SAP Zaragoza 146/2008, 13 de Marzo de 2008
Ponente | ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER |
ECLI | ES:APZ:2008:320 |
Número de Recurso | 44/2008 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 146/2008 |
Fecha de Resolución | 13 de Marzo de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zaragoza, Sección 5ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5
ZARAGOZA
SENTENCIA: 00146/2008
SENTENCIA núm. 146/2008
ILMOS. Señores:
Presidente:
D. PEDRO ANTONIO PÉREZ GARCÍA
Magistrados:
D. JAVIER SEOANE PRADO
D. ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER
En ZARAGOZA, a Trece de Marzo de dos mil ocho.
En nombre de S.M. el Rey,
VISTOS por esta Sección 005 de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, en grado de apelación, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 173/2007, procedentes del JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de TARAZONA, a los que ha correspondido el ROLLO DE APELACIÓN núm. 44/2008, en los que aparece como parte apelante-demandante Dña. Olga representada por el Procurador D. CARLOS RUIZ RAMIREZ y asistido por el Letrado D. JESUS MANUEL ALONSO JIMENEZ; y como parte apelada-demandada COMUNIDAD PROPIETARIOS C/ DIRECCION000 NUM000 - NUM001 Y DIRECCION001 NUM002 - NUM003 DE TARAZONA representados por la Procuradora Dña. PATRICIA PEIRE BLASCO y asistidos por el Letrado D. ANTONIO MIGUEL RODRIGUEZ FERNANDEZ; siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER.
Se aceptan los de la sentencia apelada de fecha 2 de Noviembre de 2007, cuyo FALLO es del tenor literal: "Desestimando la demanda formulada por DOÑA Olga, representada por el Procurador Sra. Arnedo, contra la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DIRECCION000 de Tarazona, debo absolver y absuelvo a los demandados de los pedimentos deducidos en su contra, con imposición a la parte actora de las costas causadas.".
Notificada dicha sentencia a las partes por la representación procesal de Olga se interpuso contra la misma recurso de apelación, y dándose traslado a la parte contraria se opuso al recurso; remitiéndose las actuaciones a esta Sección Quinta de la Audiencia, previo emplazamiento de las partes.
Recibidos los Autos y cinta de video, y una vez personadas las partes, se formó el correspondiente Rollo de Apelación con el número ya indicado, se señaló para deliberación, votación y fallo el día 10 de Marzo de 2008.
En la tramitación de estos autos se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan los de la sentencia recurrida, y
Solicita la parte demandante la nulidad del acuerdo de 23 de Mayo de 2007 mediante el cual la Comunidad de Propietarios demandada deniega el permiso de colocación de tubo de extracción de gases del local de la actora a través del patio interior de la Comunidad. Reitera la Comunidad demandada su postura, que es ratificada por la sentencia -desestimatoria-, que es ahora objeto de apelación.
Dicha resolución de primera instancia se fundamenta en que al afectar a elementos comunes la obra solicitada y crear una servidumbre, ha de ser objeto de acuerdo unánime. No existiendo tal unanimidad, no procede anular el acuerdo comunitario.
La dueña del negocio de hostelería, recurre la sentencia por diversos motivos. En primer lugar, porque las normas del régimen interno de la Comunidad permiten a los dueños de los locales realizar obras de adecuación de los mismos, siempre que no perjudiquen al resto de copropietarios. Además, la negativa a la colocación de la chimenea, impide el ejercicio de la industria de bar-cafetería y no suponiendo ningún perjuicio para la Comunidad, sí constituye -por tanto- un abuso de Derecho.
Este Tribunal ha tenido ocasión reiterada de pronunciarse al respecto. Así, la S. de 11 de Marzo de 2003, señalaba: "En este sentido es prácticamente unánime la doctrina jurisprudencial que considera que la...
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