STSJ Comunidad de Madrid 1786, 7 de Marzo de 2006

PonenteJOSE ALBERTO GALLEGO LAGUNA
ECLIES:TSJM:2006:1786
Número de Recurso385/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución1786
Fecha de Resolución 7 de Marzo de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.5 MADRID SENTENCIA: 00319/2006 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA SENTENCIA 319 RECURSO NÚM.: 385-2003 PROCURADOR: D. JOSE LUIS MARTIN JAUREGUIBEITIA Ilmos. Sres.:

Presidente D. José Alberto Gallego Laguna Magistrados D. J. Ignacio Parada Vázquez Dña. María Antonia de la Peña Elías D. Santos Gandarillas Martos D. J. Ignacio Zarzalejos Burguillo ----------------------------------------------- En la Villa de Madrid a 7 de marzo de 2006 Visto por la Sala del margen el recurso núm. 385-2003 interpuesto por COMPAÑÍA

LOGISTICA DE HIDROCARBUROS representado por el procurador D. JOSE LUIS MARTIN JAUREGUIBEITIA contra fallo del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de fecha 25.9.2002 reclamación nº 28/06136/99 interpuesta por el concepto de Impuesto Especial de Hidrocarburos habiendo sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por su Abogacía.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación procesal del recurrente, se interpuso el presente recurso, y después de cumplidos los trámites preceptivos, formalizó la demanda que basaba sustancialmente en los hechos del expediente administrativo, citó los fundamentos de derecho que estimó aplicables al caso, y concluyó con la suplica de que en su día y, previos los trámites legales se dicte sentencia de conformidad con lo expuesto en el suplico de la demanda.

SEGUNDO

Dado traslado de la demanda al Sr. Abogado del Estado, para su contestación, lo hizo admitiendo los hechos de la misma, en cuanto se deducen del expediente, alegó en derecho lo que consideró oportuno, y solicitó la confirmación en todos sus extremos del acuerdo recurrido.

TERCERO

Estimándose necesario el recibimiento a prueba y una vez practicadas las mismas, se emplazó a las partes para que evacuaran el trámite de conclusiones, lo que llevaron a efecto en tiempo y forma, señalándose para la votación y fallo, la audiencia del día 7.3.2006 en que tuvo lugar, quedando el recurso concluso para Sentencia.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. José Alberto Gallego Laguna

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en este recurso contencioso administrativo la resolución dictada por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid el día 25 de septiembre de 2002 en la que acuerda desestimar la reclamación económico-administrativa número 28/06136/99 interpuesta contra resolución de 17 de marzo de 1.999 del Administrador Central de Aduanas e II.EE. de Madrid, que desestima el recurso de reposición interpuesto contra acuerdo de liquidación de 14 de diciembre de 1.998 del mismo órgano, por el que se deniega la devolución del ingreso efectuado en concepto de Impuesto Especial sobre Hidrocarburos durante los ejercicios 1.996 y 1.997 en determinados envíos a tipo reducido de productos objeto de este Impuesto efectuados para Distribuidora de Carburantes Marinos,...

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