SAP Barcelona, 23 de Enero de 2004

JurisdicciónEspaña
Fecha23 Enero 2004
EmisorAudiencia Provincial de Barcelona, seccion 15 (civil)

D. JOSÉ RAMÓN FERRÁNDIZ GABRIELD. LUIS GARRIDO ESPAD. JORDI LLUÍS FORGAS FOLCH

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

SECCIÓN DÉCIMO-QUINTA

ROLLO nº 90/2002-3ª

JUICIO DE MENOR CUANTÍA nº 846/1999

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº. 34 DE BARCELONA

SENTENCIA núm.

Ilmos. Sres. Magistrados

D. JOSÉ RAMÓN FERRÁNDIZ GABRIEL

D. LUIS GARRIDO ESPA

D. JORDI LLUÍS FORGAS FOLCH

En Barcelona a veintitres de enero de dos mil cuatro.

Vistos en grado de apelación ante la Sección Quince de esta Audiencia Provincial los presentes autos de juicio de menor cuantía seguidos con el nº 846/1999 ante el Juzgado de Primera Instancia nº 34 de Barcelona, a instancia de HISPAES S.L., representada por el Procurador D. José María Verneda Casasayas y asistida del Letrado D. Antoni Ginferrer Ripoll, contra INDUPRES S.A., representada por el Procurador Dª. Araceli García Gómez y bajo la dirección del Letrado Sr. Gallardo Doménech, que penden ante esta Sala por virtud de recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de la parte demandada contra la sentencia dictada por dicho Juzgado el día uno de octubre de 2001.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando como estimo la demanda interpuesta por la representación procesal de la sociedad mercantil Hispaes S.L. debo condenar y condeno a Indupres S.A. al cese en la fabricación, comercialización y venta, ya sea directamente o por encargos d eterceros, en España, de la máquina agrícola vibradora recolectora "Supervibro", en el modelo, que conforme a los Fundamentos de esta Resolución, presenta unas características que infringen elementos esenciales protegidos por el modelo de utilidad 9702143, cuya titularidad ostenta la actora, así como a indemnizar los daños y perjuicios causados, que serán valorados en trámite de ejecución de sentencia. Se imponen las costas procesales a Indupres S.A.".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de la parte demandada, que fue preparado y formalizado conforme a la vigente LEC, presentado la actora escrito de oposición.

TERCERO

Recibidos los autos originales y formado en la Sala el Rollo correspondiente, se procedió al señalamiento de día para la vista, que tuvo lugar el pasado 22 de octubre.

Es ponente el Ilmo. Sr. D. LUIS GARRIDO ESPA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Las acciones de cesación y de indemnización de daños y perjuicios que, por razón de la violación del derecho de exclusiva que le confiere el registro del modelo de utilidad nº. 9702143, solicitado el 5 de agosto de 1997, titulado máquina agrícola portátil con vibración atenuada para el portador, ejercitó su titular, HISPAES S.L., frente a INDUPRES S.A., fueron estimadas por la sentencia de primera instancia, que ha sido apelada por dicha demandada. El ejercicio de valoración probatoria llevó a la Sra. Juez a aceptar el fundamento de las acciones ejercitadas al amparo de los artículos 62 y siguientes de la Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes, afirmando que la realización práctica de la demandada, una máquina agrícola recolectora-vareadora que comercializa con el signo Supervibro incidía en las reivindicaciones del referido modelo, acordando, en consecuencia, el cese en su fabricación y comercialización y la condena a indemnizar los daños y perjuicios causados, a valorar en ejecución de sentencia.

La demandada ha planteado varios motivos impugnatorios, cuyo estudio, por razones de sistema lógico, ha de abordarse comenzando por el principal, cuyo éxito impediría el conocimiento de los restantes: la inexistencia de infracción por no integrar la referida máquina las características reivindicadas por el modelo de utilidad de la actora.

SEGUNDO

Aunque en la demanda también se invocaba la protección provisional dispensada a la solicitud de otro modelo de utilidad español, derivado del anterior, y a la solicitud de patente internacional nº. PTC/ES98/00224, también referida a una máquina agrícola portátil con atenuación de vibraciones y protección para el portador, la Sra. Juez refirió la violación al referido modelo de utilidad registrado, que prioriza las características esenciales de las ulteriores solicitudes.

I) El modelo de utilidad reivindica una máquina agrícola portátil con vibración atenuada para el portador, en particular una máquina vibradora recolectora de frutos arbóreos o bayas, o similares, cuya operativa transmite vibraciones, oscilaciones o sacudidas permanentes al usuario, caracterizada por comprender (indica la reivindicación primera y principal, en la parte que a los presentes efectos es relevante) una empuñadura con carcasa propia independiente (...) cuyo enlace entre empuñadura y chasis está realizado por medio de unos elementos de unión flexibles y resistentes a la tracción, susceptibles de absorver, al menos en parte, las vibraciones longitudinales producidas por dicha máquina...

La invención acepta como solución conocida tal tipo de máquinas agrícolas portátiles, vibradoras vareadoras mecánicas, para producir la caída de frutos arbóreos o bayas, descritas ya en patentes prioritarias (página 2 de la memoria), y pretende dar solución al problema técnico identificado con la transmisión de vibraciones longitudinales al usuario de la máquina.

Así, en la página 3 de la memoria o descripción se dice que el objetivo de la presente solicitud busca proveer una máquina agrícola portátil, del tipo arriba mencionado, de un dispositivo susceptible de aislar, al menos en parte, al operario portador de la misma de las vibraciones longitudinales producidas por dicha máquina (...); este objetivo se consigue dotando a la empuñadura de una carcasa propia, independiente, de la que va suspendido el chasis del cuerpo principal del conjunto motor-vibrador de dicha máquina mediante unos elementos de unión flexibles, susceptibles de absorver, al menos en parte, las vibraciones longitudinales producidas por dicha máquina... ; los elementos de unión flexibles entre la carcasa de la empuñadura y el chasis del cuerpo principal están constituidos por láminas de material flexible y resistente, como por ejemplo, fleje de acero, goma o cuero...

La reivindicación segunda (así como la 3 y la 4) es dependiente de la primera porque, de conformidad con el art. 7.2 del Reglamento de la Ley de Patentes, expresa características adicionales o modos particulares de realización de la invención partiendo de una máquina según la reivindicación 1, lo que implica que el texto completo de esta reivindicación posterior incluye como base de partida el de la reivindicación 1, por ello principal, de la que depende.

Esta segunda reivindicación viene caracterizada porque los citados medios de unión flexibles entre empuñadura y el chasis de...

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