó: "Que, al acoger el primer motivo de casación formulado, debemos estimar y estimamos el recurso interpuesto por la representación procesal de don Cornelio contra la sentencia desestimatoria dictada el 28 de octubre de 1999 por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional frente a la resolución del Ministerio de Defensa de 19 de febrero de 1997. Y casando dicha sentencia, reponemos las actuaciones procesales de la instancia al momento en que se produjo la infracción apreciada para que se respete el ordenamiento procesal llevándose a cabo la rendición del dictamen pericial con citación expresa de las partes, para luego continuar la tramitación del proceso hasta dictar la sentencia que proceda. Todo ello sin imposición de costas."

Tercero

Recibidas las actuaciones se acordó la practica de la prueba pericial, celebrándose tal y como consta en autos, el día 28 de abril de 2005.

Cuarto

Se señaló para votación y vallo el día 8 de septiembre de 2005, acordándose la suspensió y señalándose otra fecha para celebrar nuevamente la prueba pericial.

Quinto

El pasado 4 de octubre se celebró la prueba de ratificación pericial, con el resultado que consta, señalándose a continuación para votación y fallo el día 8 de noviembre de 2005 en que así tuvo lugar. Se han observado las formalidades legales, salvo en el plazo para dictar sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso tiene por objeto la resolución del Ministerio de Defensa de 19 de Febrero de 1997 que acordó declarar la inutilidad fisica del ex-soldado D. Cornelio como producida en acto de servicio, con derecho al señalamiento de la indemnización correspondiente en los términos y condiciones establecidos en la legislación vigente.

SEGUNDO

El actor solicita en la demanda se declare no ser conforme a derecho el acto administrativo impugnado emanado del Subsecretario de Defensa con fecha 19 de Febrero de 1997 dado que las lesiones que padece suponen una dificultad grave para dedicarse a alguna actividad laboral en el futuro y por tanto debe aplicársele lo dispuesto en el articulo 3 punto 2 párrafo b del R.D. 1234/90.

El recurrente y según acta del Tribunal Médico Central del Ejército, en sesión celebrada el 16 de enero de 1997 (que amplia la de fecha 5 de Noviembre de 1996) presenta las siguientes secuelas: "aparato locomotor". Epígrafe "Fractura vertebral con dolor y limitación de movimientos 20% y en el apartado "afectaciones generales" Epígrafe "cicatrices queloideas superiores a 10 cms con afectación antiestética marcada" (40%), con una valoración global del 60% que no le incapacita de forma permanente y absoluta para toda profesión u oficio".

El mismo Tribunal y en sesión de 5 de Noviembre de 1996 emitió el siguiente juicio: "Dorsalgia que persiste tras intervención de fractura-aplastamiento de D 3 mediante laminectomia D2-D3 e instrumentación de D1 a D5 mediante Spine-system e injerto antólogo y homólogo. Exploración...

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