Decreto 125/2002, de 28 de noviembre, por el que se modifican las relaciones de puestos de trabajo del personal funcionario y laboral de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social, en desarrollo del procedimiento de integración en el Colectivo del personal laboral regulado en el Decreto 256/2001, de 22 de noviembre.

SecciónII - Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO 125/2002, de 28 de noviembre, por el que se modifican las relaciones de puestos de trabajo del personal funcionario y laboral de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social, en desarrollo del procedimiento de integración en el Colectivo del personal laboral regulado en el Decreto 256/2001, de 22 de noviembre.

El Decreto 256/2001, de 22 de noviembre, por el que se establecen las condiciones y el procedimiento de integración en el colectivo de personal laboral de aquellos funcionarios que, incorporados a la Comunidad de Castilla y León en virtud del proceso de traspaso de servicios sanitarios dependientes de las Corporaciones Locales y procedentes de determinadas Escalas de Administración Local, voluntariamente lo soliciten, determina en su artículo 4.º que la referida integración se producirá en virtud de Orden del Consejero de Presidencia y Administración Territorial, que propondrá la correspondiente modificación de las relaciones de puestos de trabajo en lo que resulten afectadas por este proceso.

Cumplidos los trámites procedimentales previstos en el Decreto citado y una vez cerrado el plazo de presentación de solicitudes, procede la modificación de las relaciones de puestos de trabajo como paso previo a la Orden del Consejero por la que se acuerde la integración.

En su virtud, en el ejercicio de las competencias atribuidas en el Art.

10.2.h), a iniciativa del Consejero de Sanidad y Bienestar Social, visto el informe del Consejo de la Función Pública, a propuesta del Consejero de Presidencia y Administración Territorial, y previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su reunión de 28 de noviembre de 2002

DISPONGO:

Artículo 1 º Modificar la relación de puestos de trabajo de personal laboral de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social, incorporando los puestos de trabajo necesarios para hacer efectiva la integración, tal y como se recoge en el Anexo I del presente Decreto.
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