Lucha por el derecho a la personación sindical en defensa constitucional de las leyes socialmente concertadas: razones con ocasión del recurso contra la reforma laboral

AutorCristóbal Molina Navarrete
CargoCatedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad de Jaén
Páginas123-150
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“(…) el nacimiento del derecho es siempre… un difícil alumbramiento. (…)
la lucha que exige el derecho para hacerse práctico no es una maldición,
sino una bendición.”
Rudolf von JHERING (2018), La lucha por el Derecho. Dykinson, pp. 58, 59.
1. INTROITO: DE LA OPORTUNIDAD A LA NECESIDAD DE UNA NUEVA
DIMENSIÓN PROCESAL CONSTITUCIONAL DEL ART. 7 CE
Que la defensa sindical de los intereses sociales y económicos que le son pro-
pios, según la fórmula de síntesis del artículo 7 de la Constitución española (CE),
también a través de una legitimación procesal, es un dato adquirido del ordena-
miento normativo y de su(s) cultura(s) jurídica(s)1, se verifica a cada instante, así
como su vis atractiva. Solo por referirme aquí a 2 ejemplos recientes, bastaría
con citar, de un lado, para escenarios poco habituales, el refuerzo que de la
función constitucional en defensa, también procesal, de aquellos intereses hace
la nueva reforma concursal (Ley 16/2022, de 5 de septiembre –reforma el texto
refundido de la ley concursal–), que aumenta, al menos en un plano formal, las
posibilidades y prerrogativas de la representación laboral en los procesos en
los que se ventilen asuntos de interés sociolaboral relativos a las empresas en
1 Para este concepto plural de cultura jurídica según los diversos modelos de Derecho del Trabajo vid.
BAYLOS GRAU, A. (2014). Modelos de Derecho del Trabajo y cultura de los juristas. Editorial Bomarzo,
Albacete.
1. Introito: De la oportunidad a la necesidad de una nueva dimensión procesal constitucional del art. 7 CE. 2.
Aproximación al asunto de fondo: el RI cuestiona la existencia de urgencia, silenciando (desprecia) su carácter
concertado. 3. Sujeto coadyuvante y derecho procesal constitucional: taxatividad del art. 34 LOPC, textura abier-
ta del art. 81 LOTC. 4. Apertura legal, clausura interpretativa: el rechazo del TC como regla a la intervención coad-
yuvante de sujetos colectivos en el RI. 4.1. Fundamento de la exclusión del sujeto coadyuvante en el RI: el carácter
abstracto del juicio y sus excepciones. 4.2. Asociaciones empresariales sectoriales que pretendieron intervenir
de forma adhesiva y no lo lograron: ¿pesa losa como precedente? 5. Interés legítimo sindical a personarse como
coadyuvante en defensa de la reforma laboral: razones para una nueva excepción plausible. 6. Justicia constitu-
cional, sindicato y
amicus curiae
: ¿No es tiempo de dejar emerger esta antigua, pero remozada figura procesal? 7.
La tradición puede más que la razón en el TC: la lucha continua en el TEDH. 8. Observación final: nuevos tiempos,
nuevos derechos y garantías para la democratización social de los procesos constitucionales.
Cristóbal Molina Navarrete
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad de Jaén.
ANÁLISIS JURISPRUDENCIA
LUCHA POR EL DERECHO A LA PERSONACIÓN SINDICAL EN
DEFENSA CONSTITUCIONAL DE LAS LEYES SOCIALMENTE
CONCERTADAS: RAZONES CON OCASIÓN DEL RECURSO
CONTRA LA REFORMA LABORAL
ANÁLISIS JURISPRUDENCIA
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Lucha por el derecho a la personación sindical en defensa constitucional de las leyes socialmente ...
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dificultades y a través de las instituciones del sistema de garantías. De otro, para
unos ámbitos también relativamente novedosos, como son los ligados a la prác-
tica de alterar las fronteras entre trabajo autónomo y trabajo asalariado a través
de las plataformas digitales, desvelando y ayudando a corregir los nuevos yaci-
mientos de falsa autonomía causados por este lado oscuro de la transformación
digital, determinante es la STS, 4ª, 684/2022, 20 de julio. Como es sabido, revo-
cando la sentencia de instancia dictada por la Audiencia Nacional (AN), que la
negó, reconoce la legitimación procesal sindical a fin de impugnar un eventual
“despido colectivo de hecho” en una plataforma de reparto, al considerar que la
desconexión masiva de la plataforma de sus personas empleadas, aun formal-
mente bajo el vínculo de autonomía, encubre un despido colectivo, al tratarse
de falsa autonomía2.
Entre las afirmaciones relevantes, a nuestros efectos, que se vierten en el razo-
namiento del Alto Tribunal, destacamos la siguiente:
“…el legislador tiene una actitud “proactiva” respecto a la Intervención proce-
sal de los sindicatos, cuando de intereses colectivos se trata, para favorecer el
cumplimiento de su función constitucional (STS de 20 de julio de 2016, Rcud.
323/2014)” (FJ Segundo, punto 3, in fine).
No es solo esta afirmación de principio jurídico informador y conformador del
ordenamiento jurídico en orden a la vis expansiva de la legitimación procesal
de los sindicatos en defensa de la función que le es propia constitucionalmen-
te, no solo como sujetos contractuales, también como sujetos de política social
del derecho en su condición de entidades privadas, pero entidad o relevancia
(transcendencia) constitucional3, la que me interesa destacar de esta experien-
cia. Para el estudio que aquí se pretende realizar y que en estas líneas introduzco
es importante la experiencia de lucha sindical por el derecho a la legitimación
procesal que ilustra. Ejercido en la instancia judicial competente, esta se lo negó,
exigiendo, sin resignación, un nuevo esfuerzo de lucha procesal, acudiendo al
amparo, mediante el recurso de casación correspondiente, del TS, que lo ha
otorgado, sin perjuicio del devenir del asunto material
De este modo, se confirmaría, una vez más, esa concepción evolutiva, por tanto,
dinámica, del Derecho, pero también conflictual, urgida de una instancia de
una lucha efectiva, no solo en el ámbito de la autotutela colectiva, también a
través de los canales procesales previstos por el ordenamiento, para la defensa
efectiva de la función constitucional sindical. Dejando de lado en este momento
cualquier referencia o evocación de sus concomitancias del modelo darwinista
2 Un interesante y tempranero, como siempre, análisis de la misma por ROJO TORRECILLA, E. (2022). “Los
sindicatos sí están legitimados para impugnar la extinción de contratos de los repartidores ¿falsos autóno-
mos?”, http://www.eduardorojotorrecilla.es/2022/07/los-sindicatos-si-estan-legitimados.html
3 Vid. PALOMEQUE LÓPEZ, C. (1980). “El sindicato como sujeto político”. En AAVV. Estudios de Derecho del
Trabajo en memoria del profesor Gaspar Bayón Chacón. Tecnos, Madrid.

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