STSJ Castilla y León 2066, 5 de Abril de 2006

PonenteFRANCISCO JAVIER PARDO MUÑOZ
ECLIES:TSJCL:2006:2066
Número de Recurso773/2005
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución2066
Fecha de Resolución 5 de Abril de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD VALLADOLID SENTENCIA: 00732/2006 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección : 001 VALLADOLID 65586 C/ ANGUSTIAS S/N Número de Identificación Único: 47186 33 3 2005 0103716 Procedimiento:

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000773 /2005 Sobre EDUCACION Y UNIVERSIDADES De D/ña. FEDERACION ESPAÑOLA DE RELIGIOSOS DE ENSEÑANZA TITULARES DE CENTROS CATOLICOS Representante: CARLOS RICARDO BERNARDO REDONDO Contra D/ña. CONSEJERIA DE EDUCACION -JUNTA DE CASTILLA Y LEON- Representante: LETRADO COMUNIDAD RECURSO NÚM. 773/05 ILUSTRÍSIMOS SEÑORES:

Presidente:

Don EZEQUÍAS RIVERA TEMPRANO

Magistrados:

Don AGUSTÍN PICÓN PALACIO Don FRANCISCO JAVIER PARDO MUÑOZ En Valladolid, a cinco de abril de dos mil seis.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, integrada por los Magistrados expresados al margen, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA NÚM. 732/06 En el recurso núm. 773/05 interpuesto por la Federación Española de Religiosos de Enseñanza- Titulares de Centros Católicos, representada por el Procurador Sr. Martín Ruiz y defendida por el Letrado Sr. Bernardo Redondo, contra la Orden EDU/310/2005, de 4 de marzo, de la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León, siendo parte demandada la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, representada y defendida por el Letrado de sus Servicios Jurídicos.

Ha sido ponente el Magistrado don FRANCISCO JAVIER PARDO MUÑOZ, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Mediante escrito de fecha 5 de mayo de 2005 la Federación Española de Religiosos de Enseñanza-Titulares de Centros Católicos interpuso recurso contencioso-administrativo contra la Orden EDU/310/2005, de 4 de marzo, de la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León, por la que se aprueba el modelo de documento administrativo en el que han de formalizarse los conciertos educativos a partir del curso académico 2005/2006.

SEGUNDO

Por Providencia de fecha 6 de junio de 2005 se tuvo por interpuesto el presente recurso y, una vez recibido el expediente administrativo, la parte actora dedujo en fecha 27 de julio de 2005 la correspondiente demanda en la que solicitaba la nulidad o anulación, dejándose sin efecto, del párrafo de la cláusula cuarta del documento de formalización de los conciertos educativos que establece "Por este concierto, el titular del centro se obliga a que las unidades en funcionamiento coincidan exactamente con las unidades concertadas en cada nivel educativo", por no ser conforme a derecho, y con imposición de costas a la Administración demandada, si procediere.

TERCERO

Por Diligencia de Ordenación de 2 de septiembre de 2005 se tuvo por deducida la demanda, confiriéndose traslado de la misma a la parte demandada para que contestara en el término de veinte días, y mediante escrito de fecha 13 de octubre de 2005 la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León se opuso a las pretensiones actoras, solicitando la desestimación del recurso con imposición de costas a la parte recurrente.

CUARTO

Por auto de 20 de octubre de 2005 se tuvo por contestada la demanda, fijándose la cuantía en indeterminada, recibiéndose el proceso a prueba, practicándose la prueba que fue admitida con el resultado que obra en autos, presentando las partes sus respectivos escritos de conclusiones, cambiándose de ponente y señalándose para votación y fallo el día cuatro de abril de dos mil seis.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado los trámites marcados por la Ley, aunque no los plazos en ella fijados dado el volumen de trabajo y la pendencia que existe en la Sala. El orden de despacho y decisión de este proceso resulta de dar cumplimiento al artículo 66 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Federación Española de Religiosos de Enseñanza-Titulares de Centros Católicos interpone recurso contencioso-administrativo contra determinado particular de la Orden EDU/310/2005, de 4 de marzo, de la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León, por la que se aprueba el modelo de documento administrativo en el que han de formalizarse los conciertos educativos a partir del curso académico 2005/2006, y en concreto contra el párrafo de la cláusula cuarta del documento de formalización de los conciertos educativos que establece "Por este concierto, el titular del centro se obliga a que las unidades en funcionamiento coincidan exactamente con las unidades concertadas en cada nivel educativo", por entender que dicho párrafo entra en colisión con la normativa básica reguladora del régimen de los conciertos educativos y con la doctrina del Tribunal Supremo, alegando que en virtud de la cláusula objeto de...

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