DECRETO 12/1999, de 9 de abril, para la definición de los bienes de interés cultural sobre los monasterios de San Millán de Suso y Yuso, en San Millán de la Cogolla, y la delimitación del entorno afectado por la misma.

MarginalBOE-A-1999-12691
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorComunidad Autónoma de la Rioja
Rango de LeyDecreto

DECRETO 12/1999, de 9 de abril, para la definición de los bienes de interés cultural sobre los monasterios de San Millán de Suso y Yuso, en San Millán de la Cogolla, y la delimitación del entorno afectado por la misma.

Por Decreto de 3 de junio de 1931, publicado en la 'Gaceta de Madrid', el 4 de junio del mismo año, se declararon monumentos histórico-artísticos los monasterios de San Millán de Suso y Yuso, en San Millán de la Cogolla (La Rioja).

La Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español, en su disposición adicional primera , establece que los bienes que con anterioridad hayan sido declarados histórico-artísticos pasan a tener la consideración y denominación de Bienes de Interés Cultural, quedando sometidos al régimen jurídico que para estos bienes establece dicha Ley.

La mencionada norma jurídica, y su Reglamento de desarrollo parcial, obligan en las declaraciones de bienes de interés cultural, en los supuestos de inmuebles, a proceder a la delimitación de su entorno afectado, extendiendo al mismo el régimen de protección previsto para esos bienes.

Esta actuación especial no fue realizada en la resolución del expediente que procedió a la declaración de ambos monasterios como monumentos en 1931, y ello conlleva la necesidad de proceder a la definición exacta de qué es lo que se debe entender incluido en cada uno de los monasterios declarados monumentos y de cada una de las zonas afectadas por la declaración, tal y como disponen los artículos 11 de la Ley 16/1985 y 12 del Real Decreto 111/1986 de desarrollo parcial de aquélla.

La propuesta de delimitación de los entornos de los monasterios de Suso y Yuso fue informada favorablemente por la Comisión de Patrimonio Histórico-Artístico de la Comunidad Autónoma de La Rioja en su reunión de fecha 21 de noviembre de 1996.

Por Resolución del excelentísimo señor Consejero de Educación, Cultura, Juventud y Deportes, de fecha 30 de diciembre de 1996, se procedió a incoar expediente para la definición de los bienes que se consideraron integrados en la declaración como monumentos o bienes de interés cultural de los monasterios de San Millán de Suso y Yuso, en San Millán de la Cogolla, así como para la delimitación de la zona afectada en sus respectivos entornos por la declaración. La resolución citada abrió un período de información pública para que todas aquellas personas o entidades interesadas formulasen las alegaciones que estimasen oportunas, y concedió audiencia al Ayuntamiento interesado en la delimitación (Ayuntamiento de San Millán de la Cogolla). En cumplimiento de la normativa actual en materia de Patrimonio Histórico Español, se ha recabado informe razonado de institución consultiva, y cumplido con el resto de requisitos impuestos por la Ley 16/1985 en la tramitación de los expedientes de declaración de bienes de interés cultural.

En su reunión de 15 de octubre de 1998, la Comisión de Patrimonio Histórico-Artístico informó sobre las alegaciones presentadas al expediente administrativo de referencia, notificándose a los alegantes la correspondiente copia del certificado de la Comisión.

De conformidad con lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía de La Rioja, y de acuerdo con la Sentencia del Tribunal Constitucional número 17/1991, de 31 de enero, corresponde a esta Comunidad Autónoma la competencia para la declaración de bien de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR