STSJ Castilla y León 614/2004, 23 de Diciembre de 2004

PonenteMARIA CONCEPCION GARCIA VICARIO
ECLIES:TSJCL:2004:6614
Número de Recurso621/2003
Número de Resolución614/2004
Fecha de Resolución23 de Diciembre de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA

En la Ciudad de Burgos a veintitrés de diciembre de dos mil cuatro.

En el recurso contencioso administrativo numero 621/03 interpuesto por DON Lucio , representado por el Procurador Don Cesar Gutiérrez Moliner y

defendido por el Letrado Don Luis Arregui Díaz, contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Castilla y León, Sala de Burgos, de 4 de julio de 2003, estimando parcialmente las reclamaciones económico administrativas nº 9/533/02 y acumulada 9/537/02, interpuestas, la primera, contra la resolución del Inspector Jefe de la Delegación de Burgos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se impone una sanción de 32. 397,51 euros por haber dejado de ingresar deuda tributaria por importe de 40.496,89 euros en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio 1998 puesta de manifiesto en la liquidación contenida en el acta A-0270523093, formulándose la segunda reclamación, contra el acuerdo del Inspector Jefe de la Delegación de Burgos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria por la que se practicó liquidación provisional derivada de dicho acta incoada por el Impuesto sobre la Rentas las Personas Físicas del Ejercicio 1998 por importe de

40.496,8 9 euros de cuota y 6.659, 80 euros de intereses de demora, habiendo acordado el TEAR, estimar parcialmente la reclamación, confirmando el acuerdo y la liquidación impugnados, y anulando la sanción impuesta; habiendo comparecido como parte demandada la Administración General del Estado representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado en virtud de la representación que por ley ostenta.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte demandante se interpuso recurso contencioso administrativo ante esta Sala el día 29 de octubre de 2003.

Admitido a trámite el recurso y no habiéndose solicitado el anuncio de la interposición del recurso, se reclamó el expediente administrativo; recibido, se confirió traslado al recurrente para que formalizara la demanda, lo que efectuó en legal forma por medio de escrito de fecha 9 de febrero de 2004 que en lo sustancial se da por reproducido y en el que terminaba suplicando se dicte sentencia por la que " se declare nula e improcedente la resolución del TEAR de Castilla y León, Sala de Burgos nº 09/537/02 relativa a la liquidación practicada por el Impuesto sobre la Renta ejercicio 1998 y que tiene en el acta de disconformidad nº A 027 0523093 por un importe de 47.156,69 euros todo ello en base a los razonamientos arriba señalados, así como que se nos resarza de los gastos ocasionados hasta la fecha, se impongan las costas procesales que se originen aquí en sesión, a tales pretensiones."

SEGUNDO

Se confirió traslado de la demanda por termino legal a la parte demandada quien contestó a la demanda a medio de escrito de 26 de marzo de 2004 oponiéndose al recurso solicitando la desestimación del mismo basándose en los fundamentos jurídicos que aduce.TERCERO - Una vez dictado Auto de fijación de cuantía, y recibido el recurso a prueba se practicó con el resultado que obra en autos, y habiendo solicitado las partes la presentación de conclusiones escritas, se evacuó traslado para cumplimentar tal trámite, quedando el recurso concluso para sentencia, y no pudiéndose dictar ésta en el plazo de diez días previsto en el art. 67.1 de la Ley 29/98 , al existir recursos pendientes de señalamiento para Votación y Fallo con preferencia, y puesto que el art. 64.3 de la misma Ley, establece que tal señalamiento se ajustará al orden expresado en el apartado 1 del artículo anterior y existiendo en la Sala recursos conclusos de fecha anterior, y por tanto con preferencia para efectuar su señalamiento al de este recurso, quedaron los autos pendientes de señalamiento de día para Votación y Fallo, para cuando por orden de declaración de conclusos correspondiese, habiéndose señalado el día 22 de diciembre de 2004 para votación y fallo, lo que se efectuó. Se han observado las prescripciones legales en la tramitación de este recurso.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Es objeto del presente recurso contencioso administrativo la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Castilla y León, Sala de Burgos, de 4 de julio de 2003, estimando parcialmente las reclamaciones económico administrativas nº 9/533/02 y acumulada 9/537/02, interpuestas, la primera, contra la...

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