Ley 61/1969, de 30 de junio, sobre enajenación de una finca de 19.644,83 metros cuadrados de superficie, sita en Madrid, calle del Marqués de Mondéjar, números 16 y 18.

MarginalBOE-A-1969-41739
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey
10336 1julio 1969
B.
O. del
K-Núm.
156
IlI. Otras disposiciones
FRANCISCO
FRANCO
El
M1Illstro
<1e
Just1cia..
ANTONIO
MARIA
ORIOl
..
YTJ&Q!OUO
DECRETO
1294/1969,
de
6de
junio,
por
el que
se
indulta
a
Carmelo
M
agallón
Puertas del resto
ele
la
pena que le queda
por
cumplir.
Visto
el
expediente
de
indulto
de
Carmelo Magallón PUeT-
tu
condenado
por
la
Audiencia de Palencia,
en
sentencia. de
cinCo
de
diciembre de mil novecientos
sesenta
ysiete, como
autor
de
un
delito
de
evasión
de
presos, a
la
pena
de
cuatro
afi.oa, dos
meses
y
un
dia
de
prisión menor, y
teniendo
en
cuenta
las
circunstancias que
conCUlTen
en
,los
hechos;
Vistos
la
Ley
de
dieciocho
de
junio
de
mil ochocientos se-
tenta.,
reguladora
de
la
gracia
de indulto, yel Decreto de
veintidós
de
Bbr11
de
mil novecientos
treinta
yocho;
De acuerdo con
el
parecer
del Ministerio Fiscal y
Tribunal
sentenciador, a
propuesta
del Ministro
de
Justicia
yprevia
deUberaaión del Consejo de Ministros
en
su
reunión del
nueve
de
mayo
de
mil
novecientos
sesenta
ynueve, .
Vengo
en
indultar
aCarmelo Magallón
Puertas
del resto
de
la.
pena
privativa
de
libertad
que
le queda. por
cumplir
y
que le fué impuesta.
en
la
eXlp1"esada
sentencia..
As!
lo
dispongo
por
el
presente Decreto,
dado
en
Madrid
seis
de
junio
de
mil
novecientos sesenta ynueve.
FRANCISCO
FRANCO
LEY
61ilY69,
de
30
de
junio,
solrre
enajenación
de
una
finca
de
19,644,83 metros cuadrados
de
super-
ficie.
sita
en
Madrid.
calle del Marqués
de
Mondé·
jaro
números
16
'JI
18.
Por
Orden
m1Ilisterial
de
de
septiembre
pr6X1mu
pasado
tué
declarada
enajenable
la
finca
de
diecinueve mil
1e1so1entos
cuarenta
y
cuatro
coma
ochenta
ytres
metros
cua-
drados
de
superficie.
sita
en
Madrid, calle
Marqués
de
Mondéjar.
números
diec1séis ydieciocho.
la
cual
ha
sido
valorada
en
doscientos
treinta
yocho millones
quinientas
cincuenta
mil
cuatrocientas
cuarenta
pesetas,
por
lo que
su
enajenación
debe
aprobarse
mediante
Ley
en
virtud
de
lo
dispuesto
en
el
articulo
....,.ta
y
dos
de
la
Ley
del
Patrimonio
del
Estado.
En
su
Virtud, y
de
conformidad
con
la
Ley
aprobada
por
las
Cortes
Espafiolas. vengo
en
sancionar:
Articulo
-ún1co.-'Se acuerda.
la
enajenación
de
la
finca
d~
d1ectnueve
mll
seiscientos Ollar·enta youatro
como.
ochenta y
tres metros
cuadrados
de superficie, sita.
en
Ms.drid, calle del
Marqués
de
Mondéjar, números dieciséis ydieciocho, cuyos
11-
m1te8 san:
por
su entrada. principal. con calle del Ma,rqués de
Mondéjar, correspondiente alos
números
dieciséis ydieciocho;
la
derecha,
con
la
calle
de
Rutino
Blanco, y a
la
iZQuierda, con
caJJejón ycalle del Maestro Alonso, y
al
fondo, con so1.ares,
algu¡nos
en
oonstruectÓIl, hallándose
iascrita
en
el
Registro
de
la
Propiedad
anombre del Estado,
aY
torno seiscientos veintl-
nueVe
del
Archivo, libro ciento treinta, folio ciento
sesenta
y
cinco,
flnca
número
dos mil ochocientos
sesenta
ycuatro, lns-
cripción
primera, fecha. veintinueve
de
noviembre
de
mU
nove-
dentas
veintiuno, y
cuya
tasación
alcanza
la.
cifra
de doscientos
treinta
Y
ocho
millones quinientas
cincuenta
mil
cuatrocientas
c~rta
pesetas.
Dada
en
el
Palacio
de
El
Pardo
a
1rpinLa
(h·
jnnio
de
mil novecientos ,"lesenta ynueve.
