Noticiario
Páginas | 229-232 |
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En el BOE número 266, miércoles 4 de noviembre de 2009 se publicó una importante modificación del principio de justicia universal. Bajo la cobertura generalista de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de una nueva Oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial se aprovecha para dar un nuevo contenido a dicho principio, no sin haber generado un notable polémica en este sentido.
El apartado III del Preámbulo justifica dicha reforma “en cumplimiento del mandato emanado del Congreso de los Diputados, mediante resolución aprobada el día 19 de mayo de 2009 con motivo del Debate del estado de la Nación, se realiza un cambio en el tratamiento de lo que ha venido en llamarse la “jurisdicción universal”, a través de la modificación del artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial para, de un lado, incorporar tipos de delitos que no estaban incluidos y cuya persecución viene amparada en los convenios y costumbres del Derecho Internacional, como son los de lesa humanidad y crímenes de guerra. De otro lado, la reforma permite adaptar y clarificar el precepto de acuerdo con el principio de subsidiaridad y la doctrina emanada del Tribunal Constitucional y la jurisprudencia del Tribunal Supremo.
El artículo primero se ocupa de dicho cambio de esta manera: Se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en los siguientes términos: Uno. Los apartados 4 y 5 del artículo 23 quedan redactados de la forma siguiente: “4. Igualmente, será competente la jurisdicción española para conocer de los hechos cometidos por españoles o extranjeros fuera del territorio nacional susceptibles de tipificarse, según la ley española, como alguno de los siguientes delitos: a) Genocidio y lesa humanidad. b) Terrorismo. c) Piratería y apoderamiento ilícito de aeronaves. d) Delitos relativos a la prostitución y corrupción de menores e...
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Solicita tu prueba- LEY ORGANICA 4/1995, de 11 de Mayo, de Modificacion del Codigo penal, mediante la que se tipifica la apologia de los delitos de Genocidio.
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