SAP Huesca 5/2008, 14 de Enero de 2008

PonenteJOSE TOMAS GARCIA CASTILLO
ECLIES:APHU:2008:5
Número de Recurso109/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución5/2008
Fecha de Resolución14 de Enero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Huesca, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

HUESCA

SENTENCIA: 00005/2008

Apelación Civil Nº 109/2007 S140108.1J

Sentencia Apelación Civil Número 5/08

PRESIDENTE *

D. SANTIAGO SERENA PUIG *

MAGISTRADOS *

D. GONZALO GUTIÉRREZ CELMA *

D. J. TOMÁS GARCÍA CASTILLO *

*

En Huesca, a catorce de enero del año dos mil ocho.

En nombre del Rey, la Audiencia Provincial de Huesca ha visto, en grado de apelación, los autos de Juicio Verbal sobre protección sumaria de la posesión seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia de Barbastro bajo el número 609/06. Fueron promovidos por Gerardo, Lidia y José, quienes actuaron como demandantes dirigidos por el Letrado don José Garzón Nieto y que están representados en esta alzada por el Procurador don Mariano Laguarta Recaj, contra la mercantil Oncinellas S.L., quien actuó como demandada defendida por el Letrado don José Hernán Cortés Ballarín y que está representada en esta alzada por la Procuradora doña Teresa Ortega Navasa. Dichos autos se hallan pendientes ante este Tribunal en virtud del presente recurso de apelación, tramitado al número 109 del año 2007 e interpuesto por los demandantes Gerardo, Lidia y José. Actúa como Ponente de esta Sentencia el Magistrado D. J. TOMÁS GARCÍA CASTILLO, quien expresa el parecer de la Sala sobre el pronunciamiento que merece el presente recurso.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Damos por reproducidos los señalados en la Sentencia impugnada.

SEGUNDO

El indicado Juzgado de Primera Instancia, en el procedimiento anteriormente circunstanciado, dictó con fecha diecinueve de diciembre de dos mil seis la Sentencia apelada, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "FALLO = Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por la procuradora Sra. Garzón en nombre de D. Gerardo y Lidia y el esposo de ésta D. José frente a Oncinellas S.L., y en consecuencia debo acordar y acuerdo alzar la suspensión de la obra que se venía realizando en el edificio en construcción sito en la CALLE000, nº NUM000, NUM001 y NUM002 de Barbastro desde el 13/11/06 por autos de fecha 9/11/06 y 16/11/06, devolviendo al demandado la fianza prestada de 10.000 euros, y todo ello con condena en costas a los actores".

TERCERO

Contra la anterior Sentencia, los demandantes Gerardo, Lidia y José anunciaron recurso de apelación. El Juzgado lo tuvo por preparado y emplazó a los apelantes para que lo interpusieran, lo cual efectuaron en plazo y forma para solicitar la nulidad de la Sentencia y que se dé lugar a todo lo pedido por dicha parte en su demanda, que se mantenga la suspensión de la obra y que se acuerde la demolición de lo construído a costa de la demandada. A continuación, el Juzgado dio traslado a la demandada Oncinellas S.L. para que presentara escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que pudiera serle desfavorable, en cuyo trámite dicha parte formuló en tiempo y forma escrito de oposición interesando la desestimación del recurso.

CUARTO

Seguidamente, el Juzgado remitió los autos a este Tribunal, en donde quedaron registrados al número 109/2007. Al haberse propuesto prueba y solicitado vista por la parte actora, la Sala resolvió sobre la prueba y señaló día y hora para la vista, a la cual asistieron los representantes de las partes e informaron en defensa de sus respectivas pretensiones, tras lo cual quedó el asunto pendiente para deliberación, votación y fallo. En la tramitación de esta segunda instancia no ha sido posible observar los plazos procesales debido a la atención prestada a otros asuntos pendientes ante este Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Difícilmente puede haber lugar a la...

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