Modificación al Anexo del Acuerdo entre el Gobierno de España y la Organización Europea para la Seguridad de la Navegación Aérea EUROCONTROL, relativo a la percepción de las tarifas correspondientes a la utilización en ruta de instalaciones y servicios de ayudas a la navegación, hecho en Bruselas el 17 de diciembre de 1971.

MarginalBOE-A-1975-26742
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores
26774
27
diciembre
1975 B.
O.
del
E.-Núm.
311
1.
Disposiciones
generales
Los
representantes
de
los
Gobiernos
participantes
en
la
Or.
ganización
Europea
para
la
Seguridad
deja
NflVegación
Aérea
EUROCONTROL,
actuando
en
su
doble
calidad
-de
Autoridades
nacionales
y
Miembros
de
la
Comisión
Permanente
de
aquella
Organización,
han
aproqado
el
Anexo
revisado
a
los
Convenios
suscritos
por
los
Gobiernos
de
10$
EstadC's
Contratantes
con
la
expresada
Organ:zación.
De
conformidad
con
el
procedimiéntoestable<;:ido
eh
el
ar-
tículo
3."
del
Acuerdo
de
17
de
diciembre
de
1971,suscrito
entre
el
Gobierno
español
y
EUaOCONTROL,'
el
Director
general
de
Aeropuertos,
en
.representación
de
la
Subsei..retBría
de
Aviación
CÍ\~il
del
Ministerio
del
Aire,
y
el
Director
general
de
EURO-
CONTROL
han
acordado
la
modificación
del
Anexo
al
Acuerdo
ya
citado,
a
fin
de
recoger
las
modificaciones
introducídas.PQr
los
representantes
de
los
Gohiernos
ya
recogidas
en
el
expresa..
do
Anexo
rev:sado
a
los
Convenios
que.
dichos'
Gobiernos.
de
los
Estados
Contratantes
suscribieron
ton
EUROCONTROL.
El
texto
modificado
de
dicho
Anexo.
qUe
entrará
en
vigor
el
1
de
noviembre
del
presente
afio,
es
el
sigUiente:
Padecidos
errores
en
la
inserción
de
la
mencionada
Orden,
publicada
en
el
.Boletín
Oficial
del
Estado
...
número
298,
de
fecha
12
de
dic.embre
de
1975,
páginas
25845 a25852,
sp
tranS
k
criben
a
continuaci6n
las·
oportu'nas·
.Nctifh.:aciones:
En
en
anejo
S,
punto
5.5,
dbndedice:
_Salado:
Los
quesos
se
salan
introduciéndose
en
salmuera'.~",debe
decir:
..
Salado:
Los
quesos
se
sahm
introduciéndolos
en
salmuera
...•.
En
el
anejo
6,
apartado
8,
donde
dice:
.....
manipulación
del
producto
se
hará
de
modo
que
quede
..
~
••
debe
decir:
"."
ma-
nipulación
del
producto
se
harán
de
modo
que
quede
...
».
En
el
anejo
B.
titulo
BJ,
punto
4.2,
donde
dice:
"Detenní-
nación.
Sacar
el
matraz
2.3
con
2:5
en
la. es-.,.",
debe
decir:
..
Determinación.
Secar
el
matraz
2.3
con
2.5
en
la
es-...".
En
el
anejo
9.
apartado
3,
décima
linea,
donde
dice:
..
".
ho-
ras
a
105
OC.
Dejar
enfriar
con
el
desecador
...••
debe
decir:
.....
horas
'Jo
105
OC~·
Dejar
enfriar
en
el
desecador
...
».
En
el
mismo.
anejo,
apartado
4. cUarta
y.
quinta
líneas,
donde
dice:
.....
diecisiete
horas,
a
la
presión
atmosférica
nor-
mal
ya
la
temperatura
del
laboratorio
..
Se'
remoV'Brá
de
vez
en
vez
el
contenido
...
»,
debe
decir:
«dieciséis
horas,
a
la
pre-
slón
atmosférica
normal
y a
la
temperatura
del
laboratorio.
Se
removerá
de
vez
en
cuando
el
contenido.,.".
PRESIDENCIA
donde
d
es
el
coeficiente
distancia
y p
es
el co·eficiente
de
peso
de
la
aeronave.
El
si2tema
de.
tarifas
está,
pues.
fundado
sobre
la
distancia
recorrida
por
la
a!}ronave
en
el
es'pació
aéreoínteresado
y
so-
bre
el
pl?so
de
esta"
aeronave,
percel
coeficiente
peso
tiene
úni-
camente
una
influencia
secundaria
en
la
fórmula
de
cálculo.
2.2. El
coefic:ente
distancia
es
igual·
al
cociente
de
la
divi-
sión
por
100
del
número
que
indica
la
distancia
ortodrómica,
expresada
en
kilómetros,
tomada
en
cada
Estado
E¡ntre:
-
el
aeródromo
de
salida
o
el
punto
de
ent.rada
en
el
espacio
aéreo
que
sea
da
la
competencia
de
este
Estado;
- y
el
aeródromo
de
primer
destino
o
el
punto
de
salida
del
espacio
aéreo
qUe
sea
de
la
competencia
de
d:cho
Estado.
Siendo
estos
puntos
los
de
franqueo,
por
las
rutas
aóreas,
de
los
límites
de
F, J. R.
correspondientes
alos
limites
del
es-
pacio
aéreo
dependiente
de
cada
Estado,
tal
como
figuran
en
las
publicaciones
aeronauticas
naCionales,
y
fijados
teniendo
en
cuenta
la
ruta
uti1::iac!a
gBneralmente
entre
dos
aeródromos.
Las
rutas
más
generalmente
utilizadas,
'en
el
sentido
que
indica
el
epígrafe
precedente,
serán
revísadas
anualmente
para
tener
en
cuenta
las
modificaciones
intervenidas
eventualmente
en
la
estructura
de
las
rutas
o
del
tráfico.
En
caso
de
no
poder
determinar
la
ruta
gel1eralmente
más
utilizada
entre
dos
aeródromos,
la
ruta
a.
tener
en
cuenta
para
calcular
el
coeficiente
distancia
es
la
ruta
mas
corta.
No
obstante,
por
cada
despegue
o
aterrizaje,
la
distancia
a
tener
en
cuenta
se
disminUYe
en
un
tramo
medio
de
20
kiló-
metros
para
tener
en
cuenta
los
servicios
prestados
por
las
instalaciones
de
aproximación
de
los
aeropuertos.
En
lo
concerniente
a
los
vuelos
efectuados
en
el
espacío
aéreo
de
un
Estado
que
partidpaen
el
sistema
de
tarifas,
para
los
cuales
el
aeródromo
de
salida
o
de
primer
destino
esta
situado
al
oeste
de
la
línea
quebrada,
definida
más
abajo,
yqUe
la
franquean,
el
coeficiente
distancia
se
establece
a
partir
de
las
distancias
medias
ponderadas
por
Estado,
calcula-
das
s:guiendo
las
rutas
aéreas
utilizadas
por
los
usuaríos
a
lo
largo
de
las
diferentesesta,ciones
del
año.
La
línea
quebrada,
anteriormente'
mencionada,
se
traza
a
partir
del
Polo
Norte,
por
el
14"
W
de
longitud
hasta
el
punto
55"
N -
14"
W;
a
continuación,
el
550-
N
de
latitud
hasta
el
punto
5S'"
30"
W,
y
luego,
el
30"
W
de
longitud
hasta
el
Ecuador.
El
coeficiente
distancia
es
igual
a
la
unidad
para
un
vuelo
de
100
k"lómetros
Cteniendoen
cuenta
eventualmente
los
20
kiló-
metroS
para
el
despegue
y/o
el
aterrizaje).
Pata
el
cálculo
de
DESCHlPCION
DEL
SISTEMA
DE TARIFAS EN RUTA
1.
Definición
del
sistema
de
tarifas.
El
sistema
de
tarifas
de
los
Estados
miembros
de
EUROCON-
TROL,
llamado
sistema
regional
armonizado,
es
un
sistema
en
el
que
una
sola
tarifa
es
facturada
para
la
región,
cualquiera
que
sea
el
número
de
Estados
sobrevolados,
pero
en
el
cual
la
tarifa
se
calcula
por
cada
Estado,
para
llegar
a
un
pago
global
para
un
vuelo
dado,
por
adición
de
las
tarifas
parciales
gene-
radas
en
el
espacio
aéreo
de
cada
Estado
sobrevolado.
Las
modalidades
de
(;-E,te
sistema
puedensúr
objeto
de
nuevo
examen
al
final
de
cada
período
de
dos
años,
comenzando
el
1
de
nuviembre
de
los
alios
impares.
2.
F'órmula
de
cálculo
de
la
tarifa
en
el
sistema
-regional
armonizado.
rl:::::;
ti X N
en
la
que
ti
es
la
tarifa
unitaria
de
pago
para
el
Estado
dado
y N
es
el
número
de
unidades
de
servicio
obtenidas
por
el
cálculo:
2.1.
Por
cada
Estado
W,
la
tarifa
se
calcula
segun
la
fór-
mula
siguiente:
GOBIERNO I
DEL
CORRECCION
de
erratas
de
la
Orden
de
29
de
novilimbre
de
1975
.
por
la
que
se
aprueban
las
normas
de
calidad
para
los
quesos
.Cheddar»,
..,Edam_
....
Gouda.,
cEmmental:",
..
Gruyere
..
y
.Da-
nablrp
..
EUROCONTROL
MODIFICACION
al
Anexo
del
Acuerdo
entre
el
Gobierno
de
España
)'
la
Organización
Europea
para la
Seguridad
de
la
Navegación
Aérea
EURO-
CONTROL,
relativo
ala
percepción'
de
las
tarifas
correspondientes
ala
utilización
en
ruta
de
insta-
lQciones y
servicios
de
ayuda,s
ala
navegación,
hecho
en
Bruselas
el
17
de
diciembre
de
19'[1.
MINISTERIO
ASUNTOS EXTERIORES
DE
26741
26742

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