El momento volitivo de la capacidad de conocer

AutorFernando Jorge Córdoba
Páginas49-68
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CAPÍTULO II
EL MOMENTO VOLITIVO DE LA CAPACIDAD
DE CONOCER
1. LA CAPACIDAD DE CONOCER EL ILÍCITO COMO
PARÁMETRO PARA LA EVITABILIDAD DEL ERROR
DE PROHIBICIÓN
Como fue expuesto, el punto de partida para el análisis lo constituye el
postulado según el cual sólo aquel que conoce o puede conocer la norma
puede motivarse conforme a sus exigencias, y que, por ello, la culpabilidad
siempre presupone que el autor haya podido, al menos, conocer la ilicitud
de su comportamiento. Es decir, la capacidad de conocer el ilícito, en tanto
parte de la libertad para seguir la norma, fundamentaría y, a la vez, limitaría
la admisibilidad de un reproche de culpabilidad.
Con ello ya se ha obtenido un primer parámetro para enjuiciar la evitabi-
lidad del error de prohibición 1. Y es que la pregunta por la evitabilidad del
error de prohibición no es otra cosa que la pregunta por las condiciones para
la imputación de culpabilidad en caso de desconocimiento de la norma. Y
la respuesta a este interrogante se deriva directamente del punto de partida
expresado: el error es evitable si el autor habría podido conocer la norma.
Sólo en ese caso un reproche de culpabilidad podría resultar legítimo.
Ahora bien, dado que las capacidades intelectuales de un ser humano
serían, en principio, accesibles al conocimiento empírico, uno debería —si
quisiera ser f‌iel al postulado que reclama individualización en la culpabi-
lidad— basarse únicamente en si ese autor, en virtud de sus capacidades
individuales, habría podido reconocer la ilicitud de su conducta. En otras
1 Conviene recordar que un error de prohibición se def‌ine negativamente como la falta de
conocimiento actual de la norma o bien, más preciso aun, de la ilicitud de la conducta RUDOLPHI,
Unrechtsbewußtsein, pp. 169 y ss. Con crítica a la def‌inición del § 21 del Proyecto de 1962, según la
cual sólo existía un error de prohibición cuando el autor supone erróneamente no estar cometien-
do un ilícito. Cfr., asimismo, Armin KAUFMANN, Eb. Schmidt-FS, pp. 325 y ss.; WELZEL, Strafrecht,
p. 161; ROXIN, ZStW, 76 (1964), p. 607.
Fernando Jorge Córdoba
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palabras, la aserción de que un error de prohibición fue evitable debería ser
un juicio del ser sobre las capacidades del autor concreto en el instante del
hecho. De allí que la búsqueda de criterios para enjuiciar la evitabilidad del
error de prohibición debería verse reducida a una tarea meramente descrip-
tiva; se trataría simplemente de describir qué condiciones externas y, sobre
todo, internas (psíquicas) capacitan a una persona para obtener un conoci-
miento en él antes no existente, en este caso, el conocimiento de la ilicitud
de su conducta.
Sin embargo, con todo lo coherente que este planteamiento pudiera pa-
recer, es correcto sólo en parte. Paso a explicarme: cuando se af‌irma que el
reproche de culpabilidad se fundamenta en la posibilidad que tenía el autor
de conocer la norma 2, no se está haciendo alusión a una posibilidad de co-
nocer accidental, por mera casualidad, sino como consecuencia de una acti-
vidad voluntaria, planif‌icada. Lo que se le reprocha al autor es que si hubiera
examinado la relación de su conducta con el orden jurídico, habría podido
reconocer la ilicitud de su conducta. Tal examen, tal confrontación de la
conducta con el orden jurídico, supone un acto voluntario, un despliegue
voluntario de actividad con el f‌in de procurarse conocimiento. Esto signif‌ica
que, contrariamente a lo que sugiere la formulación tradicional, capacidad
de conocer y capacidad de motivarse no son dos capacidades absolutamente
distintas. Por el contrario, la capacidad de conocer es, ante todo, la capacidad
de motivarse a iniciar un proceso de adquisición de conocimiento.
Allí reside el momento volitivo de la capacidad de conocer, lo cual con-
duce a que también aquí se presente el problema de la indemostrabilidad de
la libertad de la voluntad. Por ello, si se quisiera llevar una vez más hasta las
últimas consecuencias el postulado de individualización en la culpabilidad,
habría que concluir que tampoco la capacidad de conocer puede ser com-
probada empíricamente en el caso particular.
Es interesante señalar que este momento volitivo de la capacidad de co-
nocer, que pasa casi inadvertido en la actualidad, ya lo había puesto de ma-
nif‌iesto la doctrina más antigua en relación con la imprudencia, abarcadora
por entonces de lo que hoy se denomina error de prohibición evitable. Por
aquella época (comienzos del siglo XX) se discutió si en la imprudencia se
reprochaba un déf‌icit de la voluntad o un déf‌icit del intelecto 3. La opinión
ampliamente mayoritaria se inclinó por la primera alternativa. Bajo la pre-
misa de que toda culpabilidad es culpabilidad por la voluntad, la doctrina
vio el defecto volitivo propio de la imprudencia en la circunstancia de que
el autor no hubiera tenido, en la medida debida y necesaria, la voluntad de
examinar el hecho y su relación con el Derecho para evitar la infracción
2 ... y motivarse conforme a ella, se sobreentiende.
3 Cfr. en detalle la discusión en EXNER, Das Wesen der Fahrlässigkeit, esp., primera parte,
capítulos 1, 2 y 3.

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