Orden de 29 de marzo de 1984 por la que se aprueba el plan de obras y mejoras territoriales (primera parte) de la zona de ordenación de explotaciones de Menorca (Baleares).

MarginalBOE-A-1984-12511
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Agricultura, Pesca y Alimentacion
Rango de LeyOrden
BOE.-Núm.
132
2
junio
1984 158a3
12510
ROMERO
HERRERA
Urnas. Sres.
Subsecretario
y
Presidente
del
Instituto
Nacional
de
Reforma
y
Desarrollo
Agrario.
lImo
Sr.:
De
conformidad
con
la
propuesta
elevada
por
esa
Dirección
General
de
Industrias
Agrarias
y
Alimentarlas
sobre
la
petición
formulada
por
la
Empresa
.Premural,
5. A
....
para
ampliar
una
industria
de
pimentón
establecida
en
Tatana
(Mur-
cia),
acogiéndose
alos beneficios
previstos
en
el
Decreto
2392/
1972,
de
18 de agosto, y
demás
disposiciones
dictadas
para
su
ejecución
ydesarrC'llo,
este
Ministerio
ha
tenido
a
bien
dis-
poner:
1.
Declarar
incluida
en
zona
de
preferente
localización
in-
dustrial
agraria
la
ampliación
de
una
industria
1e
pimentón
establecida
en
Totl
..
na
(Murcia),
de
la
que
es
titular
la
Em-
presa
.Promural,
S. A.,..
al
amparo
de
lo
dispuesto
en
el
Real
Decreto
634/1978,
de
13
de
enero.
_
2.
Conceder
a
la
citada
Empresa,
para
tal
fin, los beneficios
aún
vigentes
entr6
los
relacionados
en
el
artículo
.tercero
y
en
el
apartado
1
del
artículo
octavo
del
Decreto
2392/1972, de
18
de
agosto,
en
la
cuanUa
máxima
que
en
el
mIsmo
se
ex-
ORDEN
de
16
de
abrtl
de 1984
por
la que
se
aprueba
el
proyecto
de
ampliadón
de
una
industria
de
pi-
mentón,
actividad
de
deshidratación
de
productos
agrfcolas.
en
Totana
(Murcia).
promovido
por
.PrO·
mural.
S.
A.".
ORDEN
de
29
de
marzo
de
1984
por
la-, que
.e
aprueba
el
plan
de
obras
ymejCJras
territoriales
(pnmera
parte)
de
la-
.zona
de
ordenacion
de
explo-
taciones
de
Menorca
(Baleares).
12512
Primero.-Que
se
apruebe
el
Plan
de
obras
y
mejoras
territo-
riales
(primera
parte)
de
la
zona
de
ordenación
de
explota-
ciones
de
Menorca
(Baleares).
Segundo.-De
acuerdo
con los
artículos
62.
65 Y70 de
la
Ley
de
Reforma
y
Desarrollo
Agrario,
se
considera
que
las
obras
de
caminos
rurales
y
encauzamientos
y
protección
de
márgenes
en
cauces
públicos
queden
clasificadas
corno de
interés
general
en
el
grupo
al
del artít::ulo
61
de
dicha
Ley,
por
lo
que
serán
totalmente
subvencionadas
y
que
las
obras
de
industrias
agrarias
y
almacenes
agrícolas
queden
clasifi-
cadas
como
complementarias
en
el
grupo
dI
de
dicho
artículo.
estableciéndose
para
las
mismas
los
siguientes
auxilios:
Para
las
obras
de
industrias
agrarias,
una
subvención
del
30
por
lOO
y
un
anticipo
del
70
por
100.
reintegrable
en
diez
años.
.
Para
las
obras
de
los
almacenes
agrícolas.
una
subvención
del
25
por
100 Y
un
antícipo
del
75
por
100,
reintegrable
'en diez
años.
Las
cantidades
a
reintegrar
devengarán
un
interés
del
4
por
100
anual.
Tercero.-Las
obras
deberAn
iniciarse
dentro
del
plazo
qu~
para
la
solicitud
de
beneficios
señala
el
articulo
14
del
Real
Decreto
1114/1982, de
26
de
marzo,
por
el
que
se
acordaron
actuaciones
de
reforma
y
desarrollo
agrario
de
la
zona.
Cuarto.-Por
el
Instituto
Nacional
de
Reforma
y
Desarrollo
Agrario
se
dictarán
las
normas
pertinentes
para
la
mejor
apli-
cación
de
cuanto
se
dispone
en
la
presente
Orden.
Lo
que
co~nunlco
aVV. JI.
para
su
conocimiento
yefectos.
Dios
guarde
aVV.
n.
Madrid,
29
de
marzo
~e
1984.
Umos.
