Decisión de la Comisión, de 5 de septiembre de 2013, relativa a las medidas nacionales de aplicación para la asignación gratuita transitoria de derechos de emisión de gases de efecto invernadero con arreglo al artículo 11, apartado 3, de la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo [notificada con el número C(2013) 5666] (DOUE L 240, de 7 de septiembre de 2013)
Autor | Doctora Ana María Barrena Medina |
Cargo | Miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental |
Páginas | 26-27 |
Page 26
Temas Clave: Contaminación atmosférica; Gases efecto invernadero; Derechos de emisión
Resumen:
El procedimiento normal para la asignación de derechos de emisión a partir del año 2013 será la subasta, para los titulares de instalaciones dentro del ámbito del régimen de comercio de derechos de emisión de la Unión Europea. Si bien, los titulares que puedan optar seguirán recibiendo derechos gratuitos entre 2013 y 2020; la cantidad de derechos de emisión que cada uno de estos titulares recibe se determina según las normas armonizadas de la Unión, establecidas en la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de octubre de 2003, por la que se establece un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, y en la Decisión 2011/278/UE de la Comisión. Mas, mediante esta decisión se procede a la modificación de este régimen de asignación gratuita de derechos de emisión.
De tal modo que se establecen nuevas prescripciones relativas a las medidas nacionales de aplicación, disponiendo claramente que serán rechazadas la inscripción de las instalaciones mencionadas en el anexo I de esta Decisión en las listas de instalaciones reguladas por la Directiva 2003/87/CE presentadas a la Comisión conforme al artículo 11.1 de la misma Directiva y las correspondientes cantidades anuales totales preliminares de derechos de emisión asignados gratuitamente a esas instalaciones.
Así mismo, se procede a la modificación de la Decisión 2010/634/UE, en lo referente a la cantidad total de derechos de emisión. Así, en 2014 y cada año posterior, la cantidad total de derechos de emisión determinada para 2013 sobre la base los artículos 9 y 9 bis de la directiva 2003/87/CE se reduce utilizando un factor lineal de 1,74% desde 2010, ascendiendo así a 38 264 246 derechos de emisión.
Amén, como con esta Decisión se obtiene una mejor visión del número de derechos de emisión que se asignarán de modo gratuito, la Comisión podrá estimar mejor la cantidad de derechos de emisión que se deban subastar conforme el artículo 10.1 de la Directiva 2003/87/CE. Teniendo en cuenta el límite fijado por el artículo 10 bis, apartado 4, establecida en el cuadro que aparece en la propia Decisión y el tamaño de reserva de nuevos entrantes, la Comisión calcula que la cantidad de derechos de emisión que deberá subastarse en el período...
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