SAP Madrid 344/2006, 26 de Mayo de 2006
Ponente | ROSA ESPERANZA REBOLLO HIDALGO |
ECLI | ES:APM:2006:7703 |
Número de Recurso | 146/2006 |
Número de Resolución | 344/2006 |
Fecha de Resolución | 26 de Mayo de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 16ª |
ROSA ESPERANZA REBOLLO HIDALGO
Rollo de Apelación Nº 146/06 RJ
Juicio de Faltas nº 1188/05
Juzgado de Instrucción nº 11 MADRID
SENTENCIA Nº 344/06
En Madrid a 26 de Mayo de 2006.
VISTO por Dª ROSA E. REBOLLO HIDALGO, Magistrada de esta Sección 16ª de la Audiencia Provincial de Madrid, actuando como Tribunal Unipersonal, el presente recurso de apelación nº 146/06 RJ contra la Sentencia de fecha 15-2-2006 dictada por la Magistrada del Juzgado de Instrucción nº 11 de Madrid, en el Procedimiento de Juicio de Faltas nº 1188/05, interpuesto por Fernando, siendo parte apelada el Ministerio Fiscal y la representación procesal de María Luisa.
Por la Magistrada del Juzgado de Instrucción nº11 de Madrid en el procedimiento que mas arriba se indica, se dictó sentencia en fecha 15-2-2006 cuya parte dispositiva establece:
FALLO: "Que debo condenar y condeno a Fernando, como autor de una falta de lesiones, del art. 617.1º del Código Penal, a las penas de MULTA DE TREINTA DIAS, a RAZON DE CUOTAS DIARIAS DE SEIS EUROS, CON UN DIA DE PRIVACION DE LIBERTAD POR CADA DOS CUOTAS DIARIAS NO SATISFECHAS, y al pago de las costas procesales".
Notificada la sentencia a las partes personadas, por Don Fernando se formalizó el recurso de apelación que autoriza el artículo 976 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que hizo las alegaciones que se contienen en su escrito de recurso y que aquí se tienen por reproducidas.
Del escrito de formalización, el Magistrado dio traslado a las demás partes personadas por el plazo de 10 días comunes para que pudiesen adherirse o impugnarlo, habiéndolo impugnado el Ministerio Fiscal y la representación procesal de María Luisa.
Recibidas las actuaciones en esta Audiencia Provincial se formó el correspondiente rollo de apelación, repartiéndose por turno para la resolución, conforme al artículo 82.2 de la ley Orgánica del Poder Judicial, a la Magistrada que firma la presente sentencia.
Se aceptan los hechos probados de la Sentencia recurrida que se dan por reproducidos.
Se interpone por Fernando recurso de Apelación contra la sentencia dictada en el presente procedimiento alegando como motivo del mismo Error en la valoración de la prueba, solicitando su libre absolución.
Tales alegaciones no alcanzan a desvirtuar en su totalidad la valoración de la prueba realizada por el Juez de...
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