Ley 3/2022, de 15 de junio, de medidas urgentes para la sostenibilidad y la circularidad del turismo de las Illes Balears

AutorDra. Eva Blasco Hedo
CargoResponsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas96-99
Recopilación mensual n. 125, Julio 2022
96
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 25 de julio de 2022
Ley 3/2022, de 15 de junio, de medidas urgentes para la sostenibilidad y la
circularidad del turismo de las Illes Balears
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del
Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOIB n. 79, de 18 de junio de 2022
Palabras clave: Turismo. Sostenibilidad. Paisaje. Patrimonio. Territorio. Economía circular.
Evaluación circular y planificación circular. Energía. Instalaciones térmicas. Agua. Residuos.
Alimentación. Planificación. Declaración responsable. Financiación.
Resumen:
El turismo se configura como el principal motor económico y social de las Illes Balears,
representa más del 45% del PIB, ofrece trabajo a más de 200.000 personas, y
económicamente ha supuesto en los últimos años unos ingresos anuales superiores a los
16.000 millones de euros. Las Illes Balears apuestan por un modelo de turismo anclado en la
sostenibilidad y la circularidad, lo cual repercutirá no solo en el medio ambiente, sino también
en la economía, de manera que las medidas que propone esta ley quedan incardinadas en el
ámbito de los objetivos de política social.
En esta línea, se traen a colación el Estudio sobre la prospectiva económica, social y
medioambiental de las sociedades de las Illes Balears en el Horizonte 2030 publicado por el
Consejo Económico y Social de las Illes Balears en 2019 y el Dictamen 5/2020 del mismo
órgano, donde se presenta la propuesta estratégica de convertir la actividad turística en las
Illes Balears en un modelo de competitividad y sostenibilidad de referencia internacional,
valorando la sostenibilidad medioambiental, el paisaje, el patrimonio y la cultura como rasgo
diferencial.
Asimismo, es la circularidad la palanca de cambio por la cual se apuesta como vía de progreso
que permita, entre otros beneficios, conseguir los objetivos de sostenibilidad.
Esta ley contiene dos artículos. El primero contempla su objeto que no es otro que
establecer medidas urgentes para la sostenibilidad y la circularidad del turismo, en las Illes
Balears, con el objetivo de avanzar hacia un impacto regenerativo de la actividad turística en
el territorio y la sociedad.
El segundo establece una serie de modificaciones de la Ley 8/2012, de 19 de julio, del turismo
de las Illes Balears. Destaca la introducción de un nuevo título (que pasa a ser el V) con
medidas de economía circular. En este punto, hay que indicar que la Consejería competente
en materia de turismo tiene que elaborar un plan estratégico de destino circular que
identifique la política general y los objetivos del Gobierno de las Illes Balears.
En cuanto a la integración de la estrategia de circularidad a los alojamientos hoteleros,
apartamentos turísticos y alojamientos de turismo rural, estos tienen que elaborar un plan de
circularidad formado por la evaluación circular y la planificación circular.

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