La noción híbrida de gente de mar en el CTM 2006 de la OIT y su plasmación en el ordenamiento español y francés: visión comparada con especial referencia a los alumnos en prácticas embarcados

AutorOlga Fotinopoulou Basurko
CargoProfesora Titular de Universidad de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, Universidad del País Vasco (UPV/EHU).
Páginas125-141
LA NOCIÓN HÍBRIDA DE GENTE DE MAR EN EL CTM 2006 DE LA OIT Y SU PLASMACIÓN...
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Revista de Derecho del Transporte
N.º 19 (2017): 125-141
* Fecha de recepción del trabajo: 16/03/2017. Fecha de aceptación del trabajo: 31/05/2017.
Trabajo realizado en el contexto del proyecto de investigación f‌inanciado por el MINECO titulado
«Problemas actuales y perspectivas de futuro del desplazamiento de trabajadores transnacional: el caso
de los trabajadores del transporte» (Ref. DER2013-43423-R), así como en el marco de los trabajos que se
desarrollan dentro del Grupo de Investigación titulado: «Derecho transnacional del trabajo y transporte»
(Ref. GIU15/04), f‌inanciado por la UPV/EHU. En ambos casos, la IP es quien esto suscribe. Asimis-
mo, esta contribución forma parte de mi participación en el proyecto europeo ERC-2013-AdG 340770
Human SeaThe development of human activities at sea-What legal Framework? For a new maritime
law. Entidad f‌inanciadora: Comisión Europea dirigida por el profesor Patrick Chaumette (Universidad
de Nantes).
LA NOCIÓN HÍBRIDA DE GENTE DE MAR
EN EL CTM 2006 DE LA OIT Y SU PLASMACIÓN
EN EL ORDENAMIENTO ESPAÑOL Y FRANCÉS:
VISIÓN COMPARADA CON ESPECIAL REFERENCIA
A LOS ALUMNOS EN PRÁCTICAS EMBARCADOS *
Olga Fotinopoulou Basurko
Profesora Titular de Universidad de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
Universidad del País Vasco (UPV/EHU)
RESUMEN
El objetivo de este trabajo es analizar, con carácter general, el concepto de
gente de mar regulado por el CTM 2006 y la adaptación que de esta noción híbri-
da se ha realizado tanto en España como en Francia. Con posterioridad, se foca-
liza la visión comparada en la distinta regulación que sobre la situación concreta
de los alumnos en prácticas embarcados existe entre ambos países, poniendo de
manif‌iesto la necesidad de que en España se adopte una norma específ‌ica para
paliar los inconvenientes que origina la def‌iciente implementación del Convenio
de Trabajo Marítimo en nuestro país.
Palabras clave: gente de mar, CTM 2006 OIT, Derecho español, Derecho
francés.
SUMARIO: I. INTRODUCCIÓN.—II. EL CONCEPTO DE «GENTE DE MAR» EN EL CTM 2006.—III. REALIDADES
CONTRAPUESTAS EN RELACIÓN CON LA DELIMITACIÓN DE LA NOCIÓN DE «GENTE DE MAR»: ANÁ-
LISIS COMPARADO ESPAÑA-FRANCIA: 1. Una circular del Ministerio de Fomento como instrumento o me-
canismo para delimitar la noción de «gente de mar». 2. El caso francés: dos modif‌icaciones normativas para
dilucidar el ámbito subjetivo de aplicación del CTM 2006.—IV. EL CASO DE LOS ALUMNOS EN PRÁCTICAS
EMBARCADOS: ¿RELACIÓN LABORAL O BECARIOS A BORDO?—V. CONCLUSIÓN.
OLGA FOTINOPOULOU BASURKO
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N.º 19 (2017): 125-141
The hybrid concept of seafarers in the CTM, 2006 of the ILO
and its embodiment in the Spanish and French regulations: a vision compared
with special reference to students in onboard practices
ABSTRACT
The objective of this work is to analyse, in a general way, the concept of sea-
farers regulated by the MLC 2006, ILO and the adaptation that of this hybrid no-
tion has been made in Spain as in France. Subsequently, the comparative vision
is focused on the different regulation that on the concrete situation of the trainee
students on board exists between both countries, showing the need for Spain to
adopt a specif‌ic rule to alleviate the disadvantages caused by the handicapped
implementation of the Maritime Labour Convention in our country.
Keywords: Seafarers, MLC 2006 ILO, Spanish Law, French Law.
SUMMARY: I. INTRODUCTION.—II. THE CONCEPT OF «SEAFARERS» UNDER MLC 2006.—III. CONTRADICTO-
RY REALITIES AS TO THE DELIMITATION OF THE NOTION OF «SEAFARERS»: A COMPARATIVE ANALYSIS
SPAIN-FRANCE: 1. A circular of the Ministry of Development as an instrument or mechanism to narrow down the
notion of «seafarers». 2. The French case: two regulatory modif‌ications to elucidate the subjective scope of appli-
cation of MLC 2006.—IV. THE CASE OF EMBARKED TRAINEE STUDENTS: EMPLOYMENT RELATIONSHIP
OR SCHOLARS ON BOARD?—V. CONCLUSION.
I. INTRODUCCIÓN
Uno de los principales problemas o dif‌icultades surgidos a propósito de los
instrumentos jurídicos aplicables a los trabajadores del mar 1 ha sido, y sigue sien-
do, la ausencia de una armonización efectiva en relación con el ámbito subjetivo
de aplicación de aquellos 2. A estos efectos, y en un intento por homogeneizar la
diversidad de nociones empleadas tanto en los propios textos de la OIT, como en
las legislaciones nacionales, el Convenio refundido de Trabajo Marítimo, 2006, de
1 Sobre la regulación jurídico-laboral de la marina mercante en España, consultar i. ribeS moreno,
El contrato de embarco en la Marina Mercante, Valencia, Tirant lo Blanch, 2014. Para un análisis de los
conf‌lictos y problemas que atienen a este colectivo desde una perspectiva amplia y general, se recomienda
la lectura de la obra de A. chArbonneAu, Marché International du travail maritime. Un cadre juridique
en formation, Presses Universitaires d’Aix-Marseille, 2009. En relación con la dispersión normativa que
caracteriza esta relación laboral y el hecho de que muchas normas procedan de nuestra pertenencia a la
UE, vid. el trabajo de c. Sánchez-rodAS nAvArro, «El Convenio sobre el trabajo marítimo y el Derecho
social comunitario», Revista del Ministerio de Trabajo e Inmigración, núm. 82, 2009, pp. 45-64.
2 Los problemas def‌initorios que presenta la normativa de la OIT con respecto al trabajo marítimo
no se anudan exclusivamente a la noción de gente de mar, sobre la que focalizamos este trabajo, sino
también sobre los conceptos de armador y/o naviero, desde el punto de vista subjetivo también y, en bas-
tante menor medida, en relación con la noción de buque, en cuanto ámbito objetivo de aplicación, donde
la uniformidad siempre ha sido mucho mayor. Sobre esta cuestión, vid., en extenso, o. Fotinopoulou
bASurko, «Los convenios y recomendaciones de la OIT sobre la gente de mar: análisis de su implemen-
tación en España», Revista del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, núm. 112, 2014, pp. 147-179.

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