STSJ Comunidad de Madrid 737/2006, 10 de Mayo de 2006
Ponente | ALFREDO ROLDAN HERRERO |
ECLI | ES:TSJM:2006:5503 |
Número de Recurso | 501/2003 |
Número de Resolución | 737/2006 |
Fecha de Resolución | 10 de Mayo de 2006 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
ALFREDO ROLDAN HERREROCLARA MARTINEZ DE CAREAGA GARCIAFRANCISCA MARIA DE FLORES ROSAS CARRIONMARIA JESUS VEGAS TORRESFRANCISCO JAVIER SANCHO CUESTAJOSE FELIX MARTIN CORREDERA
Recurso nº 501/03
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.1
MADRID
SENTENCIA: 00737/2006
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCION PRIMERA
RECURSO nº 501/03
SENTENCIA Nº 737
PRESIDENTE:
D. Alfredo Roldán Herrero
MAGISTRADOS:
Dª. Clara Martínez de Careaga y García
Dª. Francisca Rosas Carrión
Dª. Mª Jesús Vegas Torres
D. Francisco Javier Sancho Cuesta
D. José Félix Martín Corredera
En Madrid, a diez de mayo de dos mil seis.
Vistos los autos del recurso número 501/03 que ante esta Sala ha promovido la Procuradora Sra. Pinto Campos, en nombre y representación de D. Juan Carlos , sobre armas. Ha sido parte la Administración General del Estado representada por el Sr. Abogado del Estado. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. Alfredo Roldán Herrero.
Por el recurrente expresado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado en fecha 8-4-03 acordándose su admisión en fecha 24-6-03 con todo lo demás procedente en derecho.
En el momento procesal oportuno la parte actora formalizó demanda mediante escrito presentado en fecha 29-9-03, en el cual, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho oportunos, suplicó la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.
El Sr. Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito presentado en fecha 9-12-03 en el cual suplicó la desestimación del recurso. La demandada contestó en fecha 22- 12-03 suplicando la desestimación de la demanda.
No admitido el recibimiento a prueba, ni pedida vista o conclusiones, se señaló para votación y fallo el día 4-5-06 en que tuvo lugar.
Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo resolución de la Dirección General de la Guardia Civil de fecha 30-10-02, confirmada en febrero del 2003, en día que no consta, que denegó el recurrente D. Juan Carlos licencia de armas tipo E.
Los motivos de denegación consistieron en la constancia de un intento de suicidio con escopeta el 15-2-99, precedido de denuncias de su esposa por malos tratos haciendo constar que estaba en tratamiento psiquiátrico. Después, entre 2001 y 2002 , se refieren varias denuncias de su ya ex esposa, hijos hermanos y sobrinos por agresión. La Administración entendió que no procedía expedir licencia por valoración negativa de su conducta conforme al art. 97-2 y 5 del R.D. 137/93 de 29 de enero Reglamento de Armas.
En su demanda la parte insiste en que reúne las condiciones personales necesarias y denuncia que se ha lesionado el principio de presunción de inocencia porque no hay en el expediente copia...
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ATS, 25 de Septiembre de 2008
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