SAP Vizcaya 214/2007, 14 de Marzo de 2007

PonenteJOSE IGNACIO AREVALO LASSA
ECLIES:APBI:2007:536
Número de Recurso40/2006
ProcedimientoRollo apelación faltas
Número de Resolución214/2007
Fecha de Resolución14 de Marzo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Vizcaya, Sección 6ª

OFICINA COMUN DE TRAMITACION PENAL

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA

Sección 6ª

BARROETA ALDAMAR 10 3ª planta

Tfno.: 94 401.66.68 Fax: 94 401.69.92

Rollo Apelación: 40/06

Proc. Origen: JF 60/05

Jdo. Instrucción nº 1 Balmaseda

Apelante/s: "Seguros Filia Maif" y otros

S E N T E N C I A N U M. 214/07

ILMO. SR. MAGISTRADO:

D. José Ignacio ARÉVALO LASSA

En Bilbao, a catorce de marzo de dos mil siete.

Vista en grado de apelación por el Ilmo. Sr. D. José Ignacio ARÉVALO LASSA, Magistrado de esta Audiencia Provincial, Sección Sexta, el presente Rollo de Faltas nº 40/06, dimanante del procedimiento de Juicio de Faltas 60/05 del Juzgado de Instrucción nº 1 de Balmaseda, seguido por falta de lesiones imprudentes, en el que han sido parte como denunciado/s Carlos Jesús y Luis Andrés, constando suficientemente en las actuaciones sus circunstancias personales, con intervención del Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a-Juez del Juzgado de Instrucción anteriormente reseñado se dictó en el procedimiento igualmente señalado sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

"Absolver a Carlos Jesús y a Luis Andrés de la infracción de la quehan sido acusados; así como a los anteriores y a la compañía aseguradora Atlantis (representando a la entidad Filia Maif) de la pretensión contra ellos ejercitada, con declaración de las costas de oficio".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por Alvaro, Eugenia y Cristobal, por un lado, "Seguros Filia Maif, Carlos Jesús, Rosa, por otro, Y, finalmente, por Matías, y admitidos los mismos en ambos efectos, fueron elevados los autos a esta Audiencia. Recibidos, se formó el Rollo de Apelación, siguiéndose la tramitación del recurso conforme a las prescripciones legales.

TERCERO

Encontrándose las actuaciones en esta Sección, se produjoel fallecimiento del denunciado Carlos Jesús, lo que dio lugar al auto de 2 de febrero de 2007 en el que se acordó declarar la extinción de su responsabilidad penal y, en consecuencia, dejar sin efecto los recursos interpuestos interesando su condena, remitiendo a los perjudicados a la jurisdicción civil para el ejercicio de sus acciones, quedando pendiente la resolución del recurso interesando la condena del otro denunciado.

Se dan por reproducidos los antecedentes de la sentencia apelada.

No ha lugar a efectuar declaración de hechos probados en virtud de lo que a continuación se expondrá.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Impugna la sentencia absolutoria dictada por el Juzgado de Instrucción la parte representada por Carlos Jesús y otros, único recurso que queda en pie tras haberse declarado la extinción de la responsabilidad penal por fallecimiento del mencionado y haber quedado sin efecto los recursos que interesaban su condena. En dicho recurso se interesa la condena de quien compartía con él la condición de denunciado, Luis Andrés.

En esta alzada no cabe sino adoptar la misma respuesta dada por el Juzgado de Instrucción a la denuncia interpuesta y que impide entrar en el fondo del escrito de recurso y de la cuestión objeto del procedimiento, toda vez que efectivamente se da la circunstancia de la prescripción de la falta objeto de denuncia, si bien los motivos exactos no son enteramente coincidentes con los argumentos empleados y han de ser adecuadamente precisados.

La sentencia apelada hace descansar toda la argumentación conducente a la apreciación de la prescripción en la...

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