Litewsky, Wieslaw: Rzymskie prawo prywatne, Wydawnictwo Naukowe PWN, Warszawa, 1998, 471 págs.

AutorElena Martínez Barrios
Páginas1685-1686

Page 1685

    Litewsky, Wieslaw: Rzymskie prawo prywatne, Wydawnictwo Naukowe PWN, Warszawa, 1998, 471 págs.

Nos encontramos ante una obra importante de Derecho Privado Romano que ha merecido ya varias ediciones y que aparece destinada tanto a discentes de Derecho Romano de las Facultades de Derecho y Administración de las Universidades polacas, como a investigadores del Derecho Privado del pasado. Tras una introducción general y un examen histórico de las fuentes fundamentales para el estudio del Derecho Privado Romano y Común europeo, aborda el derecho de personas, cosas y acciones. Para los estudiosos del Derecho de propiedad inmueble y en particular de la enfiteusis (a la que Litewski dedica varios apartados de su libro, en págs. 81, 202, 206, 228, 230, 234 y 278) es interesante el estudio que realiza sobre la evolución jurídica y terminológica que sufren estas instituciones. El autor, lejos de considerar a la enfiteusis perteneciente al Derecho público, apuesta en su obra por considerarla como una figura propia del Derecho privado o, al menos, de la frontera existente entre ambos tipos de derecho.

Ala restitutio in integrum y a la in iure cessio y sus diferencias con la mancipatio es abundantísima la atención que le presta Litewski, como también a los distintos tipos de interdictos prohibitorios, exhibitorios, posesorios y restitutorios. La lista de interdictos es amplísima. A ella dedica una parte significativa de su libro mediante el estudio de muchos de ellos, tales como el interdictio aqua et igni, interdictio bonorum, interdictum de aqua cottidiana et aestiva, interdictum de arboribus cedendis, interdictum de clandestina possesione, interdictum de fonte, interdictum de glande legenda, interdictum de itinere actuque prívalo, interdictum de liberis ducendis, interdictum de liberis exhibendis, interdictum de migrando, interdictum de precario, interdictum de superficiebus, interdictum de vi armata, interdictum de tabulis exhibendis, interdictum de uxore exhibenda ac ducenda, interdictum demolitorium, interdictum fraudatorium, interdictum quam hereditatem, interdictum quem fundum, interdictum quod legatorum, interdictum quod vi aut clam, interdictum quorum bonorum, interdictum reddere, interdictum si uti frui prohibitus esse dicetur, interdictum unde vi, interdictum uti possidetis, interdictum utile e interdictum utrubi (ver págs. 125, 164, 135, 180, 192, 204, 207, 224, 226, 228, 232, 283, 297, 311, 380, 396, 397). Sin embargo, y a...

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