Navarra (2021): Preocupantes reveses judiciales en la defensa de los intereses ambientales

AutorJosé Francisco Alenza García
Páginas1303-1327
OBSERVATORIO DE POLÍTICAS AMBIENTALES 2022
JOSÉ FRANCISCO ALENZA GARCÍA, “NAVARRA …”
1303
LII
Navarra (2021): Preocupantes reveses judiciales en
la defensa de los intereses ambientales
José Francisco Alenza García
SUMARIO: 1. TRAYECTORIA Y VALORACIÓN GENERAL. 2. LEGISLACIÓN.
2.1. Descripción general. 2.2. Los Planes Directores de Ordenación
Pesquera. 2.3. Métodos de control de especies cinegéticas dañosas. 3.
ORGANIZACIÓN. 4. EJECUCIÓN. 4.1. El Plan de Inspección
Ambiental. 4.2. Otros Planes y Programas. 5. JURISPRUDENCIA
AMBIENTAL. 5.1. Descripción general. 5.2. La pérdida para Navarra de
importantes vías pecuarias por su consideración judicial como pasos
naturales de titularidad privada. 5.3. Nulidad del Listado de especies
silvestres en régimen de protección especial por infracción del principio
de jerarquía normativa y del principio de buena regulación (falta de
motivación). 5.4. Criterios ambientales en la contratación pública: no es
suficiente el compromiso de utilizar productos respetuosos del ambiente,
sino que es necesario identificar los concretos productos o, al menos,
disponer de un certificado EMAS. 5.5. Impugnación de Ordenanza fiscal
sobre tasas por la recogida de residuos. 5.6. Autorizaciones, licencias y
evaluaciones ambientales. 6. PROBLEMAS. 7. APÉNDICE
INFORMATIVO.
RESUMEN: El año 2021 ha sido un año de transición en la actividad normativa con
escasas y poco relevantes innovaciones normativas. En cambio, la
jurisprudencia ambiental ha sido muy abundante, destacando dos
sentencias sobre vías pecuarias y sobre la nulidad de un reglamento que
generan una gran preocupación por la forma en la que se está llevando a
cabo la defensa de los intereses ambientales en Navarra.
OBSERVATORIO DE POLÍTICAS AMBIENTALES 2022
JOSÉ FRANCISCO ALENZA GARCÍA, “NAVARRA …”
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ABSTRACT: The year 2021 has been a year of transition in regulatory activity with few
and little relevant regulatory innovations. On the other hand,
environmental jurisprudence has been very abundant, highlighting two
sentences on cattle trails and on the anulation of a regulation that generate
great concern for the way in which the defense of environmental interests
in Navarra is being carried out.
PALABRAS CLAVE: Cañadas. Trashumancia. Corredores ecológicos. Autorización
ambiental. Evaluación de impacto ambiental.
KEYWORDS: Cattle trails. Transhumance. Ecological corridor. Environmental
authorization. Environmental impact assessment.
1. TRAYECTORIA Y VALORACIÓN GENERAL
La política ambiental de Navarra en 2021 ha sido un año pobre en
actividad. Quizá pueda servir de explicación que haya sido un año de
transición entre las dos importantes leyes forales aprobadas en 2018
(residuos) y 2020 (actividades con incidencia ambiental) y la preparación y
tramitación parlamentaria durante ese año de una Ley Foral de Cambio
Climático. Sea como fuere, en 2021 se han producido muy escasas
innovaciones normativas que, además, no presentan demasiado interés.
Por lo que se refiere a la jurisprudencia nos encontramos con una
abundancia extraordinaria de sentencias con contenido ambiental que,
además, se han caracterizado por afectar a muy diversas materias (aguas,
biodiversidad, residuos, bosques) y a distintos tipos de actividades
administrativas (además de las habituales sobre sanciones y autorizaciones,
ha habido sentencias sobre reglamentos, ordenanzas, planes y contratos).
De todas ellas destacan dos sentencias que generan una notable
preocupación por la forma en la que se está llevando a cabo la defensa de los
intereses ambientales en Navarra. Me refiero, por un lado, a la STSJ de
Navarra 451/2021, de 30 de diciembre que ha afirmado la inexistencia de
cañadas en el amplio territorio de las Bardenas Reales, sosteniendo que lo
que siempre se han tenido por unas vías pecuarias de dominio público, son
meros caminos privados de uso interno para los congozantes. Aunque la
sentencia no es firme y, como luego se verá, su fundamentación es endeble
e incoherente, la anulación del acto de clasificación y deslinde suscita dudas
sobre si la elaboración de dicho acto y su defensa en vía contencioso-
administrativa se han llevado a cabo con el rigor que la ocasión merecía. Por

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