Ley 1/2022, de 12 de julio, de mejora de la gestión del ciclo integral del agua en Galicia

AutorDr. Carlos Javier Durá Alemañ
CargoInvestigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas126-127
Recopilación mensual n. 126, Septiembre 2022
126
Galicia
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 27 de septiembre de 2022
Ley 1/2022, de 12 de julio, de mejora de la gestión del ciclo integral del agua en
Galicia
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación
del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial de Galicia número 154, de fecha 12 de agosto de 2022
Palabras clave: Recursos naturales. Aguas. Saneamiento.
Resumen:
El contenido de esta ley queda estructurado de la siguiente manera. Tres títulos, cuatro
disposiciones adicionales, cuatro disposiciones transitorias, una disposición derogatoria, tres
disposiciones finales y dos anexos. El título I contiene las disposiciones generales relativas al
objeto y ámbito de aplicación de la ley, las definiciones, las finalidades y los principios de
actuación, en orden a garantizar las necesidades básicas de uso del agua en condiciones
adecuadas de cantidad y calidad y la protección de los recursos hídricos y de los ecosistemas
acuáticos y terrestres asociados.
Posteriormente, el título II contiene distintas medidas para la mejora del ciclo integral del
agua y la prestación de servicios, y se estructura en tres capítulos. En el capítulo I, relativo a
las medidas de mejora de la ordenación de la gestión del ciclo integral del agua, se regula y
clarifica la figura de las aglomeraciones urbanas, en consonancia con la mayor relevancia que
esta figura adquirió en la normativa comunitaria. En segundo lugar, se regulan distintas
medidas para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del tratamiento de las aguas
residuales urbanas, medidas relacionadas con la ordenación de los sistemas de saneamiento,
medidas para la mejora de la gestión de las aguas de lluvia, medidas relacionadas con la
ordenación de los sistemas de abastecimiento, medidas para fomentar la eficiencia energética
en el ciclo integral del agua, así como medidas para fomentar la transparencia y el intercambio
de información en la gestión del ciclo integral del agua.
El capítulo II, relativo a la prestación de los servicios del ciclo integral del agua, define los
objetivos que han de alcanzarse en la prestación, establece como régimen general la
prestación conjunta e integrada de los servicios vinculados al uso del agua y regula las medidas
destinadas a garantizar la sostenibilidad y viabilidad económica en la gestión del ciclo integral
del agua y la calidad de los servicios. El capítulo III contiene distintas medidas dirigidas a la
mejora de la gestión del ciclo integral del agua, regulando los supuestos en los cuales la
entidad pública empresarial Augas de Galicia puede prestar los servicios y gestionar las
infraestructuras vinculadas al ciclo integral del agua con el fin de colaborar con los municipios
que voluntariamente lo requieran por tener dificultades para llevarlos a cabo por sí mismos,
debido a su carencia de recursos. Asimismo, regula la planificación, la proyección, la gestión
de los procedimientos expropiatorios necesarios para la ejecución de las obras de
construcción de las infraestructuras, la ejecución y la explotación de las actuaciones que
resulten necesarias para la gestión de estos servicios y las medidas para la protección de

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