SAP Madrid 173/2007, 27 de Abril de 2007

PonenteFRANCISCO JESUS SERRANO GASSENT
ECLIES:APM:2007:4288
Número de Recurso162/2007
Número de Resolución173/2007
Fecha de Resolución27 de Abril de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 6ª

ROLLO DE APELACION Nº 162/2007.

JUICIO DE FALTAS Nº 552/2005.

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 3 DE VALDEMORO.

S E N T E N C I A Nº :

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION SEXTA

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En Madrid a 27 de Abril de 2007.

VISTA, en segunda instancia, por el Ilmo. Sr. D. Francisco Jesús Serrano Gassent, Magistrado de la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial, actuando como Tribunal unipersonal en turno de reparto, conforme a lo establecido en el art. 82.2º, párrafo 2º, de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la presente apelación contra la sentencia dictada por la Sra. Juez del Juzgado de Instrucción nº 3 de Valdemoro, de fecha 26 de Abril de 2006, en la causa citada al margen, siendo parte apelante D. Jose Manuel y partes apeladas D. Alfredo y el M. Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la Sra. Juez del Juzgado de Instrucción nº 3 de Valdemoro, se dictó sentencia de fecha 26 de Abril de 2006, siendo su relación de hechos probados como sigue: "Que el día 5 de Abril de 2005 cuando el denunciante se dirigía al polígono industrial La Postura en concreto a la nave de la empresa denunciada, estando la puerta abierta, fue a introducirse en el mismo y uno de los perros d ela empresa se abalanzó hacia él causándole lesiones de las que tardó en curar 56 días y como secuela un perjuicio estético".

Siendo su parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Condeno a Jose Manuel como representante legal de CODECOM SA como autor de una falta de lesiones imprudentes a la multa de 20 días con una cuota diaria de 3 euros que habrá de satisfacer en el plazo máximo de 20 días a partir de la firmeza de esta sentencia y a que indemnice a Alfredo con la cantidad de 4.238,14 euros".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso, en tiempo y forma, por D. Jose Manuel recurso de apelación, que basó en los motivos que se recogen en esta resolución. Admitido el recurso se dio traslado del mismo a las demás partes personadas para que alegasen lo que estimaran oportuno, remitiéndose las actuaciones ante esta Audiencia Provincial.

TERCERO

En fecha 29 de Marzo de 2007, tuvo entrada en esta Sección Sexta el precedente recurso, formándose el correspondiente rollo de apelación, y se señaló para la resolución del recurso la audiencia del día 26 de Abril de 2007, sin celebración de vista.

CUARTO

SE ACEPTAN y se dan por reproducidos los hechos probados que figuran en la sentencia apelada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso de apelación se fundamenta, aunque no se diga de modo expreso, en la existencia de un error en la valoración de la prueba por parte del Juez a quo, al entender la parte apelante que el denunciante entró de forma indebida en la fábrica, que es un terreno privado, sin avisar ni tocar el timbre, y a pesar de que los perros le ladraron, el denunciante no se fue, resultando que un perro, que estaba atado, rompió la cadena y mordió al denunciante. También señala la parte apelante que las lesiones que...

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