SAP Madrid 692/2006, 20 de Noviembre de 2006
Ponente | ROSA ESPERANZA REBOLLO HIDALGO |
ECLI | ES:APM:2006:14907 |
Número de Recurso | 358/2006 |
Número de Resolución | 692/2006 |
Fecha de Resolución | 20 de Noviembre de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 16ª |
MIGUEL HIDALGO ABIA RAFAEL ESPEJO-SAAVEDRA SANTA EUGENIA ROSA ESPERANZA REBOLLO HIDALGO
Rollo de Apelación nº 358/06 RP
Procedimiento Abreviado Nº 41/06
Juzgado de lo Penal nº 23 de Madrid
SENTENCIA Nº 692/06
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
Sección 16ª
Ilmos Sres:
D MIGUEL HIDALGO ABIA
D RAFAEL ESPEJO SAAVEDRA SANTA EUGENIA
Dª ROSA E. REBOLLO HIDALGO
En Madrid a veinte de noviembre de 2006.
VISTO por la Sección 16ª de la Audiencia Provincial de Madrid, el presente recurso de apelación nº 358/06 RP, contra la Sentencia de fecha 11/04/06 dictada por el Magistrado del Juzgado de lo Penal nº 2 de Madrid en el Procedimiento Abreviado nº 41/06, por la procuradora Dª. Raquel Rujas Martín en representación de Blas, e impugnada por la representación procesal de Aurora, el Abogado del Estado y el Ministerio Fiscal.
Ha sido Ponente la Magistrada Sra. ROSA E. REBOLLO HIDALGO quien expresa el parecer de la Sala.
Por el Magistrado del Juzgado de lo Penal nº 23 de Madrid en el procedimiento que más arriba se indica, se dictó sentencia, de fecha 11/04/06 cuya parte dispositiva establece:
FALLO:
"Que debo condenar y condeno a Blas, como autor responsable de dos delitos de lesiones imprudentes, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de nueve fines de semana de arresto y privación del derecho a conducir vehículos de motor por término de 1 año y dos meses por cada uno de los dos delitos; como autor responsable de un delito de desobediencia, con la concurrencia de la atenuante de embriaguez, a la pena de seis meses prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. El acusado indemnizará a Aurora en la cantidad de 2347,8 euros, por las lesiones y secuelas y a Narciso en la cantidad de 793,45 euros, cantidades a las que se aplicará el factor de corrección del 10 %, declarándose la responsabilidad civil directa del Consorcio de Compensación de Seguros del pago de dichas cantidades y la subsidiaria de Alexander, ello con expresa imposición de las costas causadas al acusado. No habiéndose dado cumplimiento a lo prevenido en el auto de apertura de juicio oral de diecisiete de diciembre de 2004, dedúzcase testimonio de las actuaciones para depurar la eventual responsabilidad de Aurora, por delito contra la seguridad del tráfico.
Para el cumplimiento de la pena de privación de libertad, se le abona todo el tiempo que haya estado en prisión preventiva por esta causa".
Notificada dicha sentencia a las partes personadas, por la procuradora Dª. Raquel Rujas Martín, en representación de Blas se formalizó el recurso de apelación que autoriza el artículo 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, quien hizo las alegaciones que se contienen en su escrito y que aquí se tienen por reproducidas.
Del escrito de formalización se dio traslado por el Magistrado de lo Penal a las partes personadas en el procedimiento Fiscal por el plazo de diez días comunes para que pudiesen adherirse o impugnarlo, impugnándolo el Ministerio Fiscal, la representación procesal de Aurora y el Abogado del Estado en representación del Consorcio de Compensación de Seguros, manifestando...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba