STSJ Comunidad de Madrid 1510/2005, 15 de Noviembre de 2005

PonenteMARCIAL VIÑOLY PALOP
ECLIES:TSJM:2005:15450
Número de Recurso219/2004
Número de Resolución1510/2005
Fecha de Resolución15 de Noviembre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

JUAN FRANCISCO LOPEZ DE HONTANAR SANCHEZELVIRA ADORACION RODRIGUEZ MARTIMIGUEL ANGEL GARCIA ALONSOFRANCISCO JAVIER CANABAL CONEJOSMARCIAL VIÑOLY PALOP

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.2

MADRID

SENTENCIA: 01510/2005

Recurso de apelación 219/2004

SENTENCIA NUMERO 1.510

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN SEGUNDA

Ilustrísimos señores:

Presidente.

D. Juan Francisco López de Hontanar Sánchez.

Magistrados:

Dñª. Elvira Adoración Rodríguez Martí.

D. Miguel Angel García Alonso.

D. Francisco Javier Canabal Conejos.

D. Marcial Viñoly Palop

En la Villa de Madrid, a quince de noviembre de dos mil cinco.

Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso de apelación número 219/2004, interpuesto por la entidad Castellana 179, S.A., representada por el Procurador D. Miguel Angel Heredero Suero, contra la Sentencia de fecha treinta y uno de marzo de dos mil cuatro, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 11 de los de Madrid, en el recurso de Procedimiento Ordinario nº 106/2003 . Ha sido parte apelada el Ayuntamiento de Madrid, estando representado por el Letrado Consistorial.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día treinta y uno de marzo de dos mil cuatro, por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 11 de los de esta ciudad, en el Procedimiento Ordinario nº 106/2003, se dictó Sentencia cuya parte dispositiva dice: "Que debo desestimar y desestimo el recurso contencioso- administrativo interpuesto por el Procurador D. Miguel Angel Heredero Suero, en nombre y representación de la entidad Castellana 179, S.A., contra el Decreto del Sr. Concejal Presidente de la Junta Municipal de Tetuán (Ayuntamiento de Madrid), de fecha 30 de mayo de 2003, por el que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra el Decreto de fecha 10 de enero de 2002 , en virtud del cual se deniega, a la citada mercantil, la licencia de Implantación de Instalación de actividades Calificadas para actividad de Bar-Restaurante en relación al inmueble sito en Pº de la Castellana nº 179, Planta B (Expediente nº 106/2000/7165), declarando que tales resoluciones son conformes a Derecho. No se hace expresa imposición de costas procesales".

SEGUNDO

Por escrito presentado el día doce de mayo de dos mil cuatro de la parte actora interpuso recurso de apelación contra la citada sentencia formulando los motivos de impugnación frente a la resolución recurrida y terminó solicitando su admisión y estimación.

TERCERO

Por providencia de fecha uno de junio de dos mil cuatro se admitió a trámite el recurso y se acordó dar traslado del mismo a la parte demandada, presentándose por la representación de la parte demandada escrito el día veinticuatro de junio de dos mil cuatro por el que se opuso al mismo y solicitó su desestimación y la confirmación de la Resolución recurrida.

CUARTO

Por resolución de fecha veinticinco de junio de dos mil cuatro, se elevaron las actuaciones de este Tribunal, correspondiendo su conocimiento a esta Sección Segunda, siendo designado Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Marcial Viñoly Palop, señalándose el día quince de noviembre de dos mil cinco para la deliberación votación y fallo del recurso de apelación en que tuvo lugar.

QUINTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones de los artículos 80.3 y 85 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa 29/1.998 .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la representación de la mercantil Castellana 179, S.A. se interpone recurso de apelación contra la sentencia de fecha 31 de marzo de 2004 dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 11 de Madrid por la que se procede a desestimar el recurso interpuesto contra el Decreto de 30 de mayo de 2003 por el que se procede a desestimar el recurso de reposición interpuesto contra el Decreto de fecha 10 de enero de 2002 por el que se procede a denegar la licencia de Implantación de Instalación de Actividades Calificadas para la actividad de Bar-Restaurante.

El presente recurso de apelación se realizan las siguientes alegaciones: a) prescripción de las obras realizadas sobre la extensión del patio-jardín inherente al local adquirido por la recurrente; b) que se solicitó una ampliación de la licencia de actividad existente, no como consecuencia de obras de ampliación de local sino como consecuencia de obras de remodelación y modernización del mismo; c) que de acuerdo con la normativa urbanística aplicación únicamente se precisa solicitado modificación de licencia cuando las variaciones que se hayan producido de local o las instalaciones adquieren las condiciones de impacto ambiental, de seguridad o de salubridad o cuando se modifiquen la actividad ejercida en el local, circunstancias que no concurren en el presente caso, cumpliendo el local con toda la normativa vigente para el ejercicio de la Trinidad, y que dicha actividad desarrollada está amparada por una licencia de actividad que no ha sido revocada.

El Ayuntamiento de Madrid interesa la desestimación del presente recurso de apelación.

SEGUNDO

La sentencia apelada procede a desestimar la pretensión de la mercantil recurrente en base al hecho de entender que la no necesidad de la existencia de una licencia de obras previa a la licencia actividad sólo sería de aplicación a los casos de...

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