Medios de defensa del deudor ejecutado en los procedimientos de ejecución

AutorEduardo Estrada Alonso
CargoProfesor Titular de Derecho civil. Facultad de Derecho Universidad de Oviedo
Páginas67-113
Revista Crítica de Derecho Inmobiliario, N.º 771, págs. 67 a 113 67
Medios de defensa del deudor
ejecutado en los procedimientos
de ejecución
Instruments that correspond to the
executed debtor in enforcement
proceedings
por
EDUARDO ESTRADA ALONSO
Profesor Titular de Derecho civil
Facultad de Derecho Universidad de Oviedo
RESUMEN: El estudio que a continuación se desarrolla, tiene por objeto
analizar los instrumentos de defensa que, en el Ordenamiento jurídico español,
corresponden al deudor ejecutado en los procedimientos de ejecución (que parten
de reducir sus causas de oposición para dar una respuesta jurídica ágil y rápida
a quienes están autorizados con un título ejecutivo judicial o extrajudicial), sin
perjuicio de ofrecerle un procedimiento declarativo posterior para que pueda
defender aquellas cuestiones que no haya podido alegar en el procedimiento
de ejecución anterior.
En ese escenario, surgen varias dudas que serán examinadas, (i) sobre las
causas de oposición en la ejecución, (ii) sobre la situación de abuso procesal
que pueden desarrollar los ejecutantes, aprovechando la limitación del deudor
ejecutado para oponer excepciones en los procedimientos de ejecución; (iii)
sobre si el ejecutado puede alegar o el juzgador aplicar en la ejecución anterior
el artículo 247 de la LEC y 11 de la LOPJ; (iv) sobre la determinación del
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contenido de la preclusión y la cosa juzgada respecto a las pretensiones que
se han tratado en el procedimiento de ejecución y lo que pueda tratarse en el
procedimiento declarativo posterior regulado en el artículo 564 de la LEC; (v)
sobre la acción de nulidad de la ejecución anterior y, en definitiva, (vi) sobre
si el engranaje de la reserva de alegaciones para el procedimiento declarativo
posterior cumple el principio de tutela efectiva regulado en el artículo 24 de la
ABSTRACT: The aim of the study developed below is to analyse the defence
instruments under the Spanish legal system that correspond to the executed-
debtor in enforcement proceedings(which reduce the opposition causes in order
to give an agile and fast legal response to those who are authorized with a
judicial or extrajudicial enforceable title), without the prejudice to offer a sub-
sequent declaratory procedure so that can be defended those issues that could
not be argued in the previous enforcement proceedings.
In this scenario, several questions, which are considered below, arise about
(i) the opposition causes in the enforcement proceeding, (ii) the situation of
procedural abuse that may be developed by the performer staking advantage of
executed-debtor’s limitation to exercise objections in the enforcement proceed-
ings, (iii) whether the executed party can plead or the judge apply article 247
of Civil Procedure Law and article 11 of Judiciary Organic Law in the previous
execution, (iv) the determination of the content of the estoppel and res judicata
regarding the matters that have been claimed in the enforcement proceeding
and that may be claimed in the subsequent declaratory procedure set put in
article 564of Civil Procedure Law; (v) the nullity action of the previous execu-
tion and, ultimately, (vi) whether the mechanism of the reserve of allegations
for the subsequent declaratory procedure complies with the principle of due
process of law set out in article 24 of Spanish Constitution.
PALABRAS CLAVE: Preclusión. Cosa juzgada. Procedimiento de ejecu-
ción. Instrumentos de defensa del deudor ejecutado. Fraude de ley. Fraude
procesal.
KEY WORDS: Preclusion. Res iudicata. Enforcement proceedings. Defence
instruments to the executed-debtor. Abuse of the law. Procedural fraud.
SUMARIO: I. INTRODUCCIÓN.—II. EL CONOCIMIENTO DEL FRAU-
DE Y EL ABUSO DEL DERECHO EN LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECU-
CIÓN: 1. UN EJEMPLO DE FRAUDE. LAS CESIONES DE CRÉDITO FUTURO. 2. EL PRINCIPIO
DE PROTECCIÓN DEL DEUDOR CEDIDO.—III. PRECEPTOS QUE JUSTIFICAN LA
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IMPOSIBILIDAD DE ALEGAR EL FRAUDE Y LAS CUESTIONES DE
FONDO EN EL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN: 1. LA COMPARECENCIA
DEL ARTICULO 540 LEC. 2. EL EXAMEN JUDICIAL DEL TÍTULO. 3. LA FALTA DE LOS
EFECTOS DE COSA JUZGADA EN LO DECIDIDO EN LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN.
—IV. PRECEPTOS QUE JUSTIFICAN LA POSIBILIDAD DE CONOCER EL
FRAUDE EN EL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN.—V. OBJETO DEL
PROCEDIMIENTO DECLARATIVO POSTERIOR DEL ARTÍCULO 564 DE
LA LEC: 1. LA REDACCIÓN DEL TÍTULO DEL ARTÍCULO 564 LEC. 2. LA REDACCIÓN
DEL CONTENIDO PRECEPTO Y SU PRECLUSIÓN. 3. LA CONCLUSIÓN SINTÁCTICA DEL TÍTULO
Y EL CONTENIDO: A. Interpretación estricta de la preclusión del artículo 400. B. La
doctrina atemperada de la preclusión fundamentada en el ámbito objetivo de
la cosa juzgada.—VI. CONCLUSIONES.
I. INTRODUCCIÓN
El estudio que a continuación se desarrolla tiene por objeto resolver la duda
sobre los límites de la defensa del ejecutado, primero, en los procedimientos
de ejecución de títulos judiciales o extrajudiciales y, posteriormente, en el pro-
cedimiento declarativo regulado en el artículo 564 LEC, donde la preclusión
que allí se regula no le impedirá alegar las pretensiones que no hayan podido
conocerse en la ejecución anterior.
En ese escenario, surgen varias dudas sobre las causas de oposición en la
ejecución, sobre si el ejecutado puede alegar o el juzgador aplicar en la ejecución
anterior el artículo 247 de la LEC1 y 11 de la LOPJ2, para rechazar ejecuciones
claramente ilícitas o fraudulentas o si también, en este caso, ha de esperar a
tratarlas en el procedimiento declarativo posterior del artículo 564 de la LEC
que lleva por título la Defensa jurídica del ejecutado fundada en hechos y actos
no comprendidos en las causas de oposición a la ejecución.
La conclusión puede incidir en otras cuestiones de interés que analizaré,
como: la situación de abuso procesal que pueden desarrollar los ejecutantes
aprovechando la limitación de oponer excepciones en los procedimientos de
ejecución, la determinación del contenido de la preclusión y la cosa juzgada
respecto a lo que pueda tratarse en el procedimiento declarativo posterior re-
gulado en el artículo 564 de la LEC, el principio de tutela efectivo aplicado al
deudor cedido o la acción de nulidad de la ejecución anterior.
El análisis de estas cuestiones viene determinado, en el Ordenamiento jurídico
español, por la limitación del derecho de defensa en los procedimientos ejecutivos
(en aras de la agilidad de su tramitación y resolución) y por la defensa a ultranza del
principio de defensa de los consumidores impuesto por la Unión Europea, que ha
obligado a modificar excepcionalmente la LEC para tratar, en pleno procedimiento
de ejecución, el análisis de oficio de las cláusulas abusivas en el título ejecutivo.

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