Notas sobre el acto de inicio del procedimiento administrativo sancionador

AutorJosé Antonio Tirado Barrera
CargoUniversidad ESAN (Perú)
Páginas173-189
COMUNICACIONES Y COMENTARIOS JURISPRUDENCIALES 173
Creative Commons Reconocimiento-NoComercial 4.0 Internacional
Notas sobre el acto de inicio del procedimiento administrativo
sancionador
Notes on the act of initiation of the sanctioning procedure
José Antonio Tirado Barrera
Universidad ESAN (Perú)
ORCID: https://orcid.org/0000-0003-4877-0699
jtirado@esan.edu.pe
NOTA BIOGRÁFICA
Máster en Derecho de las Administraciones Públicas (URJC). Profesor de Derecho Administrativo en la
Universidad ESAN (Perú). Sus líneas de investigación se concentran en el procedimiento administrativo
sancionador y la inspección administrativa.
RESUMEN
El presente trabajo estudia el acto de incoación del procedimiento sancionador con el objetivo de
analizar los efectos que una defectuosa motivación del mismo podría producir respecto de los derechos
fundamentales de los sujetos imputados y de otros posibles interesados.
PALABRAS CLAVE
Procedimiento sancionador; acto de trámite; incoación del procedimiento; motivación del acto administrativo.
ABSTRACT
The present work studies the act of initiation or the sanctioning procedure with the aim of analyzing the
effects that a faulty motivation of the same could produce with respect to the fundamental rights of the
accused subjects and of the other possible interested parties.
KEYWORDS
Sanctioning administrative procedure; act of procedure; initiation of the procedure; motivation of the
administrative act.
SUMARIO
INTRODUCCIÓN. 1. CONSIDERACIONES GENERALES SOBRE EL ACTO DE INCOACIÓN DEL PRO-
CEDIMIENTO SANCIONADOR. 1.1. EL ACTO DE INCOACIÓN COMO ACTO DE TRÁMITE. 1.2. LA
MOTIVACIÓN DEL ACTO DE TRÁMITE. 1.3. LA IMPUGNACIÓN DEL ACTO DE TRÁMITE. 1.4. EL
ACTO DE INCOACIÓN Y SU RELACIÓN CON EL DERECHO A SER INFORMADO DE LA ACUSA-
CIÓN. 2. ALGUNOS PROBLEMAS ESPECÍFICOS DE LA MOTIVACIÓN DEL ACTO DE INCOACIÓN
DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR. 2.1. LA MOTIVACIÓN DEL ACTO DE INCOACIÓN QUE SE
SUSTENTA EN ACTUACIONES INSPECTORAS. 2.2. LA MOTIVACIÓN DEL ACTO DE INCOACIÓN
QUE SE APARTA DE LA DENUNCIA PRESENTADA POR UN INTERESADO. 2.3. LA MOTIVACIÓN DEL
ACTO DE INCOACIÓN QUE PUEDE O DEBE SER PUBLICITADO POR MANDATO LEGAL. A MODO DE
CONCLUSIÓN. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS.
REALA, número 16, octubre de 2021
Sección: COMUNICACIONES Y COMENTARIOS JURISPRUDENCIALES
Recibido: 03-09-2021
Aceptado: 14-10-2021
Publicado: 15-10-2021
DOI: https://doi.org/10.24965/reala.i16.10979
Páginas: 173-189
COMUNICACIONES Y COMENTARIOS JURISPRUDENCIALES 174
José Antonio Tirado Barrera
Notas sobre el acto de inicio del procedimiento administrativo sancionador
REALA. Nueva Época – N.o 16, octubre 2021 – ISSN: 1989-8975 – DOI: https://doi.org/10.24965/reala.i16.10979 – [Págs. 173-189]
INTRODUCCIÓN 1
La motivación del acto administrativo expresa el deber de la Administración Pública de justificar las
decisiones que, en ejercicio de sus potestades públicas distintas de la potestad reglamentaria, afecten los
derechos de los administrados, procurando reducir el riesgo de un ejercicio arbitrario de aquellas.
