Libre Circulación de Personas

AutorRafael Calvo Ortega (director)
SENTENCIAS

1) Normativa para evitar la doble imposición, STJCE de 12-12-02. As. C-385/00. De

Groot.

Fallo: "1) El artículo 48 del Tratado CE (actualmente artículo 39 CE, tras su modificación) se opone a una normativa como la controvertida en el procedimiento principal, contenida o no en un convenio para evitar la doble imposición, en virtud de la cual un contribuyente pierde, en el cálculo de la cuota del impuesto sobre la renta que debe abonar en el Estado de residencia, una fracción de la parte exenta de sus ingresos y de sus ventajas fiscales personales, por haber percibido también, durante el año considerado, retribuciones en otro Estado miembro que han sido gravadas en este último Estado sin tener en cuenta su situación personal y familiar. El Derecho comunitario no establece ninguna exigencia específica sobre la manera en que el Estado de residencia debe tomar en cuenta la situación personal y familiar de un trabajador que, durante un ejercicio fiscal determinado, haya obtenido ingresos en dicho Estado y en otro Estado miembro, siempre que las condiciones en que el Estado de residencia tome en cuenta dicha situación no constituyan una discriminación, directa o indirecta, por razón de la nacionalidad, ni un obstáculo para el ejercicio de una libertad fundamental garantizada por el Tratado CE".

BIBLIOGRAFÍA

GARCÍA PRATS, F. A.: "Régimen tributario de las pensiones transfronterizas desde la perspectiva del Derecho Comunitario". Tribuna Fiscal, núm. 134, 2001.

MARTÍNEZ SERRANO, A.: "La imposición sobre las rentas del trabajo personal en los países de la Unión Europea: análisis de la...

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