SAP Navarra 8/2008, 28 de Enero de 2008

PonenteJUAN JOSE GARCIA PEREZ
ECLIES:APNA:2008:87
Número de Recurso212/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución8/2008
Fecha de Resolución28 de Enero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Navarra, Sección 3ª

S E N T E N C I A Nº 8/2008

Ilmo. Sr. Presidente:

D. JUAN JOSÉ GARCÍA PÉREZ

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. AURELIO VILA DUPLÁ

D. JESÚS SANTIAGO DELGADO CRUCES

En Pamplona, 28 de enero de 2008.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Navarra, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados que al margen se

expresan, ha visto en grado de apelación el Rollo Civil de Sala nº 212/2007, derivado de los autos de Juicio Ordinario nº

867/2006, del Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Tudela; siendo parte apelante, el demandante D. Isidro, representado por el Procurador D. Javier Castillo Torres y asistido/a por el/la Letrado D. Aurelio Marín Cavo; parte

apelada, el demandado D. Eduardo, representado por la Procuradora Dª Elena Burguete Mira y asistido por el

Letrado D. José Carlos Gorgojo Fernández. Demandada apelada rebelde, Dña. Marcelina.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Presidente de esta Sección, D. JUAN JOSÉ GARCÍA PÉREZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Con fecha 14 de mayo de 2007 el referido Juzgado, en el citado procedimiento, dictó Sentencia cuyo fallo literalmente dice:

"Que desestimando como desestimo la demanda interpues-ta por D Isidro,representado por el procurador de los tribunales D. Juan Bozal de Arostegui y asistido por el letrado D. Aurelio Marín Cavo.Contra D Eduardo y DOÑA Marcelina, representados por el procurador de los tribunales Don Ignacio Hualde Garde y asistido del letrado Sr. Gorgojo Debo absolver y absuelvo a los expresados demandados de los pedimentos contra ellos formulados con imposición de costas a la actora.

Esta resolución no es firme, contra la misma cabe recurso de apelación que se preparará mediante escrito a presentar en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a contar desde la notificación de la presente resolución de conformidad con el artículo 457 de la Ley de Enjuiciamiento civil

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo."

TERCERO

Notificada dicha resolución, fue apelada en tiempo y forma por la representación procesal del demandante D. Isidro.

CUARTO

En el trámite del art. 461 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, la parte apelada evacuó el traslado para alegaciones, oponiéndose al recurso de apelación y solicitando su desestimación e interesando la confirmación de la sentencia de instancia.

QUINTO

Admitida dicha apelación en ambos efectos y remitidos los autos a la Audiencia Provincial, previo reparto, correspondieron a esta Sección Tercera, en donde se formó el Rollo de Apelación Civil ya referido, en el que se señaló el día 18 de diciembre de 2007 para su deliberación y fallo, habiéndose observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La representación procesal de D. Isidro interpuso demanda de juicio ordinario frente a D. Eduardo y su esposa Dña. Marcelina en reclamación de 15.686,41 €, costas, más intereses legales, importe de sus honorarios por la búsqueda de un inmueble para ser adquirido por el demandado.

La sentencia desestima la demanda en los términos ya referidos y frente a ella se alza la parte actora, interesando se revoque y se estime su demanda, alegando como motivos de su recurso los siguientes:

  1. ) Infracción por inaplicación de los establecido en los arts. 7, 1089, 1091, 1254, 1256, 1258, 1261, 1281 y 1709 del CC y su jurisprudencia interpretativa,

    Lo que importa es la prueba documental indubitada y reconocida y el interrogatorio por parte del demandado.

  2. ) Se ha producido infracción por interpretación errónea de lo dispuesto en el art. 394 de la LEC en materia de costas, pues estimándose fundamentalmente la demanda presentada por esta parte, las costas han de recaer sobre la parte demandada y en este sentido ha de ser modificada la sentencia de instancia." (sic)

SEGUNDO

Se aceptan los fundamentos de derecho de la sentencia recurrida, que se dan por reproducidos, procediendo la desestimación del recurso y la confirmación de dicha resolución.

  1. ) El...

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