En el Derecho Administrativo Sancionador se ha exigido que el acto sancionador cumpla con estánda-
res elevados en materia de motivación, en la medida en que impondrá la restricción o pérdida de derechos
como consecuencia de la comisión de una infracción administrativa, lo que se conecta con las garantías del
artículo 24.1 de la Constitución (Navarro González, 2017, p. 348-351).
La motivación del acto de incoación del procedimiento sancionador ha suscitado poca atención en la
medida en que su calificación, como acto de trámite, remite al acto definitivo buena parte de los cuestiona-
mientos que se le puedan formular y porque la posibilidad de modificar la imputación inicial, permite trasladar
el protagonismo del debate jurídico a la posterior propuesta de resolución final y al propio acto sancionador.
El acto de incoación, aunque trascendente, no resulta decisivo respecto de la determinación de la si-
tuación jurídica del imputado. Sin embargo, debe merecer atención ya que puede: «(...) producir un perjuicio
irreparable a derechos o intereses legítimos, en cuanto, con independencia de lo que resulte del procedi-
miento, siempre arroja una sombra de sospecha sobre el implicado» (Lozano Cutanda, 2010, p. 864).
Por ello, consideramos relevante prestar atención a la motivación del acto de incoación por las eventua-
les afectaciones que podría producir en ciertos derechos fundamentales de los imputados.
El presente trabajo se divide en dos partes: en la primera se revisarán las características del acto de
incoación como acto de trámite así como su relación con el derecho a ser informado de la acusación; en la
segunda, se procederá a estudiar la exigencia de motivación del acto de incoación en relación a tres situa-
ciones específicas que pueden afectar derechos fundamentales del imputado.
1. CONSIDERACIONES GENERALES SOBRE EL ACTO DE INCOACIÓN DEL PROCEDIMIENTO
SANCIONADOR
Expondremos los elementos distintivos del acto de incoación del procedimiento sancionador como
acto de trámite con la finalidad de comprender el régimen jurídico que le es aplicable y nos enfocaremos,
además, en su relación con el derecho a ser informado de la acusación, en la medida en que sobre este
pivotarán algunos de los problemas más importantes que pueden surgir como consecuencia de una defec-
tuosa motivación.
1.1. El acto de incoación del procedimiento sancionador como acto de trámite
El procedimiento sancionador se inicia a través del acto de incoación, conforme a los artículos 63 y 64 de
la Ley del Procedimiento Administrativo Común (en adelante, LPAC). Se trata del impulso inicial para el legí-
timo ejercicio de la potestad sancionadora y su calificación como acto de trámite no es materia de discusión.
El acto de trámite se contrapone al acto definitivo como expresión de una clasificación comúnmente
utilizada para resaltar uno de los aspectos de la diversa tipología aplicable al acto administrativo, por lo que
la correcta comprensión de este último concepto resulta esencial.
La importancia del acto administrativo radica en que individualiza la previsión general y abstracta de la ley,
definiendo la situación jurídica que recaerá sobre un administrado en particular (Esteve Pardo, 2016, p. 171).
Debido a que el legislador no ha establecido una definición del concepto de acto administrativo, en la
doctrina se encuentran dos posiciones respecto de la determinación y alcances de dicho concepto (Muñoz
Machado, 2017, p. 13-25).
La posición mayoritaria propone un concepto amplio de acto administrativo, definiéndolo como: «(…) la de-
claración de voluntad, de juicio, de conocimiento o de deseo realizada por la Administración en ejercicio de una
potestad administrativa distinta de la potestad reglamentaria.» (García de Enterría y Fernández, 2020, p. 591).
1 El presente artículo se basa en el trabajo final presentado para obtener el grado de Máster en Derecho de las Administraciones
Públicas en la Universidad Rey Juan Carlos. El autor desea expresar su agradecimiento a la Profesora Doctora Lucía Alarcón Sotoma-
yor por las críticas y sugerencias formuladas como tutora de aquel trabajo. De igual modo, agradece los comentarios realizados por los
revisores anónimos del presente texto.

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