REAL DECRETO 852/1993, de 4 de Junio, por el que se crea la Mision diplomatica permanente de España en el Principado de andorra.

MarginalBOE-A-1993-16131
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Administraciones Publicas
Rango de LeyReal Decreto

El reciente cambio institucional experimentado por el Principado de Andorra, tras la aprobación de la nueva Constitución que lo configura como un Estado plenamente soberano e independiente, obliga a acomodar las relaciones con el nuevo Estado a las pautas propias del Derecho internacional, que exigen como primer paso el establecimiento de una misión diplomática con carácter permanente. En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 del Real Decreto 632/1987, de 8 de marzo, a iniciativa del Ministro de Asuntos Exteriores, a propuesta del Ministro para las Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de junio de 1993,

DISPONGO:

Artículo 1

Se crea la misión diplomática permanente de España en Andorra, con sede en su capital, Andorra la Vella.

Artículo 2

La Jefatura de la misión diplomática permanente corresponderá al Embajador, que será nombrado mediante Real Decreto acordado en Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Asuntos Exteriores.

Artículo 3

La estructura orgánica de la citada misión diplomática permanente será la que se determine en la correspondiente relación de puestos de trabajo.

Disposiciones Finales
Disposición final primera

El Ministro de Asuntos Exteriores, previo cumplimiento de los trámites legales oportunos, dictará las disposiciones necesarias para el desarrollo de lo previsto en el presente Real Decreto y promoverá las restantes medidas para la aplicación de lo dispuesto en el mismo.

Disposición final segunda

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el .

Dado en Madrid a 4 de junio de 1993.

JUAN CARLOS R.

El Ministro para las Administraciones Públicas,

JUAN MANUEL EGUIAGARAY UCELAY

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