Nociones imprescindibles para la comprensión legal y fáctica de lo acaecido durante la pandemia

AutorYegor Varela Álvarez
Páginas19-43
— 19 —
BLOQUE I:
NOCIONES IMPRESCINDIBLES PARA LA
COMPRENSIÓN LEGAL Y FÁCTICA DE
LO ACAECIDO DURANTE LA PANDEMIA
Cronología de hechos
Con el ánimo de facilitaros la lectura a lo largo del
libro, considero oportuno realizar una cronología de
los hechos más relevantes de la pandemia. Así, comen-
zaremos exponiendo en orden cronológico los hitos
más relevantes de la pandemia en España, entre los
que se encuentran los acontecimientos sociales y legis-
lativos más importantes.
Hechos relevantes
El primer caso de coronavirus en España se detec-
tó el 31 de enero de 2020. Sin embargo, no fue hasta el
14 de marzo, es decir, un mes y medio después, que se
decretó el Estado de alarma aplicando a los ciudadanos
un confinamiento salvo para ciertas excepciones.
En septiembre de 2020 y, a través de la Ley 3/2020,
se reforma la LJCA incluyendo el artículo 10.8 que per-
mite a los TSJ restringir derechos fundamentales de
manera generalizada.
En octubre de 2020, el Gobierno decretaría un
segundo estado de alarma, que después de los prime-
— 20 —
Yegor Varela Álvarez
ros quince días, fue prorrogado por seis meses bajo la
aprobación por mayoría simple por el Congreso de los
Diputados.
El 5 de diciembre de 2020, el TSJ de Aragón pre-
senta una cuestión de inconstitucionalidad en relación
con el artículo 10.8 LJCA ya que entiende que el admi-
nistrado podría quedar fuera del procedimiento y plan-
tea si este artículo contradice lo dispuesto en los artí-
culos 106, 107.3 y 107.4 de la Constitución Española.
El 27 de diciembre de 2020, las vacunas llegaban a
España y Araceli Rosario Hidalgo, entonces de 96 años,
era la primera persona en España en recibir una dosis
contra la Covid.
El 5 de mayo de 2021 se publicaba en el BOE el
gular en su capítulo VI unas “medidas extraordinarias
en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo”,
que modifican diversos artículos de la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-
administrativa (en adelante LJCA).
El 9 de mayo de 2021 finaliza el segundo estado
de alarma y, a través de la reforma de la LJCA, concre-
tamente del artículo 10.8, deja en manos de los TSJ la
restricción de los derechos fundamentales de manera
generalizada, es decir, son dichos tribunales los que se
empiezan a encargar de ratificar o denegar los decretos
de los Gobiernos autonómicos que consisten en limitar
1 Esta norma viene a configurar una nueva tipología de re-
curso de casación, añadiendo un nuevo apartado 1 bis al artículo 87
de la LJCA con el siguiente contenido:
1 bis. Serán susceptibles de recurso de casación, en todo caso,
los autos dictados en aplicación del artículo 10.8 y del artículo 11.1.i)
de esta ley.”

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR