Orden ITC/501/2011, de 8 de marzo, por la que se modifica la Orden ITC/3298/2010, de 15 de diciembre, por la que se prorroga para 2011, la aplicación de la Orden ITC/3666/2007, de 14 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la industria minera del carbón para los ejercicios de 2008, 2009 y 2010, correspondientes a las previstas en el artículo 5.3 del Reglamento (CE) n.º 1407/2002, del Consejo, de 23 de julio de 2002, sobre las ayudas estatales a la industria del carbón.

MarginalBOE-A-2011-4516
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Industria, Turismo y Comercio
Rango de LeyOrden

La Orden ITC/3298/2010, de 15 de diciembre, prorroga para 2011 la aplicación de la Orden ITC/3666/2007, de 14 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la industria minera del carbón para los ejercicios de 2008, 2009 y 2010, correspondientes a las previstas en el artículo 5.3 del Reglamento (CE) n.º 1407/2002 del Consejo, de 23 de julio de 2002, sobre las ayudas estatales a la industria del carbón. Las subvenciones que se concedan quedarán supeditadas a la observancia y cumplimiento de lo previsto en la Decisión 2010/787/UE del Consejo, de 10 de diciembre de 2010, relativa a las ayudas estatales destinadas a facilitar el cierre de minas de carbón no competitivas, y las cantidades percibidas por las empresas se considerarán como pagos a cuenta de la subvención que con carácter definitivo se apruebe a su amparo.

Esta medida excepcional adoptada con el fin de favorecer la supervivencia de las empresas mineras del carbón y el mantenimiento del empleo en las regiones del sector es, sin embargo, insuficiente, habida cuenta de los problemas de ajuste en los resultados de la actividad de las empresas mineras, que tiene su origen en la interrupción de las compras de carbón por parte de las empresas eléctricas desde junio de 2009, lo que ha privado de los ingresos por facturación térmica a los productores de carbón y, por consiguiente, de la liquidez suficiente para afrontar los gastos fijos y variables, así como los servicios mínimos de mantenimiento. Aunque se espera que en breve plazo se restablezcan los suministros a las centrales eléctricas y las producciones de carbón térmico, el déficit acumulado en los primeros meses del año 2011, en los que no se ha producido venta de carbón, se verá incrementado por la necesidad de afrontar el pago de las deudas adquiridas y de financiar el circulante en los primeros meses de puesta en marcha del mecanismo de resolución de restricciones por garantía de suministro, no siendo probable que se recupere en las empresas el nivel de déficit acorde con la subvención prevista, hasta el mes de septiembre.

Vista la dificultad de encontrar financiación en el sector privado, precisamente por la penosa situación que atraviesa el sector carbonero, ya altamente endeudado, se establece exclusivamente para el ejercicio 2011 la...

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