Decreto n.º 74/2012, de 1 de junio, por el que se modifica el Decreto n.º 141/2011, de 8 de julio, por el que se establecen los órganos directivos de la Consejería de Presidencia.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

Por Decreto n.º 141/2011, de 8 de julio, se establecieron los Órganos Directivos de la Consejería de Presidencia, fijando en su artículo 2 los Órganos Directivos y los organismos públicos adscritos a la citada Consejería para el desempeño de las competencias que le corresponden.

Por razones organizativas y en aras a la aplicación de la política de racionalización de la Administración Pública que está desarrollando la Administración Pública Regional, se considera conveniente suprimir la Secretaría Autonómica de la Consejería de Presidencia, así como, en la Dirección General de Medio Ambiente, modificar la denominación de la Subdirección General de Protección del Medio, Calidad y Planificación y crear una Subdirección General de Medio Natural, con el fin de conseguir un mejor funcionamiento y desarrollo de las diferentes actuaciones a acometer por la citada Dirección.

En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 22.16 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, y 14.1 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a propuesta del Consejero de Presidencia, por delegación del Presidente (Decreto nº 27/2011, de 28 de junio, BORM de 7 de julio) y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 1 de junio de 2012,

Dispongo:

Artículo primero

Se modifica el Artículo 2 del Decreto n.º 141/2011, de 8 de julio, que queda redactado de la siguiente forma:

Para el desempeño de las competencias que le corresponden, la Consejería de Presidencia, bajo la dirección de su titular, se estructura en los siguientes Órganos Directivos:

1. Secretaría General.

- Vicesecretaría.

2. Dirección de los Servicios Jurídicos, cuyo titular tendrá rango asimilado a Secretario General.

- Subdirección General de Asistencia Jurídica.

3. Dirección General de Administración Local y Relaciones Institucionales.

4. Dirección General de Comunicación.

5. Dirección General de Seguridad Ciudadana y Emergencias.

- Subdirección General de Emergencias.

- Subdirección General de Modernización, Inversiones y Recursos Económicos.

6. Dirección General de Prevención de Violencia de Género, Juventud, Protección Jurídica y Reforma de...

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