SAP Madrid 150/2007, 26 de Marzo de 2007

PonenteCARLOS CEZON GONZALEZ
ECLIES:APM:2007:5307
Número de Recurso410/2006
Número de Resolución150/2007
Fecha de Resolución26 de Marzo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 13ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 13

MADRID

SENTENCIA: 00150/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección 13

1280A

FERRAZ 41

Tfno.: 3971921 Fax: 3971998

N.I.G. 28000 1 7019731 /2006

Rollo: RECURSO DE APELACION 410 /2006

Proc. Origen: JUICIO VERBAL 1186 /2005

Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 2 de FUENLABRADA

De: Penélope

Procurador: ANTONIO GARCIA MARTINEZ

Contra: RED UNIVERSAL DE FORMACION, S.L.

Procurador: MARIA ISABEL COTONER PRESEDO

Ponente: Ilmo. Sr. D. CARLOS CEZÓN GONZÁLEZ

Magistrados:

Ilmo. Sr. D. MODESTO DE BUSTOS GÓMEZ RICO

Ilmo. Sr. D. CARLOS CEZÓN GONZÁLEZ

Ilmo. Sr. D. JOSÉ LUIS ZARCO OLIVO

SENTENCIA

En Madrid, a veintiséis de marzo de dos mil siete. La Sección Decimotercera de la

Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Verbal sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de los de Fuenlabrada, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelado RED UNIVERSAL DE FORMACIÓN S.L., y de otra, como demandado- apelante Dª Penélope.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia Dos de Fuenlabrada, en el procedimiento indicado, verbal 1.186/05, se dictó, con fecha 16 de marzo de 2006 sentencia con Fallo del tenor siguiente: "Que ESTIMANDO la demanda interpuesta por la entidad RED UNIVERSAL DE FORMACIÓN S.L., representada por el Procurador Sr. DÍAZ ALONSO contra Dña. Penélope, representada por el Procurador Sr. JURADO RECHE, debo condenar y condeno a la reseñada demandada a que abone a la actora la cantidad total de 450 euros, la cual devengará el interés legal correspondiente desde la fecha del requerimiento de pago a la demandada (10.01.06), incrementado en dos puntos desde la presente resolución y hasta su total pago, con expresa imposición de las costas causadas en el presente procedimiento a la parte demandada".

SEGUNDO

Contra dicha resolución recurrió en apelación la demandada, Doña Penélope. Las actuaciones ingresaron en esta Audiencia el 12 de junio de 2006.

TERCERO

Elevadas las actuaciones a esta Audiencia Provincial correspondió, por reparto, el conocimiento del recurso a esta Sección Decimotercera. Fue incoado el correspondiente rollo y se asignó ponencia, con arreglo a las normas preestablecidas al efecto. Se señaló para DELIBERACIÓN, VOTACIÓN y FALLO del recurso el 21 de marzo de este año y dicho día la apelación fue examinada y decidida por este Tribunal.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado todas las disposiciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El Tribunal rechaza los Fundamentos de Derecho de la sentencia apelada.

SEGUNDO

La demandante, Red Universal de Formación S.L., formuló petición inicial de procedimiento monitorio contra Doña Penélope en reclamación de 450 euros por venta de un curso de Offimaster, que fue entregado a la compradora el 1 de marzo de 2005. Por la oposición de la demandada, el procedimiento derivó en juicio verbal.

Se trata de una venta realizada fuera de establecimientos mercantiles sujeta a la Ley 26/1991. La demandada adujo haber ejercitado el derecho de revocación que dicha Ley prevé en el plazo legal y la demandante niega la comunicación de la voluntad de revocación dentro de plazo.

La sentencia de la primera instancia estimó la demanda y recurre dicha sentencia en apelación la demandada.

TERCERO

No se discute la aplicabilidad al caso de la Ley 26/1991, de 21 de noviembre, sobre contratos celebrados fuera de los establecimientos mercantiles. El producto fue recibido por la demandada el 1 de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR