Metodología de la ciencia del Derecho. Volumen II, de A. Hernández Gil.

AutorJosé María Chico y Ortiz
Páginas729-732

    HERN¡NDEZ GIL, A.: MetodologÌa de la ciencia del Derecho. Volumen II: ´Algunas corrientes generales del pensamiento. El estructuralismo y la ciencia jurÌdicaª. Madrid, 1971.

Cualquiera que tenga la curiosidad de situar esta obra en el tiempo ver· con autÈntica sorpresa que es de hace algunos aÒos, pero ello no le quita actualidad al tema ni, por supuesto, al contenido. Se trata de temas ´sin tiempoª, en el sentido ´transitorioª que el Derecho utiliza para la aplicaciÛn justa de la norma. Ello supone, y Èsta es una conclusiÛn anticipada importante, que estamos ante una obra que queda aislada dentro del proceso reformista de una legislaciÛn. Con ello se erige en obra b·sica, en la que las mediatizaciones polÌticas que inducen a reformas normativas no hacen mella en la misma.

Esta recensiÛn quisiera que enlazase con la anterior del primer volumen, pero me resulta perezoso en estos momentos remitir al lector al sitio y p·gina en que la hice. Ahora sÛlo cabe la disculpa de no haberla traÌdo antes a estos espacios, pero a poco que el lector se identifique con la misma ver· que se trata de una obra con dos caracterÌsticas fundamentales: exige una lectura reposada y un tiempo posterior para su meditaciÛn. En los tiempos actuales, en los que nos ha correspondido vivir, quiz· puedan abrirse huecos en el tiempo para la lectura, pero ya es difÌcil que la misma podamos hacerla con el sosiego, la tranquilidad y el reposo que todo proceso receptivo exige para su plena captaciÛn. Al posible recreo de pasajes de una obra novelÌstica, se les sustituye en la lectura de obras jurÌdicas por el subrayado o la acotaciÛn marginal, pero ambas cosas hay que hacerlas con quietud, con aislamiento, con plena concentraciÛn...

Si para leer y recibir el mensaje del libro hacen falta esos mÌnimos medios que apunto, hay que suponer que para producir lo que se va a leer la concentraciÛn ha de ser mayor. Si los tiempos actuales no favorecen ni una cosa ni otra, se hace necesario sacar, en segundo lugar, la conclusiÛn del esfuerzo que el autor hace para ofrecer al lector esta condensaciÛn de teorÌas llenas de sugerencias y documentadas por lecturas muy maduradas.

Para situar adecuadamente el volumen de la obra que recensionamos hay que acudir al mismo autor, quien en el prÛlogo nos va a decir lo que pretendÌa en el primero y lo que trata de conseguir en el segundo. ´El volumen primero tiene como tema central el Derecho mismo, esto es, los Page 727 problemas de la filosofÌa, la epistemologÌa y la metodologÌa vistos predominantemente desde la interioridad del saber jurÌdico. En el presente volumen, el autor se coloca a una distancia considerable del Derecho. Esta lejanÌa ha sido buscada de propÛsito. El Derecho es un producto social y cultural. Las disciplinas jurÌdicas forman parte del gran sector de las ciencias humanas y sociales. En Èstas son perceptibles movimientos de aproximaciones interdisciplinarias sobre la base de algunas uniformidades en cuanto a los mÈtodos. Las cuestiones concernientes a la ciencia del Derecho no suelen ser tomadas en cuenta por quienes abordan la general problem·tica de las ciencias sociales. El Derecho est· excesivamente recluido en los especialistas. La misma filosofÌa del Derecho se encuentra muy replegada sobre sÌ. No siempre refleja el tono de la filosofÌa genera!. Su...

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