Sres.;
Por
&al
Decreto
1114/1982.
de
26 de
marzo,
se
acordaron
a.ctua.ciones
de
ret'o"ma y
desarrolJo
agrario
en
la
zona
de
ordenación
de explotaCiOnes
de
Menorca
(BalearesJ.
Para
dar
cump:imiento
a10
dispuesto
en
los
artlculos
82
y129
de
la
Ley
de
Refonna
y
Desarrollo
Agrario
de
12 de
enero
de
1973.
el
lnstituto
Nacional
de
Reforma
y
Desarrollo
Agrario
ha
estudiado
las
necesidades
más
urgentes
de
la
zona
y
ha
elaborado.
con
e.l
fin
de
atenderlas
el
plan
de
obras
ymejoras
territoriales
(primera
parte)
de
la
citada
zona.
que
se
refiere
a
las
ob:-as
de
caminos
rurales,
encauLamientos
yprotección
de
margenes,
industrias
agrarias
yalmaceo.;}S
agrícolas.
A
este
Plan
de
obras
ha
presentado
su
conformidad,
con
fe-
cha
14
de
marzo
de
1984.
la
Consejería
de
Agricultura
del
Consejo
Interinsular
de
las
Islas
Baleares,
en
virtud
de
lo esta-
blecido 'en
el
Real
Decreto
3540/1981,
de
29
de
diciembre,
en
el
que
se
transfieren
competencias
en
materia
de
agricultura
a
dicha
Comunidad
Autónoma.
Examinado
dicho
Plan,
este
Miniswrio
considera
Q'lle
las
obras
en
él
incluidas
han
sido
debidamente
clasificadas,
según
determina
el
artículo
61
de
la
citada
Ley
de
Reforma
yDesa-
rrollo
Agrario.
y
que,
al
mismo
tiampo,
dichas
obras
son
conve-
nient.es
para
que
se
obtengan
de
la
ordenación
de explota-
ciones, los ma.yores
beneficios
para
la
producción
de
la
zona
y
para
los
agricultores
y
ganaderos.
En
su
virtud,
este
Ministerio
9El
ha
servido
disponer;
12511
ORDEN
de
29
de
marzo
de
1984
por
la
que
se
aprue-
bll
el
plan
de
mejoras
territoriales
y
obras
de
con-
centración
parcelaria
de
la
zona
de
Villargordo
(Jaén).
limos.
Sras.;
Por
Decreto
de
31
de
octubre
de
1975
(.Boletin
Oficial
dd
Est.ado
..
de
'Z7
de
noviembre)
se
declaró
de
utilidad
pública
la
concentración
parcelaria
de
la
zona
de
Villargordo
(JaénJ. .
En
cumplimiento
-de
lo
dispuesto
en
el
artículo
82
de
la
Ley
de
Reforma
y
Desarrollo
Agrario
de
12
de
enero
de
1973, el Ins-
tituto
Nacional
de
Reforma
y
Desarrollo
Agrario
ha
redactado
y
somete
a
la
aprobación
de
este
Ministerio
el
plan
de
mejoras
territoriales
-y
obras
de
la
zona
de
Villargordo
(Jaén).
que
se
refiere
alks
'obras
de
red
de
caminos
y
red
de
saneamiento.
A
este
plan
ha
prestado
su
conformidad..
en
virtud
de
los
trámites
('stablecidos
en
el
Real
DeCreto 3490/1981
de
29
de
di-
ciembre
l~Bol€'.tín
Oficial
del
Estado,.
de
10
de
febrero
de
1982).
el
Ente
autonómico
de
Andalucía.
Examinado
el
referido
plan,
este
Ministerio
considera
que
las
obras
en
é'
incluidas
han
sido
debidamente
clasificadas
en
los
grupos
q'IJe
determina
el
articulo
61.
de
acuerdo
con
lo
estable-
cido
en
el
articulo
62
de
la
Ley
de
Reforma
y
Desarrollo
Agrario
de
12
de
f:lDerO
de
1973. .
En
su
VIrtud.
este
Ministerio
se
ha
servido
disponer;
Primero.-Se
aprueba
el
plan
de
mejoras
territoriales
y
obras,
redactado
por
el
Instituto
Nacional
de
Reforma
yDesa-
rrollo
Agrario,
para
la
zona
de
concentración
parcelaria
de
Villargordo
(Jaén),
declarada
de
utilidad
pública
por
Decreto
de
31
de
octubre
de
1975
(.Boletín
Oficial
del
Estado,.
de
27
de
noviemb~€).
Segundo.-De
acuerdo
con
lo
establecido
en
el
artículo
62
de
la
Ley
de
Reforma
y
Desarrollo
Agrario
de
12
de
enero
de
1973.
se
considera
que
las
obras
de
red
de
caminos
y
red
de
sanea-
miento
quedan
clasificadas
de
interés
general
en
el
grupo
al
del
artículo
61
de
dicha
Ley.
