Notificación de resolución en ejecución de títulos judiciales 216/2011.

Sección8 - Procedimientos Judiciales
EmisorJuzgado de lo Social Nº 1 de Santander

Notificación de resolución en ejecución de títulos judiciales 216/2011.Doña María del Carmen Martínez Sanjurjo, secretaria judicial del Juzgado de lo Social N° 1de Santander.

Hace saber: Que en este Órgano judicial se siguen autos de Ejecución de títulos judiciales,con el n.° 0000216/2011 a instancia de Tomás Fernández Fernández y Mihail Gridenco frentea Montañesa De Canalizaciones SL y Servicios y Construcciones Odeman SL, en los que se hadictado resolución de fecha 02/11/2011 del tenor literal siguiente:

AUTO

PARTE DISPOSITIVA

DISPONGO:

  1. - No ha lugar a despachar la ejecución frente a Servicios y Construcciones Odeman SL,por encontrarse la misma, en situación de concurso voluntario, siendo competente para suconocimiento el Juzgado de lo Mercantil de Santander.

    Hágase entrega a la parte actora de testimonio de la demanda y sentencia recaídas en esteprocedimiento, así como de la presente resolución, a los efectos oportunos.

  2. - Despachar orden general de ejecución a instancia de D. Mihail Gridenco y D. Tomás Fernández Fernández, frente a Montañesa de Canalizaciones, S. L., por un principal de 19.255,93 eurosen concepto de principal más 3.851,19 euros fijados provisionalmente para intereses y costas.

    Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada puedaoponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el art. 556 de la LEC y en elplazo de diez días, a contar desde el siguientes a la notificación del presente auto y del decretoque se dicta. Doy fe.

    Así por este Auto lo acuerdo, mando y firmo. El/La Magistrado-Juez.

    DECRETO

    PARTE DISPOSITIVA

    Acuerdo:

    Despachar ejecución del título mencionado en la orden general deejecución a favor de Tomás Fernández Fernández y Mihail Gridenco, contra Montañesa de Canalizaciones SL, por importe de 19.255,93 euros, más la cantidad de 3.851,19 euros, presupuestadas para intereses y costas.

    Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince díaspuedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que deno ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

    Adviértase a ambas partes que deben comunicar inmediatamente a este órgano judicialcualquier cambio de domicilio, número de teléfono, fax, correo electrónico o similares que seproduzca, de estarse utilizando como medio de comunicación durante la sustanciación de esteproceso (art. 155.5 LEC).

    ...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR