SAP León 208/2007, 11 de Julio de 2007
Ponente | ANTONIO MUÑIZ DIEZ |
ECLI | ES:APLE:2007:662 |
Número de Recurso | 100/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 208/2007 |
Fecha de Resolución | 11 de Julio de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - León, Sección 2ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
LEON
SENTENCIA: 00208/2007
Domicilio : C., EL CID, 20
Telf : 987/233159
Fax : 987/232657
Modelo : SEN04
N.I.G.: 24089 37 1 2007 0200245
ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000100 /2007
Juzgado procedencia : JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.1 de LEON
Procedimiento de origen : JUICIO CAMBIARIO 0000806 /2005
RECURRENTE : Margarita
Procurador/a : SANTIAGO MANOVEL LOPEZ
Letrado/a : COVADONGA RUIZ-SANCHEZ TORIJA
RECURRIDO/A : EXCAVACIONES FABERO, S.L.
Procurador/a : RAFAEL RIVAS CRESPO
Letrado/a : JORGE FELIX ORDIZ MONTAÑES
RECURRIDO/A:, Luis Francisco y CONSTRUCCIONES MANAEST, S.L.
SENTENCIA NUM. 208/07
ILMOS. SRES.:
D. ALBERTO FRANCISCO ALVAREZ RODRIGUEZ.- Presidente
D. MANUEL ANGEL PEÑIN DEL PALACIO.- Magistrado
D. ANTONIO MUÑIZ DIEZ.- Magistrado
En León, a once de julio de dos mil siete.
VISTOS en grado de apelación ante esta Sección 2ª de la Audiencia Provincial de LEON, los Autos de Juicio Cambiario 806/2005, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Nº. 1 de LEON, a los que ha correspondido el Rollo 100/2007, en los que aparece como parte apelante D. Margarita representado por el Procurador D. Santiago Manovel López, y asistido por el Letrado Dª. Covadonga Ruiz-Sánchez Torija, y como apelados EXCAVACIONES FABERO, S.L., representada por el Procurador D. Rafael Rivas Crespo, y asistida por el Letrado D. Jorge Felix Ordiz Montañes, D. Luis Francisco, y CONSTRUCCIONES MANAEST, S.L., sobre reclamación cantidad, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. ANTONIO MUÑIZ DIEZ.
Por el Juzgado expresado al margen, se dictó sentencia en los referidos autos, con fecha 19 de octubre de 2006, cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "FALLO: Desestimo la oposición formulada y, en su consecuencia, condeno a Margarita a Luis Francisco y a Construcciones Manaest, S.L., a pagar a Excavaciones Babero, S.L., con responsabilidad civil solidaria, la suma de cuarenta y cinco mil setecientos setenta y tres euros (37.318 €) de principal y el interés legal de esta suma, incrementado en dos puntos, desde el vencimiento de la cambial hasta el completo pago, calculadas prudencialmente en 5.597,70 euros, y sin perjuicio de ulterior liquidación. Todo ello con expresa condena de todos los demandados al pago de las costas procesales del procedimiento cambiario, calculadas prudencialmente en 5.597,70 euros, y sin perjuicio de ulterior liquidación. Se exceptúan las generadas como consecuencia de la oposición formulada en representación de Margarita, que han de ser de su cuenta exclusiva, y a cuyo pago expresamente condeno a Margarita.
Contra la relacionada sentencia, se interpuso recurso de apelación por la parte apelante ante el Juzgado, y dado traslado a la otra parte, por ésta se presentó escrito de oposición, remitiéndose las actuaciones a esta Sala y señalándose para la deliberación de la vista, el pasado día 9 de julio actual.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Por la representación procesal de "EXCAVACIONES FABERO, S.L." se planteó demanda de juicio cambiario contra "CONSTRUCCIONES MANAEST, S.L." y contra D. Luis Francisco y Dña. Margarita, como librada aceptante y avalistas, respectivamente, de la letra de cambio librada por la actora y cuyo importe (37.318,72 euros) se reclamaba.
Formulada oposición, exclusivamente, por Dña. Margarita, todos los motivos de oposición y excepciones esgrimidos fueron rechazados en la sentencia de la primera instancia, recurrida por aquélla para insistir únicamente, en la falta de legitimación activa de "EXCAVACIONES FABERO, S.L.", ya que, según su criterio, cuando el Banco de Castilla recibe la letra, se convierte en el único acreedor legitimado para cobrarla, salvo que la misma se haya endosado o haya retornado al librador a través del correspondiente endoso que, por no aparecer en el texto de la misma, puede asegurarse que no se produjo. Razonamiento que se rechaza expresamente en el escrito de...
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