SAP Sevilla 344/2004, 23 de Julio de 2004

ECLIES:APSE:2004:3089
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución344/2004
Fecha de Resolución23 de Julio de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL SEVILLA

Sección Segunda

REFERENCIA:

JUZGADO DE PROCEDENCIA: 1ªInstan. núm. 17 de Sevilla

ROLLO DE APELACIÓN Nº 3.900/04-B

JUICIO Nº 952/03

S E N T E N C I A Nº 344

PRESIDENTE ILTMO. SR.

D. MANUEL DAMIAN ALVAREZ GARCIA

MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.

D. CARLOS PIÑOL RORIGUEZ

D. ANDRES PALACIOS MARTINEZ

En la Ciudad de SEVILLA a, Veintitres de Julio de Dos Mil Cuatro.

Visto, por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de SEVILLA, procedimiento de Liquidación de Gananciales, procedente del Juzgado de Primera Instancia referenciado, donde se ha tramitado a instancia de D. Rogelio , que en el recurso es parte apelante, representado por la Procuradora Sra. Jiménez Heras contra Dª Juana , que en el recurso es parte apelante, representada por el Procurador Sr. León González.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 22 de Enero de 2.004 en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "Que estimando en parte la demanda formulada por la Procurtadora Dña. María de los Angeles Jiménez Sánchez, en nombre y representación de Dña. Elisa , contra D. Franco , representado por la Procuradora Dña. Reyes Costa Calvo, debo acordar y acuerdo que el ACTIVO de la sociedad de ganaciales está integrada:

  1. - Bien inmueble, sito en Sevilla, Poígono Residencia denominado " DIRECCION000 ", vivienda letra NUM000 , situado en la planta NUM001 del portal NUM002 , integrante de la manzada M-I-1, inscrita en el REgistro de la Propiedd núm. cuatro de Sevilla, Tomo NUM003 , Libro NUM004 , 6ª, Folio NUM005 , finca número NUM006 , inscripción tercera, corresponde proindiviso a la sociedad de gananciales y al Sr. Rogelio en proporción al valor de las aportaciones respectivas.

  2. - Plaza de garaje trastero, que se identifica con el número NUM007 , del sótano NUM000 , de la manzana M-I-1, inscrita en el Registro de la Propiedad núm. cuatro de Sevilla, Tomo NUM008 , Libro NUM009 , 6ª Sección, Folio NUM010 finca número NUM011 , inscripción segunda.

  3. - Plaza de garaje trastero, que se identifica con el número seis, del sótano NUM000 , de la manzana M-I-1, inscrita en el Registro de la Popiedad núm. cuatro de Sevilla, Tomo NUM008 , Libro NUM004 , 6ª Sección, Folio NUM012 , finca número NUM013 , inscripción tercera.

  4. - Vehículo tipo turismo marca Mastra, matrícula WA-....-EL .

  5. - Quinientas participaciones de la entidad mercantil ALTRUX, S.L.

  6. - Ajuar de la vivienda sita en la Moraleja, bloque NUM002 - NUM002 NUM000 .

  7. - Vídeo Sonic, equipo de música y cámara de vídeo.

  8. - Vehículo Opel Vectra matrícual TU-....-TT -

  9. - Participaciones en las siguientes sociedades:

    1. UPDATING, S.L.

    2. PLATAFORMA DISTRIBUIDORA DEL SUR, S.L.

    3. DATO CONTROL, S.L.

    4. PRO EMPRESA ANDALUCIA, S.L.

    5. GRUPO ASESOR AL ANDALUS, S.L.

  10. - Depósito asegurado en la entidad Caser con el nº NUM015 y cuenta de ahorro en CASER con el nº NUM015 , modalidad 58, con valor de rescate 6.250.000 pesetas;

    y el PASIVO:

  11. - Préstamos vivienda para empleado contraído con la entidad Caja San Fernando de Sevilla y Jerez, con nº de expediente 925068807751.

  12. - Préstamos social empleado contraído con la entidad Caja San Fernando de Sev illa y Jerez, con nº de expediente 15995600003.

  13. - Crédito a favor del Sr. Rogelio , por el abono de las cuotas de los préstamos indicados en los números 1 y 2 del pasivo, desde que alcanzó firmeza de la sentencia de separación matrimonial de instancia.

    Todo ello sin hacer expresa condena en costas."

    Con fecha 1 de Abril de 2.004 se dictó auto de rectificación de la anterior sentencia, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

    "Que debo rectificar y rectifico el error padecido en el fallo de la setencia de fecha 22 de enero de 2.004 en el sentido de que donde dice "Que estimando en parte la demanda formulada por la Procuradora Dña. María de los Angeles Jiménez Sánchez, en nombre y representación de Dña. Elisa , contra D. Franco , representado por la Procuradora Dña. Reyes Costa Calvo, debo acordar y acuerdo que el ACTIVO de la sociedad de gananciales está integrado:" debe decir: Que estimando en parte la demanda formulada por la Procuradora Dña. María Isabel Jiménez Heras, en nombre y representación de D. Rogelio , contra Dª Juana , representado por el Procurador Jesús León González, debo acordar y acuerdo que el ACTIVO de la sociedad de gananciales está integrado:."

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, se emplazaron a las partes y se elevaron los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. Tras la votación y fallo quedó el recurso visto para sentencia.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. ANDRES PALACIOS MARTINEZ quien expresa el parecer del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Que por la representación procesal del actor Sr. Rogelio se ha intepruesto recurso de apelación contra la sentencia dictada por el Juez de instancia en el procedimiento de formación de inventario previo a la liquidación de la sociedad de...

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