Ley 5/2019, de 28 de febrero, de la Generalitat, de estructuras agrarias de la Comunitat Valenciana

AutorDr. Carlos Javier Durá Alemañ
CargoInvestigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas66-69
Recopilación mensual n. 89, Abril 2019
66
Comunidad Valenciana
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 10 de abril de 2019
Ley 5/2019, de 28 de febrero, de la Generalitat, de estructuras agrarias de la
Comunitat Valenciana
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Centro Internacional de Estudios
de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOGV núm. 8500, de 6 de marzo de 2019
Temas Clave: agricultura; modernización explotación agraria; política agraria; derecho
agrario, concentración parcelaria; bancos de tierras; ordenación de la propiedad rústica;
tierra agrícola; tierra abandonada; utilización de las tierras; asignación de tierras
Resumen:
Destacan algunas novedades en la presente ley:
a) Se crea la figura del agente dinamizador, como persona que impulsará técnicamente la
gestión sostenible del territorio, para facilitar los procesos de reestructuración, iniciativas de
gestión en común y la Red de Tierras.
b) Se define el mapa agronómico, que constituirá una herramienta de información para las
políticas agrarias de la Generalitat y, en general, para la gestión del suelo agrario de todos
los agentes del sector.
c) Con el fin de obtener la “foto” real de las parcelas abandonadas se define el suelo
agrícola infrautilizado, y se proponen alternativas realistas y viables como la cesión
incentivada a terceros o a la Red de Tierras.
En casos extremos de abandono total, se abre la posibilidad de declaración de que la
función social de la tierra queda incumplida, pudiendo conducir el expediente a la
obligación de la cesión de uso a terceros o a la propia Red de Tierras.
Se crea una red de tierras, formada por una red de oficinas gestoras de tierras sobre la
base de un marco innovador que se beneficia de la experiencia que los bancos de tierras
empiezan a adquirir en la Comunitat Valenciana. La red se plantea en esta ley como una
herramienta destinada a movilizar parcelas a favor de personas agricultoras profesionales,
iniciativas de gestión en común, mujeres y jóvenes.
Se establece la figura de la iniciativa de gestión en común (IGC), calificación que
promoverá las explotaciones asociativas o las agrupaciones de explotaciones que bajo
distintas fórmulas jurídicas manifiesten su voluntad de ser consideradas como una unidad a
efectos de la puesta en marcha de un plan de gestión en común, en sintonía con las normas
supranacionales favorables a las agrupaciones de la oferta.

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