APLICACIÓN Provisional del Acuerdo Marco de cooperación entre el Reino de España y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, hecho en Ginebra el 9 de diciembre de 2002.

Fecha de Entrada en Vigor 4 de Marzo de 2005
MarginalBOE-A-2003-10386
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores

APLICACIÓN Provisional del Acuerdo Marco de cooperación entre el Reino de España y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, hecho en Ginebra el 9 de diciembre de 2002.

ACUERDO MARCO DE COOPERACIÓN ENTRE EL REINO DE ESPAÑA, representado por D. Joaquín Pérez-Villanueva y Tovar, Embajador, Representante Permanente de España ante las Organizaciones Internacionales con sede en Ginebra Y LA OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS REFUGIADOS (en lo sucesivo ACNUR), representada por el Sr. Ruud Lubbers, Alto Comisionado

PREÁMBULO

Considerando que el mandato de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (en lo sucesivo ACNUR) es proteger y ayudar a los refugiados y otras personas que sean motivo de preocupación a escala mundial y buscar soluciones duraderas a su difícil situación;

Considerando que el Reino de España tiene interés en promover y contribuir a ofrecer protección y asistencia a las personas necesitadas de protección internacional y a otras personas que entren dentro del mandato de ACNUR;

Considerando que el Reino de España y ACNUR están convencidos de la importancia de una cooperación conjunta para perseguir este objetivo mediante el establecimiento de mecanismos con el fin de contribuir en la consecución de este objetivo común;

Considerando que el Reino de España ha decidido contribuir a los programas y actividades de ACNUR poniendo fondos a su disposición;

Teniendo presente su interés humanitario en el mundo y las ventajas recíprocas que resultarían de su cooperación conjunta en la persecución de este objetivo.

Por todo ello, las Partes convienen en lo siguiente:

Artículo I

Finalidad del Acuerdo.

  1. La finalidad de este Acuerdo Marco de Cooperación es desarrollar las relaciones entre el Reino de España y ACNUR por lo que respecta a los programas, proyectos y actividades de ACNUR en este campo, financiados por el Reino de España mediante sus contribuciones voluntarias a ACNUR.

  2. En relación con el apartado anterior, las Partes convienen en identificar de mutuo acuerdo los programas, proyectos y actividades de protección y ayuda a los refugiados emprendidos por ACNUR de conformidad con su mandato.

  3. Cuando lo consideren necesario, las Partes podrán llegar a acuerdos adicionales sobre cooperación en el campo de la...

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