!el MLnl8tro
de
JU8tlcla.,
ANTONIO
MARIA
ORIOL
Y
URQUIJO
DECRETO
1296/1969, de 6de
junio,
por
el
que
se
indulta
a
Antonio
Baró
Parra
del resto de
la
pena
que le queda
por
cumplir.
Visto el eXPediente
de
indulto
de Antonio
Baró
Parra,
con-
denado por
la
Audiencia Provincial
de
Madrid,
en
sentencia
de nueve
de
diciembre
de
mil novecientos
sesenta
yseis, como
autor
de
un
deuto
de
apropiación indebida, a
la
pena
de
ocho
años
de
presidio mayor, yteniendo en
cuenta
las
circunstan-
cias que concurren
en
los hechos;
Vistos
la
Ley
de
dieciocho de junio de mil ochocientos
se-
tentaj
reguladora
de
la
gracia
de
indulto, yel Decreto
de
veintidós
de
abril
de
mil novecientos
treinta
yocho;
Oído el M1n1sterio Fiscal y
de
acuerdo con
el
parecer del
Tribunal
sentenciador, apropuesta del Ministro
de
Justicia
ypreVia deliberación del Consejo de MinMtros
'en
su
reunión
del
dia
nueve
de
mayo
de
mil nOVecientos
sesenta
ynueve.
Vengo'
en
indultar
aAntonio
Baró
Parra
del
resto
de
la
pena p.rivativa
de
nbertad
que le queda por cumplir yque
le fué impuesta
en
la
expresada sentencia.
As!
lo disPongo por
el
presente Decreto,
dado
en
Madrid
a.
seis
de
junio
de mil ,novecientos sesenta ynueve.
FRANCISCO
FRANCO
-..\NTON!O MARIA
ORIOL
Y
URQUIJO
El
Min1stro
de
JusticIa..
DECRETO
1297/1969,
de
6de
junio,
por
el que
8e
indulta
a
Eduardo
Diestro
V'illanueva del resto
de
la
pena que le queda 'Por
cumplir.
Visto el ex:pediente
de
indulto de
Eduardo
Diestro Villa·
nueva
condenado
por
la.
Audiencia Provincial
de
Málaga"
en
sentencia
de
trece
de
junio·
de
mil novecientos
sesenta
yseis,
como
autor
de
dos delitos
de
estafa. a
la
pena
por
cada
Uno
de
ellos
de
ocho
afias y
un
dia. de presidio mayor, yteniendo
en
cuenta
las
circunstancias que con.curren en los hechos;
Vistos
la
Ley
de
dieciocho·
de
junio
de
mil
ochocientos se-
tenta., reguladora
de
la gracia. de indulto. yel Decreto de
veintidós
de
abril de mil novecientos
treinta
yocho;
Oido el Ministerio
Fi8t¡,8.1
y
de
acuerdo con
el
parecer del
Tribunal
sentenciador, aproPuesta del Ministro
de
Justicia
yprevia deliberación
del
COIlBElJO
de
Ministros
en
su
reunión
del
dia
nueve
de
mayo de
m1f
nOVecientos sesenta Ynueve,
DECRETO
129511969,
de 6
de
junio,
por
el que
se
indulta
aJosé León Domíngue;: Martine;:
del
resto
de
la
pena que le queda
por
cumplir.
Visto
el
expediente
de
indulto de José León Dom1nguez
Martinez, condenado por
la
Sala
segunda
del
Tribunal
Su·
premo,'
en
sentencia.
de
cuatro
de
febrero
de
mil novecientos
sesenta.' Ycinco, casando y
anulando
la
pronunciada
por
la
Audiencia Provincial
de
Badajoz
en
veintiocho
de
septiembre
de
mll
novecientos
sesenta
ycuatro, como
autor
de
un
delito
de robo, a
la
pena
de cinco afias,
cuatro
meSes yveintiún
días
de prisión menor, ytemendo
en
cuenta
las
circunstancias que
concUITen
en
los hechos;
Vistos
la
Ley
de
dieciocho de junio.
de
mil ochocientos
se-
tenta,
reguladora
de
la
gracia
de
indulto, yel Decreto de
veintid-6s
de
abril
de
mil novecientos
treinta
yoebo;
O1do
el
Ministerio Piscal y
de
acuerdo con
el
parecer
del
Tribunal
sentenciador. apropuesta del Ministro
de
Justicia
y
previa
del1beraatón del Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
nueve
de
mayo
de
mil novecientos
sesenta
ynueve,
Vengo
en
indultar
aJosé León Dominguez Martinez del resto
de
la
pena
privativa
de
libertad
que
le
queda
por cumpl1. y
que
le
fué
impuesta
en
la
expresada
sentencia.
Asi
10
dispongo
por
el
presente
Decreto,
dado
en
Madrid
aseis
de
junio
de
mil novecientos sesenta ynueve.
FRANCISCO
FRANCO
JUSTICIA
DE
DEL
ESTADO
JEFATURA
J:L Pre61dente
de
las
Cortes,
MiTONIO
lTURMENOI
BARALE8
MINISTERIO

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