Tercero.-Las
obras
deberán
iniciarse
antes
de
que
terminen
los
trabalos
de
concentración
parcelaria.
i
Cuarto.,
-Por
el
Instituto
Nacional
de
Reforma
y
Desarrollo
Agrario
se
dktarán
las
normas
r.rtinentes
para
la
mejor
apli-
cación
de
cuanto
se
dispone
en
a
presente
Orden.
Lo
que
comunico
aVV.
11.
para
su
conocimiento
y
efectos
oportunos.
Dios
guarde
aVV.
11.
muchos
aftoso
Madrid.
29
de
marzo
de 1984.
componen
la
comunidad
de
bienes
que
regenta
la
fábrica
de
barinas
denominada
"Santa
Margarita"
de
Villacastin
(Sego-
via)~
don
Félix
Santiuste
Santiuste,
propietario
de
la:
fábrica
de
harinas
"La
Victoria
de
la
Sierra",
en
Trescasas
(SegoviaJ¡
don
Mariano Garcfa Escorial,
que
actúa
en nombre de "Molinos
de
Ledesma, S.
A."
i
don
Ricardo Luego
Martin.
en
nombre
de
"La
Perla
Segoviana,
S.
L."~
doña
Aurea
Pascual
Rubio.
don
Aman-
cio
Martínez
Puente
y
don
Domingo
Martin
Hérnando,
en
re~
pz:esentaclón.
1e
"Harine~!'I'
'!~
Bo~eguillas'-S.
L:
"j'
"Hijo~.
de
,Je:r:6-
mmo
AlcañlZ, S. R.
C.:
Hannera
ComercIa,
S.
L.;
HIJOS
de
Moreto, S.
A,n
i
"Industrias
Coromina.
S.
A.";
"Harinera
Vasco-Navarra
S.
A,.
...;
don
Jesüs
López
Torres.
en
represen-
tación
de
fábrica
de
harinas
"Santa
Rita":
"Industrias
AUmen-
tarias
Tillit, S.
A.":
"Francisco
Rufort
Alemany,
S.
A.";
don
Francisco
Rulort
Casasempere,
en
nombre
de
fábrica
de
harinas
"La
Mod3rna
Alicantina":
"La
Provincial
Harino-Panad8ra.
So-
ciedad
Anónima";
don
Rafael
Carda
Lozano,
don
Juan
Manuel
Leciñeña,
en
representación
de
"Fábrica
de
Harinas
Santa
Lu-
cia",
"Don
Roberto
Belda
y
Compañía,
S.
L.";
"Posojal,
S.
A.";
"Harinera
de
la
Montserrat,
S.
A."i
"Harinera
Teixidor, S.
A.":
"Industrial
Harina-Aceitera,
S.
L.":
"Harineras
Integral!las, So-
ciedad
Anónima";
"Berenguer,
S.
A.";
"Panificadora
de
Val-
depeñas,
S. A.
don
Manuel
.Paricio
del
Molino,
en
nombre
de
fábrica
de
harinas
"La
Prusiana";'
don
Isidro
Sliñez
Vidal,
representando
a
fabrica
de
harinas
"San
Miguel";
"HijOS
de
Ramón
Calamar.
S.
L.";
don
Francisco
Rodilla
Fuertes y
don
Mariano
Segura
Peiró:
don
Domingo
Herreros
Chacón
y
don
Juan
Bustos
Granados.
en
nombre
de
fábrica
de
harinas
"Mu-
DOZ y
Compañia,
S.
R.
C."¡
don
Ramón
Beltran
Alcázar,
re-
presentando
a
fábrica
de
harinas
"Santa
Ana"
¡
don
Carlos
Vi-
llanueva
Ulloa.
en
nombre
de
fábrica
de
harinas
"La
Asun-
ción",
contra
la
sententia
dictada
por
la
Sección
Cuarta
.de
la
Sala
de
lo
Contencioso-Administrativo
de
la
Audiencia
Nacio-
nal,
con
fecha
30
de
abril
de 1981, en
el
recurso
a
que
la
misma
se
refiere
y
la
cual
confirmamos,
¡in
hacer
especial
imposición
de
costas_,
Este
Ministerio
ha
tenido
a
bien
disponer'
se
cumpla
e~
sus
propios
términos
la
precitada
sentencia.
Lo
que
comunico
aVV.
11.
Dios
guarde
aVV.
11.
muchos
afios.
Madrid,
23
de
marzo
de
1984.-P.
D.
(Orden
de
29
de
marzo
de 1982).
el
Director
general
de
Servicios,
JOSé
Pérez
Velasco.
1l1110S.
Sres.
Subsecretario
y
Director
general
del
5ENPA.
ROMERO
HERRERA
IImds.
Sres~
Subsecretario
de
este
Departamento
y
Presidente
del
Instituto
Nacional
de
Reforma
y
Desarrollo
Agrario.

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