Ley Foral de 10 de Septiembre de 1984 por la que se modifican los articulos 32 y 44 de la Norma general de Contratacion.

MarginalBOE-A-1984-22613
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorComunidad Foral de Navarra
Rango de LeyLey foral

Ley Foral 11/1984, de 10 de septiembre, por la que se modifican los artículos 32 y 44 de la Norma General de contratación. El Presidente del Gobierno de Navarra

Hago saber: Que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente Ley Foral por la que se modifican los artículos 32 y 44 de la Norma General de contratación:

Artículo único Los artículos de la Norma General de contratación de 16 de junio de 1981 que se relacionan a continuación, quedarán redactados del siguiente modo:

Cuando se trate de proyectos de obras cuyo tipo de licitación no exceda de 150.000.000 de pesetas el Gobierno de Navarra podrá optar entre la subasta y el concurso-subasta como forma de adjudicación.

El concurso y la contratación directa serán de aplicación en los casos determinados por la presente norma.>

Artículo 44

(apartado 3):

<3. Las de presupuesto inferior a 75.000.000 de pesetas.>

Disposicion final

La presente Ley Foral entrará en vigor el día siguiente al de su aplicación en el .

Yo, en cumplimiento de los dispuesto en el artículo 22 de la Ley orgánica de reintegración y amejoramiento del régimen Foral de Navarra, promulgo, en nombre de s. M. El rey, esta Ley Foral, ordeno su inmediata publicación en el y su remisión al y mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.

Pamplona a 10 de septiembre de 1984.- El Presidente del Gobierno de Navarra, gabriel urralburu tainta.

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