SAP Cantabria 116/2007, 14 de Febrero de 2007

PonenteMIGUEL CARLOS FERNANDEZ DIEZ
ECLIES:APS:2007:271
Número de Recurso27/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución116/2007
Fecha de Resolución14 de Febrero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Cantabria, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

SANTANDER

SENTENCIA: 00116/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CANTABRIA ROLLO NUM.27/06

Sección Segunda

S E N T E N C I A NUM. 116/07

Ilmos. Sres. Magistrados

Don Miguel Fernández Díez

Don Bruno Arias Berrioategortúa

Doña Milagros Martínez Rionda

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En la Ciudad de Santander, a catorce de febrero de dos mil siete.

Vistos en trámite de apelación ante esta Sección Segunda de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria los presentes Autos de juicio Ordinario, núm. 522 de 2.004, Rollo de Sala núm. 27 de 2.006 procedentes del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Santander, seguidos a instancia de Comunidad de Propietarios EDIFICIO000 NUM000 - NUM001 de Mogro contra Proyectos del Pas SL, D. Jesús Ángel, D. Alejandro y D. Cosme.

En esta segunda instancia ha sido parte apelante Proyectos del Pas S.A, representado por la Procuradora Sra. Espiga Pérez y defendido por el Letrado Sr. Ceballos Martín; y como parte impugnante D. Alejandro, D. Cosme, representado por el Procurador Sr. Vara García y defendido por el Letrado Sr. Huerta Gandarillas y D. Jesús Ángel representado por el Procurador Sr. Aguilera San Miguel y defendido por el Letrado Sr. Revenga Sánchez y parte apelada Comunidad de Propietarios EDIFICIO000 de Mogro representado por la Procuradora Sra Lucio de la Iglesia y asistido del Letrado Sr. López Martínez.

Es ponente de esta resolución el Ilmo. Sr. Magistrado Don Miguel Fernández Díez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Santander, y en los autos ya referenciados, se dictó en fecha veintinueve de julio de 2.005 Sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimo parcialmente la súplica subsidiaria de la demanda interpuesta por la Comunidad de Propietarios del EDIFICIO000 NUM000 - NUM001 de Mogro, representada por la Procurador de los Tribunales Sra de Lucio de la Iglesia, asistida por la Letrada Sra López Martínez, contra la empresa Proyectos del Pas SL representada por la Procurador de los tribunales Sra Espiga Pérez, asistida por la Letrada Sra Ceballos Martín, contra D. Jesús Ángel representado por el Procurador de los Tribunales Sra Aguilera San Miguel asistidos por el Letrado Sr Revenga Gómez y contra D. Alejandro y D. Cosme, representados por la procuradora de los tribunales Sra Vara García, asistidos por la Letrada Sra Huerta Gandarillas y condeno a la empresa Proyectos del Pas SL a realizar todas las obras de reparación necesarias para subsanar en la Comunidad de Propietarios EDIFICIO000 NUM000 - NUM001 de Mogro, todas aquellas deficiencias que figuran en el informe del perito Sr. Bartolomé, salvo las relacionadas con el ruido, y declaro asimismo, que transcurrido un máximo de tres meses desde la notificación de la sentencia en primera instancia, sin que las obras se hayan realizado, o sin que se hayan terminado, o habiéndose realizado de forma defectuosa o sin lograr una total reparación, se manden ejecutar las obras necesarias a costa de la condenada, que deberá abonar la cantidad correspondiente, bien el coste de reparación, o una indemnización, condenándola asimismo al abono del coste de las reparaciones ya efectuadas por la Comunidad actora, - si ésta ya las hubiera acometido por razones de necesidad-, y al pago de las costas procesales, absolviéndose a los codemandados Sr. Jesús Ángel, Alejandro y Cosme de las pretensiones deducidas en su contra.

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, la representación de Proyectos del Pas S.A interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido a trámite por el Juzgado y tras su tramitación se remitió la causa a esta Sección Segunda de la Audiencia Provincial en la que se señaló para deliberación y fallo del recurso el pasado día diez de enero.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, excepto el plazo para dictar Sentencia por el volumen de asuntos que pesan sobre el órgano judicial.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se admiten los de la Sentencia de instancia, en tanto no sean contradictorios con los que a continuación se establecen; y

PRIMERO

Frente a la Sentencia de instancia...

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