ORDEN EYE/1683/2005, de 19 de diciembre, por la que se convocan para el año 2006 subvenciones para la mejora de las condiciones de trabajo en empresas de la Comunidad Autónoma de Castilla y León destinadas a la adquisición, adaptación o renovación de máquinas y equipos de seguridad. (Código de Registro de Ayudas TRA011). (Continúa en Suplemento)

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

ORDEN EYE/1683/2005, de 19 de diciembre, por la que se convocan para el año 2006 subvenciones para la mejora de las condiciones de trabajo en empresas de la Comunidad Autónoma de Castilla y León destinadas a la adquisición, adaptación o renovación de máquinas y equipos de seguridad. (Código de Registro de Ayudas TRA011).

La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales vino a suponer una modificación sustancial en el tratamiento de la seguridad y salud laboral respecto a posiciones anteriores. En dicho texto legal las Administraciones Públicas, entre otros, tienen atribuida la función de mejorar las condiciones de trabajo, la reducción de los riesgos laborales y la promoción de estructuras eficaces de prevención, para lo cual podrán adoptar programas específicos encaminados a perfeccionar los niveles de protección a través de la concesión de aquellos incentivos que se determinen y, en especial, dirigidos a las pequeñas y medianas empresas, que son las predominantes en el tejido productivo de Castilla y León y que, generalmente, no cuentan con los recursos necesarios para llevar a cabo la seguridad en sus equipos e instalaciones.

En este sentido, el Acuerdo para la Prevención de Riesgos Laborales en Castilla y León para el período 2003-2005 ha representado un logro importante para dicha finalidad, plasmado en su Quinta Medida y fruto del proceso permanente de diálogo social con los agentes económicos y sociales se establece un nuevo Acuerdo, en fecha 2 de febrero de 2005, referido a determinadas acciones en materia de prevención de riesgos laborales, siendo concretamente la Décima la que hace referencia a éste capítulo de ayudas para la renovación de máquinas y equipos de seguridad, a los efectos de que por las empresas de los sectores de construcción, industria y, parcialmente, de servicios, puedan sustituir o adaptar sus equipos de trabajo al R.D.

1215/1997, de 18 de julio.

El régimen de ayudas previsto en la presente Orden constituye un régimen de mínimis, conforme a lo establecido en el Reglamento CE nº 69/2001, de 12 de enero, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas de mínimis, por lo que no es necesaria la notificación ex ante ni la comunicación ex post a la Comisión Europea.

En la presente Orden se cumplen las circunstancias previstas en el artículo 3 de la Orden HAC/1430/2003, de 3 de noviembre, sobre tramitación anticipada de expedientes de gasto.

En consecuencia, teniendo en cuenta las normas establecidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y la Ley 7/1986, de 23 de diciembre, de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, oído el Consejo de Seguridad y Salud Laboral de Castilla y León y, en virtud de las atribuciones conferidas en la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, así como en el Decreto 112/2003, de 2 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Empleo,

DISPONGO:

Primero. Convocatoria.

Se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones dirigidas a la adquisición, adaptación o renovación de máquinas y equipos de seguridad con la finalidad de mejorar las condiciones de trabajo en las empresas de la Comunidad de Castilla y León, para el año 2006.

Segundo. Financiación.

  1. La financiación de las subvenciones convocadas por la presente Orden se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria y por la cuantía que se indica a continuación de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2006:

    Aplicación Presupuestaria Importe

    0806G/241C02/77092 ..................................900.000, 00 euros

    De este importe, 468.607, 80 euros irán destinados a apoyar inversiones en el sector industrial, 312.405, 20 euros en el sector de la construcción y 118.987, 00 euros en el sector de servicios (subsectores de talleres de reparación de vehículos y limpieza industrial).

  2. La asignación del gasto efectuada queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para su cobertura en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el ejercicio 2006, pudiendo ser modificada, si las condiciones lo requieren, previa realización de los trámites correspondientes.

  3. Las previsiones contenidas en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León del ejercicio entrante resultarán de aplicación a la presente convocatoria en el momento de su entrada en vigor.

    Tercero. Régimen Jurídico.

    La presente convocatoria se ajustará a lo previsto en la Orden EYE/1311/2005, de 3 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones establecidas y convocadas por la Consejería de Economía y Empleo y por los organismos autónomos y entes públicos de derecho privado adscritos a ella, y en esta Orden.

    Cuarto. Objeto de la convocatoria.

    La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones a empresas de los sectores de industria, construcción y servicios (exclusivamente para subsectores de talleres de reparación de vehículos y limpieza industrial) para la adquisición, adaptación o renovación de máquinas y equipos de seguridad, con la finalidad de mejorar las condiciones de trabajo y seguridad en las mismas.

    Quinto. Beneficiarios.

    Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas, con ánimo de lucro, que:

    1. desarrollen su actividad y realicen las inversiones objeto de subvención en centros de trabajo ubicados en la Comunidad de Castilla y León.

    2. no tengan más de veinticinco trabajadores por cuenta ajena en todo el territorio nacional a la fecha de registro de la solicitud de subvención.

      Si cuentan con más de un centro de trabajo, esta cifra habrá de entenderse referida a la suma de trabajadores existentes en todos los centros de trabajo.

    3. cumplan las normas sobre prevención de riesgos laborales y, en...

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