RESOLUCION DE 21 DE DICIEMBRE DE 1992, de la Direccion general de la Marina mercante, por la que se desarrolla la Orden de 2 de Octubre de 1980 que aprueba el Reglamento de las Escuelas deportivas nauticas.
Marginal | BOE-A-1993-2041 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Obras Publicas y Urbanismo |
Rango de Ley | Resolución |
La Orden de 2 de octubre de 1980 (
Dado el incremento en la actividad de estas Escuelas y con la finalidad de acrecentar las medidas que contribuyan a salvaguardar la vida humana en el mar.
Esta Dirección General, en uso de las atribuciones conferidas por el Real Decreto 1997/1980, de 3 de octubre, ha resuelto:
Primero.-A partir de la publicación de esta Resolución, todas las solicitudes de autorización de instalación y apertura de Escuelas de Vela Ligera, Motonáutica y Esquí Náutico, deberán acompañar, además de la documentación prevista en la Orden de 2 de octubre de 1980 (
Segundo.-Las Escuelas de Vela Ligera, Motonáutica y Esquí Náutico, deberán contar con una embarcación de salvamento que disponga de un botiquín de primeros auxilios y que no podrá ser utilizada para fines distintos a los de salvamento, emergencias o accidentes sufridos, principalmente, por los usuarios de las embarcaciones o artefactos de la Escuela a la que pertenezca.
Tercero.-Los Patrones de las embarcaciones de Escuelas de Vela Ligera, Motonáutica y Esquí Náutico, deberán estar en posesión de la titulación náutica de recreo, acorde con las características de la embarcación.
Cuarto.-Las embarcaciones...
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