Localización y cruce de datos con fines comerciales

AutorCarlos Rodríguez Casal
CargoDepartamento de Ingeniería Eléctrica y Electrónica Universidad de Navarra
Páginas51-66

SUMARIO.

I. Introducción. II. Legislación del régimen de localización en Estados Unidos. 1. Evolución. 2. Legislación. 3. Autorizaciones (Waivers). III. Legislación del régimen de localización en la Unión Europea. IV. Utilización de datos en data mining y comunicaciones comerciales. V. Conclusiones

Absbract:

El presente trabajo aborda la introducción de técnicas de localización para determinar la posición de los usuarios de sistemas de telefonía móvil y la utilización de los datos así obtenidos dentro de la vorágine compiladora de datos personales. Si bien los datos de localización serán calculados forzosamente para prestar servicios de emergencia y serán utilizados también para prestar servicios de valor añadido, a la postre se utilizarán en conjunción con información proveniente de otras bases de datos para realizar comunicaciones de carácter publicitario. Es en esas comunicaciones comerciales no deseadas donde estos datos, en conjunción con información proveniente de otras bases de datos, adquieren un valor incalculable para enfocar tanto el desarrollo del producto como la presentación al potencial consumidor.

  1. Introducción

    En medio de la recesión económica y de los retrasos en el lanzamiento de los sistemas de comunicaciones móviles de tercera generación, es muy frecuente oír la frase "faltan killer applications". Sin embargo la realidad no es tan sencilla; hay otros motivos: el atraso en la disponibilidad de la tecnología, que han aparecido nuevos competidores y productos sustitutivos, que se ha reducido el interés de los inversores o que ha aumentado el miedo de los ciudadanos respecto a las radiaciones. Quizá también falten esas aplicaciones que aseguren la rentabilidad de las inversiones realizadas, pero también es cierto que de momento no se ha tenido la oportunidad de poner en el mercado las aplicaciones existentes y comprobar si alguna de ellas resulta un éxito. En cualquier caso, este trabajo defiende que sí existe una fuente de ingresos que hará rentables las inversiones realizadas en telecomunicaciones: el procesado de datos.

    De forma inmediata cabe pensar en el procesado del dato localización "dónde se encuentran los terminales" y con este dato proporcionar los servicios que se están desarrollando (por ejemplo seguimiento de personas enfermas, optimización de flotas, seguimiento de mercancías, información de tráfico o servicios asistenciales). El camino es el correcto, pero donde realmente se encuentran las oportunidades de negocio va más allá. El potencial del procesado se encuentra en la unión de cuantos datos personales haya disponibles. Será ese procesado conjunto de datos, será al cruzar diferentes bases de datos con información sobre los consumidores, donde se obtenga un bien de incalculable valor económico.

    Este cruce de datos y su regulación ha motivado la realización de este trabajo. Por un lado se aborda la regulación de la localización en Estados Unidos, pionera en la materia, y en la Unión Europea. Entre ellos, Estados Unidos, aún con menor penetración en la utilización de telefonía móvil en los noventa y su atraso tecnológico al respecto, apostó pronto por el cómputo de la posición del usuario para proporcionar esta información a sus servicios de emergencia. Por su parte la Unión Europea abordó la cuestión también con el ánimo de conseguir facilitar esa información a las autoridades de emergencia si bien buscó una solución consensuada entre las partes implicadas. No cabe duda que detrás de tan loables intenciones, la mejora de los servicios de emergencia, derivan beneficios económicos que favorecen el crecimiento económico, el desarrollo de las telecomunicaciones y quizá supongan el final de una crisis. Uno de los pilares de tales aplicaciones será sin duda el procesado de la información con fines de márketing directo. A este procesado se dedica el resto del trabajo, considerando que no sólo se procesará la información de localización, sino toda la información que esté disponible en distintas bases de datos, procediendo a realizar el llamado "data mining" y a realizar comunicaciones personalizadas con los posibles consumidores.

  2. Legislación del régimen de localización en EEUU

    1. Evolución

    Ya en 1994 se trataba en EEUU la posibilidad de determinar de forma automática la posición de las personas que llaman a los servicios de emergencia desde un terminal móvil. En telefonía fija se trabajaba en torno al E-911, Enhanced 911 que proporcionaba el número de teléfono y la dirección en que tal teléfono estaba ubicado. La Comisión Federal de Comunicaciones (FCC) buscaba la forma de proporcionar el mismo tipo de información cuando la llamada se realizase desde un terminal inalámbrico.

    Fruto de este trabajo se sacó adelante el mandato (First) Report and Order and Further (second) Notice of Proposed Rulemaking, CC Docket No. 94-102, publicado el 12 de junio de 1996. A partir de este primer mandato se realizaron una serie de comunicados de FCC modificando y aclarando los requisitos impuestos y la necesidad de completar llamadas tanto de abonados como de no abonados independientemente de la existencia de mecanismos de recuperación de la inversión. También se establecieron sistemas de control mediante test de cobertura que han de superar los sistemas de localización. Además, en el camino, la Public Safety Act de 1999 estableció 911 como número único de emergencia en todo el país y se produjo un duro debate sobre la forma en que los usuarios han de prestar su consentimiento para que se realice el procesado de los datos de localización.

    La siguiente tabla muestra la evolución documental relativa a los sistemas de localización hasta la entrada en vigor definitiva en Octubre de 2001[2].

    [Tabla no disponible]

    La normativa resultante ha establecido una regulación diferenciada según la localización se obtenga en la red o en el terminal.

    En cuanto a precisión se han de cumplir los parámetros detallados en la siguiente tabla, en la que se distinguen fiabilidad (reability) y precisión (accuracy).

    [Tabla no disponible]

    La precisión indicada ha de facilitarse en interiores (indoors) pero se refiere únicamente a las componentes horizontales. No hay obligación de facilitar dato de altitud. Las normas relativas a la comprobación de la precisión obliga a que se generen aleatoriamente coordenadas para realizar los test. Si resultan unas coordenadas en el interior de un edificio, el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR